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El juez abre juicio a Rato por blanqueo, corrupción y delitos fiscales y Anticorrupción pide hasta 70 años de prisión

  • La Fiscalía Anticorrupción le acusa de defraudar 8,5 millones de euros a la Hacienda pública
  • Tiene un día para depositar una fianza de 65,1 millones, pero no será juzgado por falsedad documental e insolvencia punible

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Rodrigo Rato en una imagen de archivo de 2018
Rodrigo Rato en una imagen de archivo de 2018.

El juzgado de Instrucción número 31 de Madrid ha acordado abrir juicio oral contra el exvicepresidente económico Rodrigo Rato en la causa que investiga el origen de su patrimonio, por presuntos delitos contra la Hacienda Pública, blanqueo y corrupción entre particulares.

En el auto, conocido este miércoles, el juez Antonio Serrano-Arnal descarta sin embargo añadir una supuesta falsedad continuada e insolvencia punible, tal como solicitaba la Fiscalía en su escrito de acusación porque ni las pesquisas ni la propia causa se han centrado en tales infracciones. Anticorrupción pide 70 años de cárcel para el exdirector del FMI por haber defraudado más de 8,5 millones de euros al fisco.

El magistrado, que también abre juicio a otra veintena de personas, físicas y jurídicas, requiere a Rato para que en el plazo de un día preste una fianza de 65,1 millones de euros a fin de garantizar la posible responsabilidad civil derivada del proceso. La lista de acusados se ha ampliado y ahora incluye al ex consejero ejecutivo de Bankia José Manuel Fernández Norniella, "amigo" y supuesto colaborador de Rato.

Once delitos fiscales

En concreto, la Fiscalía acusa a Rato de once delitos contra la Hacienda Pública entre 2005 y 2015, pidiendo penas de entre cuatro y seis años de cárcel por cada uno; uno de blanqueo de capitales, por el que reclama seis años; y otro delito de corrupción en los negocios, penado con cuatro años, por encargar campañas publicitarias a las agencias Zenith y Publicis en su etapa al frente de Bankia.

A lo largo de la investigación judicial, se han identificado incrementos no justificados en el patrimonio de Rato entre 2005 y 2015 por un importe de 15.633.056,87 euros, además de rendimientos de capital mobiliario en el exterior que tampoco fueron declarados y 7,4 millones defraudados a la Agencia Tributaria. Las cuotas defraudadas ascenderían a 8.586.121,67 euros en esos ejercicios, al sumar la tributación de servicios profesionales a través de sus sociedades.

El magistrado también ve "indicios racionales" de que el expresidente de Bankia cobró indebidamente comisiones por los contratos de publicidad de la entidad con Publicis y Zenith, relativos a la fusión y salida a bolsa, que se habrían derivado a diversas sociedades logrando "difuminar el origen del dinero". Estas agencias figuran como responsables penales por el delito de corrupción.

Otros acusados por delito fiscal son el abogado Domingo Plazas; el que fuera administrador de varias sociedades vinculadas a Rato, Miguel Ángel Montero, o el ex secretario general de Teléfonica,  Ramiro Sánchez de Lerín.

En el de blanqueo de capitales se encuentra el que fuera su cuñado, Santiago Alarcó, mientras que en el de corrupción entre particulares está el mencionado Fernández Norniella, antigua "mano derecha" del exministro; la secretaria de Rato, Teresa ArellanoMiguel Ángel Montero; Domingo Plazas; el exdirector de Comunicación Externa de Bankia Miguel Robledo, y su empleada, Beatriz Colomer.

Fianzas millonarias

Asimismo, el juez impone más de 220 millones de euros en fianzas al conjunto de acusados, que deberán prestarlas en un día para asegurar futuras responsabilidades; de no hacerlo, el juzgado dictará el embargo de sus bienes. De esa cuantía, 65,1 millones deberán ser aportados por Rato, 40,4 millones por Domingo Plazas y 27,5 por Santiago Alarcó.

En el caso de Sánchez de Lerín, se ha fijado una fianza de 10,3 millones de euros; el auto prevé que su responsabilidad solidaria por los delitos supuestamente cometidos entre 2013 y 2015 se determine en ejecución de sentencia, con la declaración de la responsabilidad civil subsidiaria de Telefónica.

En esta resolución, contra la que no cabe recurso, se declara competente para el conocimiento y fallo de la causa a la Audiencia Provincial de Madrid.