Seis motivos para perder la pensión de incapacidad permanente total
- Alrededor de 600.000 trabajadores cobran una incapacidad permanente total en España
- Desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social pueden dejar de pagar la pensión por diferentes motivos
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Casi 600.000 personas cobran una pensión por incapacidad permanente total La cantidad media de este tipo de pensión alcanza los 818 euros al mes. Se trata de aliviar la pérdida de ingresos por una enfermedad o accidente siempre que te impida trabajar en tu profesión habitual. El organismo que reconoce y paga este tipo de pensión es el Instituto Nacional de la Seguridad Social y te dejará de pagar la pensión de incapacidad permanente total por diferentes causas. En ‘Aquí hay trabajo’ te explicamos seis motivos por los que puedes perderla.
1. Tu salud mejora
El tribunal médico te hace una revisión y detecta que has mejorado y considera que puedes desempeñar tu trabajo habitual. La pensión, lógicamente, descenderá o desaparecerá.
2. Trabajar de manera ilegal
Te conceden la pensión pero sigues trabajando en tu empleo. Eso es ilegal porque esta pensión es para cuando la incapacidad te impide hacer tu trabajo habitual y si trabajas en la misma actividad, la paga también desaparece.
3. No asistir a la revisión del Tribunal Médico
Si el Tribunal Médico te cita para una revisión y no vas, te estarás jugando la pensión. Así que es importante que no se te olvide asistir.
4. No aportar toda la documentación
Acudes a la cita de la revisión con el Tribunal Médico pero no llevas toda la documentación que se te requiere. Tu deber es presentar a la Seguridad Social los informes debidamente actualizados. Si no cumples esta obligación, el derecho a la pensión peligra.
5. Abandonar el tratamiento médico
Si tu incapacidad empeora porque has abandonado o rechazado un tratamiento médico sin un por qué que lo justifique, te quedarás sin pensión.
6. Segundo diagnóstico
La Seguridad Social no es infalible: en un primer diagnóstico te reconocen la incapacidad pero puede haber un segundo diagnóstico que cambie de opinión. Considera que tu incapacidad no es total y que puedes seguir trabajando en lo tuyo. En este caso, también dejarás de cobrar la pensión. Si no estás de acuerdo, cabe la posibilidad de recurso.