Así será la vuelta a las piscinas: aforos limitados, distancia de seguridad y mascarilla solo en los desplazamientos
Con la llegada de junio y las temperaturas subiendo, el país se prepara para una nueva temporada de piscinas municipales y comunitarias al aire libre. En el segundo verano de la pandemia de coronavirus, el ocio de 2021 volverá a estar marcado por los aforos reducidos, la distancia física entre personas, el uso de mascarillas, las reservas o citas previas para evitar aglomeraciones y la higiene de las instalaciones, todo ello con el objetivo de prevenir contagios de COVID-19.
¿Cuál será el aforo de las piscinas en 2021?
Las comunidades autónomas y el Ministerio de Sanidad acordaron en el Consejo Interterritorial que la limitación de aforos sería la medida clave en piscinas para el control de la pandemia y en función del nivel de alerta.
Así, los Gobiernos autonómicos han adaptado esas directrices a sus realidades territoriales, que van desde el 30 % de la capacidad en Aragón, al 75 % de Castilla-La Mancha o Comunidad Valenciana, pasando por el 60 % de Madrid y el 50 % de Navarra, Cantabria, País Vasco, La Rioja, Cataluña, Castilla y León y el resto de comunidades en nivel de riesgo medio. En todos los casos, el aforo variará en función de la evolución de la pandemia en estos territorios.
¿Habrá que guardar distancia de seguridad?
Sí, para garantizar la distancia de seguridad la mayoría de las comunidades autónomas recurren a la regla de mínimo 1,5 metros entre grupos o personas para evitar contagios.
En cambio, en las zonas verdes de las piscinas navarras cada persona deberá disponer de 4 metros cuadrados. La Comunidad de Madrid ha pautado que sean 3 metros de superficie para poder permanecer sentada o tumbada, y Melilla ha elevado la distancia de seguridad a 2 metros.
El uso de mascarillas en piscinas, ¿siempre?
Sanidad y gobiernos autonómicos pactaron que el uso de mascarillas es obligatorio en los paseos o desplazamientos en las instalaciones, independientemente de si son interiores o al aire libre.
Tras una polémica norma que exigía la protección respiratoria en todo momento en las playas, lagos y otros entornos naturales y exteriores, el Consejo Interterritorial decidió flexibilizar la norma. De este modo, se considera que el baño no es compatible con el uso de la mascarilla y, además, las personas se la pueden retirar cuando estén quietas y alejadas más de 1,5 metros de otras no convivientes.
¿Podré usar duchas y vestuarios?
Sí, se contempla el uso de vestuarios y duchas, con aforos controlados igualmente para evitar que se acumulen demasiadas personas. En estos espacios, los usuarios y usuarias de las piscinas deberán usar la mascarilla en todo momento, excepto en las duchas. Y el servicio de mantenimiento del centro deberá garantizar su ventilación e higiene.
En algunas comunidades autónomas, como en Navarra, se exige que el uso de duchas y vestuarios sea individual. Y en niveles de alerta medio-altos, Aragón prohíbe el uso de las duchas, como Extremadura, aunque sí se podrá acceder a vestuarios y baños.
¿Necesitaré reserva o cita previa para entrar en las piscinas?
Aunque las normativas autonómicas no recogen la medida, la mayoría de ayuntamientos y gestores de las piscinas públicas han optado por un sistema de reserva de plazas o cita previa para garantizar el control de acceso sin aglomeraciones en la puerta y unos aforos limitados.
Habitualmente, solo se puede realizar con unos pocos días de antelación para que todo el mundo pueda optar a la entrada.
¿Y la limpieza?
Los gobiernos autonómicos han incluido en sus órdenes una serie de directrices para la limpieza de las instalaciones con biocidas, diluciones de lejía 1:50 recién preparada u otros desinfectantes autorizados. Asimismo, han subrayado la importancia de ventilar los espacios cerrados como los vestuarios, que se deberán limpiar varias veces al día.
¿Las medidas COVID afectan a la piscina de una comunidad de vecinos o una urbanización?
Generalmente, sí. Las comunidades autónomas han extendido estas medidas también a las piscinas colectivas o las llamadas de "tipo 3A" que, según el Real Decreto estatal, son aquellas pertenecientes a comunidades de propietarios, casas rurales o de agroturismo y de colegios mayores o similares.
Puede haber alguna excepción, porque algunas normativas autonómicas clasifican las piscinas privadas colectivas según su tamaño o el número de viviendas que la comparten. En cualquier caso, siempre quedan excluidas de estas medidas las piscinas pertenecientes a viviendas unifamiliares.