Cronología de la Ley Rider: siete claves para entender un conflicto que va más allá de lo laboral
- Los repartidores tienen visiones enfrentadas entre quienes defienden ser autónomos o por cuenta ajena
- Sindicatos, patronal y Gobierno han negociado durante meses esta cuestión
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Los repartidores de plataformas, también conocidos como ‘riders’, han copado decenas de titulares en los últimos años: inspecciones de trabajo, las dispares sentencias en los tribunales, las bondades o perjuicios de las compañías o el enfrentamiento entre los propios riders, son algunos de los temas más recurrentes. Hoy, la conocida como Ley Rider ha sido aprobada en el Consejo de Ministros. Hace falta remontarse unos años para entender el conflicto que lleva parejo. Aquí te damos las principales claves para entenderlo:
1. Las plataformas irrumpen en España con un dudoso modelo laboral de repartidores autónomos
Entre 2015 y 2017 llegan a España las empresas de reparto de bienes y comida a domicilio. Glovo, Deliveroo y UberEats se convierten en las principales plataformas que implantan un modelo laboral en el que los repartidores son autónomos. Defienden la flexibilidad total de sus colaboradores, los ’riders’, que pueden diseñar su jornada con total libertad y trabajar las horas que mejor les convenga. Sin embargo, algunos trabajadores, los sindicatos y numerosos expertos en derecho laboral empiezan a cuestionar la verdadera autonomía de los repartidores que en ocasiones pueden esperar hasta una hora para empezar a recibir encargos, no negocian sus tarifas o tienen que reservar con antelación las franjas en las que van a trabajar.
2. Los repartidores denuncian a las empresas ante los tribunales
En 2017, repartidores de Deliveroo y Glovo se plantan ante las plataformas y ponen en entredicho la flexibilidad y la libertad. Son muchos los argumentos que esgrimen: tienen una puntuación que determina la asignación de pedidos, si rechazan algún encargo tendrán menos en el futuro, pueden pasar horas conectados en la calle esperando a que les llegue trabajo, no tienen derecho a negociar sus tarifas, todas las decisiones de la empresa se toman de manera unilateral e incluso pueden llegar a desconectar su cuenta en cualquier momento sin ninguna explicación.
Algunos repartidores fundan la organización Riders x Derechos y empiezan a reclamar a las plataformas que se les reconozca como asalariados, hacen protestas y denuncian la situación ante los tribunales.
3. El Supremo reconoce como trabajadores por cuenta ajena a los ‘riders’
A partir de entonces se suceden las sentencias en distintos puntos de España. Aunque la mayoría de los tribunales apuntan hacia la laboralidad, hay algunos jueces que consideran que los repartidores son autónomos. Ante esta falta de consenso, se espera con impaciencia la decisión del Tribunal Supremo que llega en septiembre de 2020 y que establece que los repartidores son falsos autónomos. Esta importante sentencia aborda un único caso, el de un ‘rider’ de Glovo que operaba en 2016. Los sindicatos y una parte de los repartidores viven el fallo como una gran victoria para el sector: ya no cabe duda de que son trabajadores asalariados. Sin embargo, las empresas se amparan en que la sentencia se refiere a un caso de hace cuatro años. Defienden que, desde entonces, las aplicaciones han cambiado radicalmente su funcionamiento y que la decisión del Alto Tribunal sería diferente si analizara la actual coyuntura.
4. Las empresas se adaptan para mantener el modelo de autónomos
Tras algunas nuevas sentencias de los tribunales en España, las empresas empiezan a adaptar su modelo y dan más autonomía a los ‘riders’: no penalizan el rechazo de pedidos o la cancelación de las horas reservadas y la puntuación deja de tener la importancia que tenía. Las empresas consideran que su modelo ha cambiado lo suficiente como para que la sentencia del Tribunal Supremo no se refiera a los casos actuales. Con todos estos cambios, muchos repartidores sienten que gozan de total libertad aunque siguen sin poder negociar tarifas y la organización de las tareas aún depende de la aplicación. Las empresas piden al Gobierno una legislación en materia laboral de las plataformas digitales, ellos apuestan por un modelo nuevo, una especie de TRADE -trabajador autónomo económicamente dependiente- pero del sector digital.
5. Los ‘riders’ se dividen y se organizan en asociaciones
Algunos ‘riders’ no se sienten identificados con las peticiones de Riders x Derechos y piden seguir siendo autónomos para gozar de la flexibilidad horaria que las plataformas ofrecen. Empiezan a surgir distintas asociaciones (APRA, AAR, Asoriders, ARAC) que agrupan a los repartidores que quieren seguir siendo autónomos y con las que las empresas firman distintos Acuerdos de Interés Profesional. Estos repartidores pro autónomos, ante la dirección que empiezan a tomar las sentencias y la Inspección de Trabajo, temen que se les convierta en asalariados y perder así la flexibilidad que tanto valoran. Algunos cuidan a personas dependientes, otros lo compaginan con sus estudios u otros empleos, o simplemente deciden autoemplearse largas jornadas que, de ser asalariados, no podrían realizar. Además, consideran que si se laboraliza a los ‘riders’ muchos de ellos perderían su trabajo. En la calle, los repartidores están divididos, algunos quieren ser contratados y otros mantenerse como autónomos.
6. El Gobierno da el paso y prepara la Ley Rider
Tras las sentencias de los diversos tribunales superiores de justicia y las resoluciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, el Gobierno cree necesario hacer una ley que regule el trabajo en plataformas. Los ‘riders’ son solo la punta de lanza de un conflicto que en los próximos años puede afectar desde a abogados hasta traductores o profesores. Un modelo económico nuevo que requiere la adaptación del Estatuto de los Trabajadoresl. El Gobierno crea entonces una mesa de diálogo entre patronal y sindicatos para decidir qué dirá dicha ley. Además, se reúne con Riders x Derechos para entender el punto de vista de los repartidores en la calle, dejando fuera a las asociaciones de pro autónomos que ven cómo su voz es ignorada. Ante esta situación, un grupo de repartidores que quieren mantener el modelo autónomo crea Repartidores Unidos y, junto a otras asociaciones, convocan protestas y movilizaciones para tratar de parar la Ley y ser escuchados. Pero el Gobierno nunca se reunirá con ellos.
7. Sale adelante una ley consensuada solo a medias
El 10 de marzo de 2021 y tras una larga y difícil negociación, la mesa de diálogo reconoce a los ‘riders’ como asalariados. Además, la nueva ley plantea que la parte del algoritmo que afecte a la gestión del trabajo, sea transparente y que los sindicatos puedan acceder a ella. La Ley Rider se aprueba, a pesar de que un abultado grupo de trabajadores sigue estando rotundamente en contra de la decisión. Las empresas tendrán tres meses a partir de la publicación de la norma en el BOE para regularizar a todos sus trabajadores.
La nueva Ley no está exenta de decepciones. Por un lado, las plataformas digitales de reparto y las asociaciones pro autónomos han visto cómo sus demandas han sido ignoradas. Por otro, tanto sindicatos como expertos en derecho laboral esperaban que la norma sirviera para regular el trabajo del sector digital y no solo a los repartidores. Consideran que no solo están en riesgo los derechos laborales sino también el estado de bienestar.