La Justicia europea confirma la multa a Google por su sistema de comparación de precios
- La UE condenó en 2017 a Google a pagar 2.424 millones
- El buscador situaba en primer lugar los resultados de su propia herramienta de comparación de precios
El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha confirmado la multa de 2.424 millones de euros que la Comisión Europea impuso a Google en 2017 por abuso de posición dominante al haber favorecido su sistema de comparación de precios, Google Shopping, frente a los de la competencia.
"El Tribunal General concluye su análisis declarando que debe confirmarse el importe de la sanción pecuniaria impuesta a Google", señala el TGUE. El fallo es recurrible ante el Tribunal de Justicia (TJUE), la mayor instancia de la Justicia europea.
La tecnológica estadounidense tiene pendiente un recurso contra otra multa, esta de 4.343 millones de euros por obligar a usar su sistema operativo Android para reforzar su posición de dominio.
Google primaba los resultados de su propia herramienta
La Comisión Europea consideró que Google daba un lugar prominente a su propio servicio de comparación de compras a la vez que degradaba los servicios de comparación de competidores en sus propios resultados de búsquedas, violando así la libre competencia.
De esta forma, cuando un consumidor hace una consulta en el motor de búsqueda de Google para que el servicio de compras comparativas muestre resultados, los resultados del comparador de la propia tecnológica aparecen en la parte superior de la lista de resultados, o cerca de ella.
Google comenzó a implantar esta práctica en enero de 2008 en Alemania y Reino Unido. Posteriormente la extendió a Francia en octubre de 2010; a Italia, Países Bajos y España en mayo de 2011; a República Checa en febrero de 2013 y a Austria, Bélgica, Dinamarca, Noruega, Polonia y Suecia en noviembre de 2013.
El TGUE, con sede en Luxemburgo, ha rechazado el recurso y los argumentos de la compañía y ha dado la razón a la CE.
"Al favorecer su propio servicio de comparación de precios en sus páginas de resultados a través de una visualización y posicionamiento más favorables, mientras que relegaba los resultados de los servicios de comparación de la competencia en esas páginas (...), Google se apartó de la competencia por méritos", subraya la sentencia.
El TGUE señala también que "tras haber medido los efectos actuales de la conducta en el tráfico de los servicios de comparación desde las páginas de resultados generales de Google, la Comisión tenía una base suficiente para demostrar que ese tráfico suponía una gran parte de su tráfico total".
Por tanto, "el resultado potencial fue la desaparición de los servicios de comparación de precios, menos innovación en sus mercados y menos opciones para los consumidores", que, según la sentencia, son "rasgos característicos del debilitamiento de la competencia".
Google aseguró que solo pretendía mejorar los resultados pero el TGUE falla que "si bien los algoritmos para la clasificación de resultados genéricos o los criterios para el posicionamiento y la visualización de los resultados de productos especializados de Google pueden, como tales, representar mejoras de servicios favorables a la competencia, eso no justifica la práctica en cuestión".
El tribunal considera que "Google no ha demostrado mejoras de eficiencia vinculadas a esta práctica que contrarresten sus efectos negativos sobre la competencia".
Esta multa se suma a otras dos impuestas a Google por la CE. Una de ellas, de 1.490 millones de euros, fue por abuso de posición dominante en la publicidad en internet a través de su servicio AdSense for Search. Y una tercera, la más alta, de 4.343 millones de euros, por utilizar su sistema operativo Android en los dispositivos móviles para reforzar la posición del buscador.