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El BOE y su contenido no son un fraude legal, como dice este vídeo recurrente

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Boletín Oficial del Estado
Boletín Oficial del Estado

Un vídeo de junio de 2020 que se comparte reiteradamente desde entonces en redes sociales asegura que el Boletín Oficial del Estado (BOE) y su contenido son un fraude. Apunta a razones como que no muestra la firma electrónica o manuscrita de la autoridad competente, pero el Boletín sí tiene validez jurídica. Te lo explicamos.

En el vídeo se afirma que “el Boletín Oficial del Estado y todas las leyes que contiene son nulas y carecen de validez legal”. El comentarista muestra un texto consolidado y añade: “lo firma el ministro de Sanidad, Salvador Illa Roca, pero no hay ni firma, ni sello, ni hay nada, ningún código de verificación ni absolutamente nada”. Esta es la primera razón que se esgrime para describir al BOE como fraude: al final de los documentos publicados en él aparece la firma de la autoridad competente, el Presidente, un Ministro o el Rey por ejemplo, pero solo como texto plano y no con una firma electrónica o manuscrita. Sin embargo es natural que así sea, ya que el Boletín no pone a disposición de los ciudadanos el documento original firmado por la autoridad, sino que se encarga, como pauta el artículo 9.3 de la Constitución, de garantizar la publicidad de las normas.

Como puedes ver en su página web, el objetivo del organismo público “Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado”, responsable del Boletín, es “cumplir eficientemente y en la forma legalmente prevista el servicio público de publicidad de las normas”. Es decir, que es de su competencia la publicación y difusión de la normativa para su conocimiento por todos los ciudadanos, pero no la difusión del documento concreto original firmado por la autoridad competente.

Los textos del BOE sí tienen validez jurídica

Para explicarte este punto queremos ayudarte a diferenciar entre un texto jurídico original y un texto consolidado. El original es la ley tal cual es promulgada. El texto consolidado es esa misma norma a la que se añaden, en un texto único, todas las modificaciones que haya podido tener. Las normas que modifican otras tienen una estructura del tipo “se modifica el artículo…” ó “se introduce un nuevo artículo…”. Esto complica enormemente la lectura de una norma en su estado de aplicación actual, ya que habría que acudir al primer texto original y cotejarlo con todas las modificaciones posteriores. En otras palabras, un texto consolidado recoge tanto el texto original como las modificaciones posteriores para formar un texto único en el que se puede leer la norma tal cual es aplicable en ese momento.

El vídeo cuenta que al final de los textos consolidados del BOE hay una anotación que dice: “Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico”. Es cierto, puedes ver la frase por ejemplo al final de este texto consolidado. Sin embargo,esto no significa que el BOE sea un fraude. Hay un motivo que le explica la propia Agencia del BOE al realizador del vídeo y que este muestra en la grabación.

Respuesta que la Agencia del BOE da al realizador del vídeo

Respuesta que la Agencia del BOE da al realizador del vídeo VerificaRTVE

Como se expresa en esa respuesta, los textos consolidados se realizan “con la idea de ‘facilitar’ la lectura” de las normas. Más sencillo con un ejemplo: si revisamos el texto consolidado del Código Penal veremos que al final nos advierten que el texto no tiene validez jurídica. Sin embargo, si revisamos la Ley tal como apareció en el BOE en 1995 veremos que se trata de un “texto original” y que no hay mención a que no tenga validez jurídica. El Código Penal se ha modificado muchas veces, por ejemplo por la Ley Orgánica 1/2015, que como puedes leer también es un texto original con validez jurídica. Es decir, lo que no tiene validez jurídica son las versiones consolidadas, pero sí las normas originales.

Para saber qué clase de texto estás leyendo cuando te encuentres en la página web del BOE tienes que fijarte en el encabezado de la norma. Si en el encabezado se lee “texto original” estás ante una norma tal como ha sido promulgada, con plena validez jurídica. Si lo que quieres es leer la versión consolidada, puedes acudir al icono “Ver texto consolidado” cuando aparece junto al título de la norma, o utilizar alguno de los atajos que se proponen en estas indicaciones del BOE. En la práctica es mucho más útil consultar el texto consolidado que el texto original, siempre que esté disponible, ya que aunque carezca de esta validez jurídica como tal es el lugar donde se recoge la norma en su estado de aplicación actual.

Desinformación jurídica

El vídeo que desmentimos tiene 33.000 visionados y aparece en una cuenta de Youtube creada en enero de 2019, con 340.610 visualizaciones y más de 9.800 suscriptores. Contiene más vídeos con desinformación jurídica, como uno que asegura que nuestros DNI son falsos (11.000 visualizaciones). Aunque el usuario consigna Australia como ubicación, el contenido que produce es en español y trata sobre la legislación española. La cuenta está asociada a un canal de Telegram con casi 6.000 suscriptores que publicita los vídeos.

Según la herramienta Social Blade, hay un pico de atención a la cuenta muy reciente, pasándose de 40 suscriptores nuevos en la semana del 8 al 15 de marzo a 440 nuevos suscriptores en la semana del 29 de marzo al 5 de abril. Vemos un incremento similar en la cantidad de visionados, que pasa de casi 2.000 visualizaciones entre el 8 y el 15 de marzo a más de 14.000 en la semana del 29 de marzo al 5 de abril. Puedes ver el análisis aquí. Este incremento reciente sugiere una actividad desinformadora mayor en las últimas semanas. En los meses de agosto y noviembre del año pasado se produjeron picos similares y en el mes de junio, coincidiendo con la publicación original del vídeo, se dio el mayor aumento del año con 730 suscripciones nuevas en la misma semana.

El canal defiende la ley natural

El mensaje principal de este canal es defender la ley natural. La ley natural es un concepto de la filosofía del derecho, conocido como iusnaturalismo, que considera que existen unos principios y valores universales a los que el derecho debe amoldarse. El iusnaturalismo es una corriente de pensamiento jurídico que, aunque aún se estudia y se debate, decayó a partir del siglo XIX para dejar paso al iuspositivismo. Este último propugna que, para valorar qué es o no delito, hay que atenerse a lo que dice la norma y no a ningún supuesto principio universal, y es una de las bases del Estado de derecho.

Este usuario utiliza el concepto de “ley natural” para justificar comportamientos y criticar la legislación cuando, en su opinión, no se amolda a ellos. El primer vídeo de su cuenta de YouTube alaba al ex presidente José María Aznar cuando aseguró “quién te ha dicho a ti que quiero que conduzcas por mí, las copas de vino que yo tengo o no tengo que beber”. Considera que esas palabras son una “primera clase de Ley Natural”. ¿La razón? Tras las declaraciones de Aznar se ha incluido el texto “no existe delito si no hay daño a un tercero o sus pertenencias o bienes”, y el autor incide más tarde: “todo es comercio y sin un contrato vinculante y legítimo no hay más norma que el libre albedrío”. Estos principios formarían parte de la “ley natural”, según el realizador del vídeo.