La jueza rechaza imputar a Aguirre por la reducción de camas en el Hospital Puerta de Hierro
- Rechaza también imputar al exconsejero de Sanidad Juan José Güemes por la reducción ilegal de 135 camas
- Dice que el hecho de que fueran los máximos responsables de la Comunidd no justifica la condición de investigado
La titular del Juzgado de Instrucción número 53 de Madrid ha rechazado la petición de Anticorrupción a la expresidenta madrileña Esperanza Aguirre y al exconsejero de Sanidad Juan José Güemes por la reducción ilegal de 135 camas del hospital Puerta de Hierro de Madrid, lo que causó un daño de 10 millones de euros al erario público, según han confirmado fuentes jurídicas del caso a RTVE.
"El hecho de que Esperanza Aguirre Gil de Biedma, Juan José Güemes y Ana Sánchez Fernández fueran los máximos responsables de la Comunidad de Madrid, Consejería de Sanidad y del Órgano de Contratación en mayo de 2008 no justifica la atribución de la condición de investigado" como pretendía la Fiscalía, según entiende la juez en un auto al que ha tenido acceso Efe. La Fiscalía Anticorrupción, según han adelantado a Efe fuentes fiscales, ya ha recurrido la decisión de la juez.
Para adoptar esta decisión, la magistrada recuerda que de la declaración prestada por la hasta ahora única investigada, la entonces directora de Planificación y Equipamientos Sanitarios, Elena de Mingo, no se deduce que "la resolución sobre la reducción del número de camas del hospital procediera directamente de la Presidencia de la Comunidad de Madrid".
Se apoya también en una sentencia en la que el Tribunal Supremo estableció que cuando la acción delictiva tiene lugar en el marco de una organización o estructura compleja y jerarquizada, complejidad "no exime desde luego de realizar un juicio de autoría cuando así quede acreditado".
No se puede atribuir la responsabilidad por su "cargo", "por alto que sea"
Pero, "en ningún caso, puede desembocar en atribuciones objetivas de responsabilidad por el mero hecho de la posición o cargo que una persona concreta ostente en la organización, por muy alto que este sea. De hacerlo así vulneraríamos de manera flagrante el principio de culpabilidad”, indicaba la sentencia que invoca el auto para rechazar la imputación de esos exresponsables de la Comunidad de Madrid.
A lo que sí accede la juez es a la petición de citar como investigado el próximo 20 de diciembre a Jesús Alejandro Vidart Anchia, ex director general de Gestión Económica y de Compras de Productos Sanitarios y Farmacéuticos, tal y como también le propuso la Fiscalía.
Anticorrupción se querelló contra la directora de Planificación y Equipamientos Sanitarios de la Comunidad de Madrid entre 2008 y 2011, Elena de Mingo, por presuntas irregularidades en la construcción y explotación del hospital Puerta de Hierro de Majadahonda.
Según la querella, hay indicios de que "prescindiendo del más mínimo procedimiento administrativo de modificación de contratos previsto en la legislación vigente y en el pliego de cláusulas administrativas, se modificó de facto" el contrato de concesión de obra para construir dicho hospital.
Un daño a los caudales públicos de más de diez millones
Debido a esa gestión "la administración ha abonado mayores costes por servicios nunca prestados", produciéndose un menoscabo a los caudales públicos de la Comunidad de más de 10 millones.
La obra pública fue adjudicada por el entonces consejero de Sanidad y Consumo de la Comunidad de Madrid mediante Orden de 18 de marzo de 2005 a la agrupación de empresas formada por Dragados S.A., Bovis Lend Lease S.A. y SUFI, que constituyeron la sociedad Hospital Majadahonda S.A. El contrato se modificó en 2008 y las 135 habitaciones del citado hospital pasaron de ser dobles a individuales.
Para justificar este cambio se invocó una resolución de 5 de mayo de 2008 dictada a requerimiento de la presidenta de la Comunidad de Madrid que no existió, asegura la Fiscalía, que subraya "la ilegalidad radical de la reducción de las 135 camas hospitalarias llevada a efecto eludiendo cualquier procedimiento administrativo".
Pero, además, "se debió de haber reestablecido el equilibrio económico del contrato de concesión a favor de la Administración a través del oportuno modificado, con el objeto de evitar el impacto negativo en los caudales públicos".