El Supremo pide el indulto parcial para el exconcejal que destapó la trama Gürtel
- Se muestra a favor de conmutar la pena de inhabilitación, pero no de prisión
- Se opone también al indulto a Carmen Rodríguez, la exmujer del cabecilla de la trama, Francisco Correa
El Tribunal Supremo ha informado a favor de que el Gobierno conceda un indulto parcial a José Luis Peñas, el exconcejal del PP de Majadahonda (Madrid) que destapó la trama Gürtel, según han confirmado fuentes del tribunal a RTVE. En concreto, se muestra a favor de conmutar la pena de inhabilitación, lo que le permitiría seguir trabajando de funcionario en el Ayuntamiento de Madrid, pero no la de cárcel, que se encuentra suspendida.
Peñas fue condenado por delitos de asociación ilícita, cohecho, falsedad documental, fraude, malversación de caudales públicos y prevaricación, con la atenuante de confesión, a 4 años y 9 meses de prisión; 5 años y 1 mes de inhabilitación absoluta; 7 años y 6 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público y 130.600 euros de multas.
En concreto, el Supremo avala que se le conmuten las dos penas de inhabilitación absoluta que le fueron impuestas por otras de inhabilitación especial para cargos públicos de libre designación o elección, lo que le permitiría seguir trabajando como empleado público en el Ayuntamiento de Madrid.
Peñas pidió el indulto al Ejecutivo una vez que el Supremo modificó ligeramente algunas condenas cuando analizó los recursos de casación contra la sentencia de la Audiencia Nacional, motivo por el cual es el órgano jurisdiccional que debe emitir el informe.
Argumentaba que, gracias a su colaboración, se había podido destapar la mayor trama de corrupción político empresarial conocida en España en los últimos años al presentar una denuncia y aportar conversaciones con el cabecilla de la trama, Francisco Correa.
Alude como la Fiscalía a la falta de protección de los denunciantes
La Sala sigue el criterio del fiscal, que respalda el indulto parcial por razones de justicia, equidad y utilidad pública, como exige la Ley del Indulto, y por el arrepentimiento del condenado.
El fiscal expresa en su informe la falta de protección de los denunciantes en España, a diferencia de lo que sucede en el derecho comparado en el que la figura del “whistleblower” (delator o arrepentido) es reconocida y protegida, además de destacar una directiva comunitaria sobre la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.
La Fiscalía destaca que el cumplimiento de inhabilitación absoluta en el caso de Peñas significaría la pérdida de su trabajo, lo que supondría para él una aflicción desmedida e innecesaria, mientras que el indulto parcial le permitiría no perder la condición de funcionario público y seguir como ordenanza en el Ayuntamiento.
Ahora bien, ni el Supremo ni la Fiscalía se pronuncian en sus informes sobre la pena de prisión a la que fue condenado y por la que no ha llegado a entrar en prisión, ya que se encuentra suspendida a petición del propio condenado.
Se opone al indulto de la exmujer de Correa
Por otra parte, el Supremo se opone como ya hizo anteriormente la Fiscalía a la concesión de un indulto parcial a Carmen Rodríguez, exmujer de Correa, condenada por el alto tribunal a 17 años y 8 meses de prisión.
Los informes del Supremo y de la Fiscalía son preceptivos pero no vinculantes para el Ejecutivo, que será el que decida. En declaraciones a Efe, el abogado de Peñas, Ángel Galindo, ha destacado que "era de justicia y el Supremo la hace con mayúsculas".
José Luis Peñas "es el denunciante de la mayor trama de corrupción política y empresarial de la democracia y sin su denuncia nada se hubiera destapado y la corrupción seguiría instalada en el Gobierno de la nación", ha añadido.