Gobierno y sindicatos acuerdan indemnizar con 20 días por año trabajado a los interinos que no superen la oposición
- El acuerdo también incluye la convocatoria de plazas ocupadas durante más de tres años por interinos
- Esta convocatoria tendrá que llegar antes del fin de 2024, según un principio de acuerdo entre Gobierno y sindicatos
El Gobierno y los sindicatos del sector público ultiman un acuerdo para reducir la temporalidad en las Administraciones Públicas, que incluirá la convocatoria de las plazas estructurales ocupadas por interinos desde hace más de 3 años y una indemnización de 20 días por año trabajado para quien no supere las oposiciones.
Así se recoge en un borrador del acuerdo al que ha tenido acceso RTVE. Los sindicatos mayoritarios CCOO, UGT y CSIF dan el visto bueno a la propuesta del Ejecutivo, que el pasado día 30 de junio planteó esta compensación. Lo hizo dos días después de la sentencia del Supremo que establecía que los interinos pasarían a indefinidos si transcurrían tres años de contrato sin que se hubiera resuelto el proceso de selección.
El objetivo de la reforma es situar la tasa de temporalidad estructural por debajo del 8 % en todo el empleo público en el plazo de tres años, si bien la situación de partida es más desfavorable en las comunidades autónomas, que cuentan con una tasa de interinidad superior al 30 %.
El acuerdo supone abrir un proceso de estabilización al que se incorporarán todas las plazas cubiertas por interinos de manera ininterrumpida al menos durante 3 años a 31 de diciembre de 2020 en cualquier administración pública.
Las plazas deberán estar resueltas antes del fin de 2024
Estas plazas deberán estar resueltas antes del 31 de diciembre de 2024 y, para ello, las administraciones deberán agilizar los procesos selectivos, con la reducción de plazos, la digitalización de procesos o la acumulación de pruebas en un mismo ejercicio.
Los interinos que no consigan hacerse con la plaza que están ocupando se irán con una compensación de 20 días por año trabajado, tanto si son funcionarios interinos como personal laboral, aunque en este último caso, al regirse por el Estatuto de los Trabajadores, recibirán la indemnización de 12 días por fin de contrato más una compensación hasta llegar los 20 días en total.
Para la adjudicación de estas plazas, se respetarán los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y libre concurrencia, a través de concurso-oposición. Sin embargo, en el último borrador del acuerdo se añade que la fase de concurso tendrá una valoración del 40 % y en ella "se tendrá en cuenta la experiencia del empleado, especialmente la acumulada y desempeñada en el puesto o plaza objeto de la estabilización".
Las personas que no superen el proceso selectivo, aunque se marchen con la indemnización, se podrán integrar en bolsas de empleo de interinos específicas o en las bolsas ya existentes.
Se podrá cubrir con interinos las vacantes durante máximo tres años
Por otro lado, el Gobierno plantea reformar el Estatuto Básico del Empleado Público para establecer nuevas condiciones con las que contratar a empleados interinos en las Administraciones Públicas. Se podrá cubrir con un interino las plazas vacantes, cuando no sea posible hacerlo con un funcionario de carrera, solo por una duración máxima de tres años.
También podrán ser contratados interinos para sustituir de forma transitoria a sus titulares por el tiempo estrictamente necesario, para la ejecución de programas temporales, por un máximo de cuatro años, o por exceso o acumulación de tareas con un plazo máximo de nueve meses en un periodo de año y medio.
La administración de oficio dará por finalizada la relación laboral del interino, sin derecho a indemnización, "cuando desaparezca la causa del nombramiento o llegado al término previsto en el mismo". También cuando se produzca la incorporación del personal funcionario de carrera a la plaza para la que fue nombrado o "por razones organizativas debidamente justificadas y motivadas" que impliquen "la supresión o amortización de la plaza".
El borrador establece también que las Administraciones deberán promover el desarrollo de criterios de actuación que aseguren esta estabilización del empleo temporal, considerando abusivo cualquier incumplimiento y nulo de pleno derecho, por lo que se les podría reclamar responsabilidades