7 dudas frecuentes sobre los permisos de trabajo
- El trabajador, previo aviso y justificación, puede ausentarse de su empleo por distintos motivos con derecho a remuneración
- Resolvemos tus dudas sobre los permisos retribuidos siguiendo el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores
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El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores lo deja bien claro: el trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo por distintos motivos con derecho a remuneración. Son los llamados permisos retribuidos. Gracias a ellos puedes faltar al trabajo con todas las de la ley y sin que la empresa te pueda restar ni un solo céntimo de tu salario. Te corresponden por derecho pero los tienes que justificar.
Los principales motivos por los que puede ausentarte de tu empleo cobrando son por casarte, por enfermedad grave o fallecimiento de un familiar, por mudanza o por una obligación legal. También hay permisos por funciones sindicales, por motivos de lactancia, exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto. La duración de cada permiso depende de cada caso.
¿Tienes alguna duda más? En ‘Aquí hay trabajo’ vamos a despejar siete que son frecuentes sobre los permisos de trabajo retribuidos:
1. No se recuperan
Los permisos retribuidos cuentan como si hubiéramos ido a trabajar. Por lo tanto, no los tendrás que recuperar.
2. Se cobra igual
Estando de permiso, cobrarás lo mismo que trabajando, incluidos complementos. Así que no existirá una rebaja en tu salario.
3. Asalariados y empleados del hogar, mismos permisos
Las empleadas y empleados de hogarque el resto de los asalariados. Nadie se los puede negar.
4. Hay que avisar
Siempre deberás avisar a la empresa de que te vas a coger un permiso retribuido: Si tu convenio colectivo no dice con cuánto tiempo hay que preavisar, se aconseja hacerlo lo antes posible.
5. Acreditar el motivo
Como es lógico, deberás acreditar con documentación el motivo por el que vas a faltar. Sin justificante, el permiso peligra.
6. Pedirlo por escrito
El permiso hay que solicitarlo preferiblemente por escrito y con tu firma.
7. Revisa tu convenio colectivo
Un buen consejo es mirar siempre tu convenio colectivo en el caso de que lo tengas, porque es muy probable que mejore las condiciones de los permisos retribuidos. Siempre será para bien.