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El Constitucional avala la vigencia de la euroorden de detención del Supremo contra Puigdemont

  • Desestima su recurso al igual que los de Toni Comín, Clara Ponsatí y Lluis Puig
  • Todos pedían al Supremo la suspensión cautelar de las órdenes tras la retirada en el Parlamento Europeo de la inmunidad

Por
Carles Puigdemont
El expresidente catalán Carles Puigdemont.

El Tribunal Constitucional ha desestimado los recursos de medidas cautelares interpuestos por el expresidente catalán Carles Puigdemont y los exconsellers Toni Comín, Clara Ponsatí y Lluis Puig y ha avalado por unanimidad las órdenes de detención nacionales, europeas e internacionales dictadas por el Tribunal Supremo contra todos ellos.

Los líderes independentistas huidos interpusieron el recurso contra las resoluciones del Supremo 14 de octubre y 4 de noviembre de 2019, en las que se acordaba emitir, en la causa que instruye el magistrado Pablo Llarena, órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención en contra de los procesados en rebeldía, así como los autos sucesivos que confirman esas decisiones iniciales.

El Constitucional avala ahora la decisión del Supremo de no suspender preventivamente las órdenes de detención el pasado 16 de marzo, después de que el Parlamento Europeo retirara la inmunidad a los europarlamentarios.

La decisión del TC llega tras la detención el pasado 23 de septiembre y posterior puesta en libertad en Italia de Puigdemont . El tribunal de Sassari ha decidido esperar a que el Tribunal de Garantías de la Unión Europea (TGUE) se pronuncie sobre la euroorden para decidir sobre la entrega a España o no del expresidente catalán. El TGUE se había negado a devolver cautelarmente la inmunidad a Puigdemont al considerar que la euroorden estaba en suspenso, pero el Supremo siempre ha insistido en que ésta estaba vigente y por ello fue detenido.

Una decisión basada en "una consolidada doctrina constitucional"

El Constitucional ha avalado al Supremo al considerar que su decisión fue "respetuosa con el derecho a la tutela judicial efectiva del recurrente en amparo" y que "no vulneró su derecho a la tutela cautelar porque el Tribunal abrió, simultáneamente, una pieza separada de medidas cautelares sujeta a un procedimiento contradictorio".

Por su parte, la decisión de no suspender la vigencia de las órdenes de detención impugnadas en amparo "se basa en una consolidada doctrina constitucional, que niega la suspensión cautelar en el procedimiento de amparo de las medidas provisionales privativas de libertad o que puedan tener un impacto en el derecho a la libertad personal".

El Tribunal ha indicado que suspender en la pieza de cautelares del recurso de amparo una medida cautelar, adoptada por un órgano de la jurisdicción ordinaria y que conforma el objeto principal de ese recurso de amparo, supone una resolución anticipada del fondo del recurso.

Un respaldo a Llarena tras lo ocurrido en Italia

La decisión del Constitucional supone un espaldarazo a la instrucción del juez Llarena y al propio Tribunal Supremo, más aún tras los acontecimientos de los últimos días provocados por la detención de Carles Puigdemont.

Llarena ha insistido en dos ocasiones al Tribunal de Apelación de Sassari (Italia) en que la euroorden está activa y, por tanto, vigente ante "determinadas informaciones" que sostenían lo contrario, una tesis que defiende el equipo jurídico de Puigdemont.

De hecho, la postura del Constitucional va en la línea de la manifestada por el juez Llarena, quien explicó al tribunal italiano que las recomendaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea establecen que la presentación de una cuestión prejudicial comporta la suspensión del procedimiento nacional hasta que el Tribunal de Justicia se pronuncie.

Pero subrayó que esa misma recomendación añade que "la adopción de medidas cautelares no está sometida al régimen de suspensión obligatoria" por lo que aquí "se estará a lo que decida el órgano jurisdiccional nacional", esto es, a lo que decida él.

Y añadió que la orden de prisión y la Orden Europea de Detención y Entrega (OED) de Puigdemont "tienen una indiscutible naturaleza cautelar" porque "son decisiones que sirven a que el evadido quede a disposición de la Justicia y pueda abordarse un enjuiciamiento que -hasta ahora- ha estado impedido por la fuga".

Al respecto, las autoridades judiciales italianas no dudaron de la vigencia de la orden de detención contra Puigemont, aunque Italia no ha arrestado a Comín y Ponsatí cuyas euroordenes están también vigentes -como el lunes recordó Llarena- y que estos días han estado en Cerdeña acompañando al expresident catalán en su vista judicial.

Precisamente este lunes la corte de Sassari acordó suspender el procedimiento sobre la entrega a España de Puigdemont a la espera de que se pronuncie la justicia europea sobre su inmunidad y la cuestión prejudicial.