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Coronavirus

Madrid relaja las restricciones: ¿qué se puede hacer a partir de este lunes?

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Madrid relaja las restricciones: ¿qué se puede hacer a partir de este lunes?

A partir de este lunes la Comunidad de Madrid elimina las restricciones horarias para la hostelería y el ocio nocturno, tal y como anunció la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. También comercios, oficinas profesionales, mercadillos y centros comerciales recuperaran su aforo máximo permitido, según especifica la orden de la Consejería de Sanidad publicada el viernes por el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, que entra en vigor este lunes.

Según señala dicha orden, "la mejoría consolidada de los indicadores epidemiológicos" junto a la "amplia cobertura de población vacunada" contra el coronavirus permiten revisar las medidas existentes con el objetivo de "lograr una mayor reactivación de la actividad económica y social, siempre de manera supeditada a la evolución de la situación epidemiológica".

Hostelería y ocio nocturno

De este modo, los establecimientos de hostelería y restauración, incluidos los salones de banquete, pasarán del 50% al 75% de aforo en los interiores. El servicio en barra aún seguirá prohibido "salvo para la recogida de comida y bebida por los clientes, debiendo asegurarse en todo momento la distancia interpersonal".

Aunque seguirá siendo obligatorio respetar una distancia de al menos 1,5 metros entre mesas o agrupaciones de mesas, cambia la ocupación de las mismas, que pasa a ser de seis comensales en el interior -dos más que antes- y de hasta diez al aire libre.

El aforo en exteriores podrá ser del 100% y las terrazas deberán respetar "el número de mesas que tengan legalmente autorizadas con respecto a la correspondiente licencia municipal".

En el caso del ocio nocturno, se recupera su horario anterior a la pandemia, "salvo regulaciones municipales". El aforo interior pasa del 50 al 75% y al aire libre, del 75 al 100%, pero sigue sin poder utilizarse las pistas de baile. El consumo de bebida o comida solo se podrá realizar sentado en mesa -con el mismo número de ocupantes que en la hostelería- y con distancia interpersonal.

Comercios y centros comerciales

El límite de aforo se suprime en comercios minoristas y de actividades de servicios profesionales -hasta ahora era del 75%- aunque se exige garantizar el uso obligatorio de mascarilla y la distancia interpersonal de 1,5 metros.

En los centros comerciales y en los mercados que se desarrollan en la vía pública también se elimina el límite de aforo y las restricciones horarias.

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Cines, teatros y actividades culturales

Las nuevas medidas no incluyen únicamente a la hostelería y se aplicarán también al sector cultural. El aforo permitido en actividades culturales y espectáculos se aumenta del 75% al 100%.

En teatros, auditorios y espacios similares, el consumo de bebidas y comidas solo estará permitido en los lugares especialmente establecidos para ello, fuera de la sala durante la representación, al estar el aforo al 100% y no poder garantizarse la ventilación adecuada. Los cines y circos de carpa se mantienen al 75% del aforo con consumo de bebida y comida, como hasta ahora, o al 100% en el caso de que opten por no tener consumo de bebida y comida.

En museos, salas de exposiciones y monumentos se aumenta el aforo del 75% al 100% y se amplían los grupos a 20 personas. También se sube del 75% al 100% en bibliotecas y archivos, aunque se mantiene la obligación de guardar una distancia interpersonal de 1,5 metros. En las plazas de toros y espacios multiusos polivalentes, como el WiZink Center, el aforo aumenta del 50% al 75% y se mantiene la obligación de que el público esté sentado.

Ceremonias nupciales y otras actividades

En las ceremonias nupciales se elimina el aforo del 60 %, aunque el consumo de bebida y comida se seguirá desarrollando sentado. Vuelve el baile, pero solo al aire libre y siempre y cuando el establecimiento cuente con licencia. Los espacios destinados a la actividad de baile deberán estar delimitados, no se podrán consumir bebidas y los encargados del establecimiento tendrán que asegurarse de que los participantes lleven la mascarilla correctamente. En la actividad funeraria se pasa del 50 al 75%.

Las instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior, tendrán la misma libertad horaria, aunque el aforo interior seguirá supeditado a un 75%. Como novedad, se permite no usar mascarilla durante la competición deportiva al aire libre tanto en grupo como individual. Parques de atracciones, zoos, casinos y locales de apuestas aumentan por su parte su aforo hasta el 75%.