Grafología: no es una ciencia reconocida, pero se admite en tribunales a criterio del juez
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A raíz de un informe de grafología utilizado en un juicio en Godella (Valencia), varios usuarios han cuestionado la fiabilidad de esta disciplina, dirigida a trazar la personalidad de alguien a partir de su escritura. No está reconocida oficialmente como ciencia, pero si el juez lo decide así, esos análisis pueden admitirse como prueba -siempre entre otras- en un proceso legal.
En el juicio a una pareja acusada del asesinato de sus dos hijos se ha presentado como prueba un informe que traza su perfil psicológico mediante su escritura. En concreto, ha trascendido a la prensa local un informe grafológico de la Guardia Civil que hablaba de “temperamento inestable” y “tendencia al engaño” en el caso de él y de “espontaneidad y sinceridad” en el caso de ella. Algunos usuarios han reaccionado definiendo la grafología como “pseudociencia”, “arte adivinatoria” y “timo”.
Hay varias disciplinas que se encargan de analizar los documentos escritos: su autenticidad o falsedad (documentología), su autoría (peritaje caligráfico) o la inferencia de la personalidad de un individuo a partir de su letra (grafología). Las dos últimas se suelen confundir, pero no son lo mismo. La grafología goza de menor prestigio.
Rosario Casas Bartolomé, perita caligráfica y grafóloga y vicepresidenta de la Asociación Colegial Profesional de Peritos Calígrafos y Técnicos en el Análisis de la Escritura (APPTAE), nos explica que “son disciplinas totalmente distintas”: mientras los informes caligráficos sirven para “determinar si la escritura o la firma corresponde en autoría a esa persona”, un informe grafológico “analiza la personalidad, el carácter y aspectos del comportamiento del individuo que está escribiendo”.
Un ejemplo de uso de informes caligráficos fue el realizado para comprobar la autoría de los “papeles de Bárcenas” (peritaje caligráfico). Mayor controversia han generado los casos en que se han trazado perfiles psicológicos según una muestra aislada de escritura, como sucedió con los candidatos a la alcaldía de Madrid en 2019 (grafología).
A pesar de existir títulos universitarios propios (1 y 2), el Ministerio de Ciencia nos ha confirmado que la grafología no está incluida en el listado oficial de áreas y subáreas de la Agencia Estatal de Investigación. No hay un pronunciamiento oficial al respecto, pero esto técnicamente deja la materia en el rango de las pseudociencias, actividades que no siguen un método científico reconocido.
Aunque muchos centros imparten esta enseñanza, en algún caso se advierte de esa característica: “Pero ¿la grafología es una ciencia? No, es una pseudociencia”, explican en esta oferta académica. También se la describe así en estudios científicos que hemos consultado, como este de Meritxell Bachs. “Lo hemos intentado todo lo posible pero no hemos conseguido pruebas que apoyen el uso de la grafología para la evaluación de personal. Incluso, nuestro trabajo se suma a la acumulación gradual de hallazgos de investigación negativos en este área”, dice este informe de la Sociedad Británica de Psicología (página 5).
César San Juan, profesor de Psicología Jurídica de la Universidad del País Vasco, opina que “la grafología carece de toda validez científica”, aunque en ocasiones se use “como medida complementaria de otras pruebas para establecer un diagnóstico”. Cree que, en cualquier caso, “utilizarlo como evidencia forense en una sala de justicia es, desde un punto de vista científico, muy impertinente”.
Uso en tribunales
Pese a la ausencia de reconocimiento oficial, hemos comprobado que los informes de caligrafía o grafología sí pueden formar parte de un procedimiento judicial. Los presentan los peritos, cuya figura está regulada tanto en la Ley de Enjuiciamiento Civil como en la de Enjuiciamiento Criminal: son expertos en una disciplina concreta que aportan sus “conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos”. Hay que diferenciar entre peritos titulares, que poseen título oficial reglamentado, y no titulares, que únicamente tienen “conocimiento o prácticas especiales en alguna ciencia o arte”, aunque la ley prioriza a los titulados.
Según la normativa consultada, la admisión de sus dictámenes en un proceso judicial queda a disposición del tribunal encargado del mismo, como sucede con el resto de las pruebas en procedimientos civiles o penales. Su admisión “siempre va a ser a criterio del juez” puesto que “hay jueces que sí que consideran que la grafología la pueden valorar y hay otros que no”, explica Casas. Este tipo de informes, a juicio de esta especialista, “tienen que ir acompañados de informes psiquiátricos y psicológicos”, especialmente “en casos tan graves” como el de Godella.
En este juicio se han tenido en cuenta también otras pruebas. No solo se ha condenado a los acusados por el informe grafológico, sino que se han valorado documentos, testimonios y sus propias declaraciones. Es decir, no puedes ir a la cárcel “solo” por la grafología, como se expresa erróneamente en redes sociales.
Hemos contactado con el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y dos asociaciones judiciales. El CGPJ no tiene constancia de directrices concretas sobre el uso de la grafología en juicios y nos remite a su buscador de jurisprudencia. En él hay sentencias en las que se menciona la palabra “grafología”, pero en realidad se usa como sinónimo de “informe caligráfico”, es decir, para identificar la autoría de un documento.
La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) explica que no tienen información acerca de este tema y “prefieren no pronunciarse”. Ascensión Martín, portavoz de la Asociación de Juezas y Jueces para la Democracia, declara que “cada juez valora las pruebas de forma individual según el caso concreto” y que “no hay acuerdo” en la asociación acerca de este tema porque no lo han debatido.
En definitiva: la grafología es técnicamente una pseudociencia puesto que no está recogida en el listado oficial de áreas científicas de la Agencia Estatal de Investigación. Sin embargo, sí puede utilizarse en juicios en España y de hecho lo está haciendo cuando el juez así lo determina, sin que las asociaciones judiciales sepan muy bien a qué atenerse sobre esta cuestión. No hemos encontrado casos en los que un informe grafológico sea la única prueba condenatoria.