El campanario de Benicarló es del pueblo
- Un juzgado declara en una sentencia que la torre y una calle de la población, inmatriculados por la iglesia en 2015, pertenecen al municipio
- El litigio ha obligado a rescatar archivos históricos de 1236
La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vinaròs, en Castellón, ha dictado una sentencia que declara la propiedad municipal de una torre campanario y una calle de Benicarló que habían sido inmatriculados por la Iglesia en 2015.
La jueza estima así la demanda interpuesta por el Ayuntamiento de esta localidad contra el obispado de Tortosa, en Tarragona, y ha ordenado la cancelación de la inscripción del bien a nombre de esa diócesis en el Registro de la Propiedad.
Una cesión de Jaime I al municipio
La sentencia, que puede ser recurrida en apelación, establece que la torre-campanario fue cedida por el rey Jaime I de Aragón al municipio tras la Reconquista, en la carta puebla del año 1236, aunque el monumento actual data del siglo XVIII.
“Está demostrado que la iglesia tenía campanario“
“En un principio, cuando se conquista este lugar, el rey Jaime I, a través de Pérez de Pina, da carta de población señalando un término y las condiciones básicas en las que va a otorgar”, relata Juan Luis Constante, doctor en Geografía e Historia. “Y la iglesia se la da al pueblo, sin especificar con o sin campanario. Pasan los siglos y, según la documentación que consulté en el Archivo Histórico Nacional, está demostrado que esa iglesia tenía campanario”. Un periodo en el que la iglesia de San Bartolomé, según Constante, ha pasado a pertenecer al episcopado, pero no así la torre, separada del templo por una vía pública, de ahí que reciba la denominación arquitectónica de torre exenta.
La prueba practicada en el juicio ha acreditado “el título de propiedad del Ayuntamiento, o cuando menos la posesión a título de dueño desde más de 30 años, tanto del campanario como de la zona que separa la iglesia del mismo”, según recoge la resolución.
Satisfacción en Benicarló por la sentencia
En la localidad, por tanto, se celebra la decisión judicial. "No tenían que apropiarse de una cosa que no es de ellos", afirma un vecino de la localidad. "Todos los gastos que ha habido siempre en ese campanario, los ha pagado el pueblo", revela otro ciudadano.
“Los gastos los ha pagado siempre el pueblo“
“Todo se inició en 2015”, relata Xaro Miralles, alcaldesa de Benicarló. “Recibimos un edicto del registro de la propiedad de Benicarló donde se ponía de manifiesto que el obispado de Tortosa se había inmatriculado el campanario junto con la iglesia, basándose en un certificado catastral, descriptivo y gráfico, donde aparecía el campanario unido a la iglesia”.
“Siempre se había considerado un edificio civil“
Fue entonces cuando se pusieron en marcha los servicios jurídicos y de Patrimonio de la localidad. “Encargamos un informe pericial a un doctor historiador, Juan Luis Constante, y nos pusimos en marcha para demandar al obispado de Tortosa por la titularidad del campanario, porque desde siempre se había considerado que era un edificio civil, propiedad del Ayuntamiento”.
Las responsabilidades de la titularidad pública
El obispado, que respeta la sentencia, pero estudiará si la recurre, asegura que el edificio tenía usos preferentemente religiosos. Desde el consistorio, responden. “El uso de un campanario es el que es, se hacen sonar las campanas, actividades culturales, etc. Hay usos religiosos, pero también civiles. Que pertenezca al Ayuntamiento permite destinar fondos, por ejemplo, a su restauración”, asegura Xaro Miralles, alcaldesa de Benicarló.
“Que pertenezca al Ayuntamiento permite destinar fondos a su restauración“
“Es más, la restauración de la iglesia se hizo hace pocos años a través de la fundación ‘La Luz de las Imágenes’, de la Generalitat Valenciana, pero el campanario no se restauró en aquel momento porque el documento reflejaba que no estaban unidos”. Así lo recoge también la jueza en la sentencia.