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Así funciona el primer protocolo antiacoso del Congreso: sanciones, pero no a diputados, y una "asesora confidencial"

  • RTVE.es publicó este año una serie de reportajes sobre machismo en política en el que participaron diputados y diputadas
  • Varias trabajadoras del Congreso revelaron entonces algunos episodios machistas o de acoso sexual que habían sufrido
  • Las Cortes Generales han aprobado recientemente un protocolo contra el acoso que ya está "a pleno funcionamiento"

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Fotografía de archivo tomada en septiembre de 2021 durante unas jornadas que conmemoraron en el Congreso el 90 aniversario de la aprobación del voto femenino. 
Fotografía de archivo tomada en septiembre de 2021 durante unas jornadas que conmemoraron en el Congreso el 90 aniversario de la aprobación del voto femenino. 

El Congreso y el Senado no "tolerarán" en su seno situaciones de acoso, tanto sexual como por razón de sexo, de tipo discriminatorio o laboral. Por eso, ambas Cámaras han aprobado recientemente su primer protocolo de actuación frente a estas conductas y han creado una nueva figura profesional, la de una "asesora confidencial" que responderá las consultas, dará cauce a las posibles quejas o denuncias y velará por la recuperación de las víctimas.

"Sean muchos o pocos los casos de acoso, uno solo ya es intolerable. Tener herramientas de actuación y de seguridad en este ámbito es imprescindible. Tener un protocolo es fundamental, pero no solo. En el Plan de Igualdad hemos intentado hacernos muy conscientes de la necesidad de la formación y la concienciación en la 'condena' de esas conductas", asegura la vicepresidenta tercera del Congreso, Gloria Elizo, en una entrevista con RTVE.es en la que asegura que la implementación del protocolo está ya "a pleno funcionamiento".

Sean muchos o pocos los casos de acoso, uno solo ya es intolerable

Esa herramienta, que se enmarca dentro del I Plan de Igualdad de las Cortes Generales, fue aprobada a finales de septiembre de este año, pocos meses después de que este medio publicara una serie de reportajes sobre machismo en el ámbito de la política, para los que entrevistó a diputadas y diputados de los distintos grupos políticos.

Durante el desarrollo de esa serie, RTVE.es tuvo conocimiento de algunas conductas machistas sufridas también por trabajadoras del Congreso e, incluso, una de ellas reveló haber sufrido acoso sexual.

A priori, este nuevo documento —y el procedimiento que impulsa— supone un avance en este sentido. En él se recogen los objetivos y el ámbito de aplicación, las definiciones de acoso en sus distintas modalidades, los criterios generales de actuación, los medios de prevención del acoso y la violencia, la posibilidad de usar, como recomiendan las normas comunitarias, un procedimiento especial de solución y, finalmente, el régimen disciplinario aplicable.

Contempla sanciones pero no podrán imponerse a parlamentarios

Ese último punto es el que, de partida, genera algunas dudas, ya que las sanciones en los casos de acoso están contempladas en el protocolo, pero únicamente para los funcionarios o el personal laboral (trabajadores de la Secretaría General, letrados, ugieres o personal sanitario, por ejemplo). No podrán ser sancionados, en cambio, diputados y senadores ni tampoco los empleados de los grupos parlamentarios o el resto del personal eventual.

Según explican fuentes del Congreso, esto se debe a que "no hay potestad" o "competencias" para tomar ninguna medida sancionadora contra quienes no dependen administrativamente de las Cámaras, lo cual no implica, puntualizan, que esta herramienta de defensa no sea válida para todas las "figuras" profesionales, incluida la parlamentaria. Es decir, un diputado, por ejemplo, podría verter una acusación y solicitar ayuda o ser, por el contrario, acusado de acoso.

La vicepresidenta tercera del Congreso, que afirma conocer el contenido de los reportajes publicados por RTVE.es y estar al tanto de que hubo trabajadoras que revelaron situaciones de acoso, añade: "Los diputados no están sometidos más que al régimen sancionador/disciplinario que establece el Congreso de los Diputados en su Reglamento, es una protección por ostentar una representación pública y que se aplica fundamentalmente para garantizar el derecho de representación. Se podría derivar alguna sanción si se entiende que una actuación contraviene o atenta contra la cortesía y la disciplina parlamentaria, y en ese caso, pudiera estar sometido a alguna medida sancionadora".

El protocolo señala que, en caso de que el supuesto agresor no sea funcionario o personal laboral, sí se garantizará un servicio de asesoramiento y acompañamiento para que la persona afectada pueda actuar, por ejemplo, ante los juzgados. Del mismo modo, las medidas de prevención del acoso que prevé la herramienta se aplicarán a todas las personas que desarrollen su trabajo en las Cámaras.

Me frustra ver que los parlamentarios son intocables y se saben intocables

"En mi caso llega un poco tarde, porque hubiera agradecido tener esta ayuda a mi disposición en el momento en el que lo necesité. De todas formas, sí reconozco que es una buena noticia y lo veo como un avance. Lo que me frustra un poco es ver, una vez más, que los parlamentarios son intocables y se saben intocables. Las formas de acoso que yo sufrí fueron por parte de parlamentarios, y que no pueda haber una sanción directa, aunque sea por temas legales, lanza otra vez el mensaje de que están en una situación de poder y que es tu palabra contra la de ellos", dice una trabajadora que reveló a RTVE.es algunas de esas situaciones de acoso sexual sufridas en el Congreso.

Una nueva figura para encauzar estos casos: "Asesora confidencial"

Esta y otras profesionales explican que las Cortes Generales remitieron el protocolo al personal mediante un correo enviado el pasado mes de octubre. En ese 'email' se informaba de que se había designado a la letrada Sara Sieira Mucientes como la persona que ejercerá las funciones de "asesora confidencial", una nueva figura profesional que se encargará de dar cauce a las posibles quejas relacionadas con el acoso de todo tipo.

"La asesoría consiste en un acompañamiento personal y confidencial de la persona afectada, orientado a la búsqueda de una posible solución. Se trata de un procedimiento de escucha de la persona afectada y de investigación sumaria por parte de la asesoría confidencial para comprobar que los hechos que se exponen son ciertos", explica Sieira Mucientes, que también es Jefa del Departamento de Igualdad y Prevención de Riesgos Laborales.

El primer contacto con ella se puede realizar por correo o mediante un formulario que puede encontrarse en el Portal de Igualdad de la Intranet. Para comunicar una queja se admite en un principio la presentación de manera verbal, pero será necesaria su ratificación por escrito.

"Sólo la asesoría confidencial, en principio, conoce del procedimiento, junto con la persona que ha presentado la queja, la persona ante la que se ha presentado la misma, sus acompañantes, en caso de que así lo deseen, y, finalmente, en su caso, el Secretario General", explica Sieira Mucientes.

Contar con su perfil es, según la trabajadora que sufrió acoso, el principal avance que contempla el protocolo: "Me parece muy positivo que se ponga a disposición del personal a una persona para atender estos casos y que además sea mujer. Es importante que no sea una simple 'ventanilla', porque cuando te pasan estas cosas necesitas a una persona que te escuche. A mí el cuerpo en ese momento me pedía desahogarme con alguien que estuviese allí y que pudiera ayudarme desde dentro".

Cuando te pasan estas cosas necesitas a una persona que te escuche

En este sentido, Elizo, encargada en la Mesa de los asuntos de igualdad, agrega que las mujeres que puedan verse afectadas por estas conductas tendrán "el protagonismo" en su propia denuncia. "Créame que mi confianza en las personas responsables de ese protocolo es total, y sé que actuarán escrupulosamente (...) Conformismo ninguno. El ámbito parlamentario no es ajeno al mundo, a la sociedad de la que formamos parte. Para bien y para mal".

Conductas contempladas: chistes sobre la apariencia, gestos obscenos o abusos verbales

El texto aprobado para prevenir esas conductas define también qué se considera acoso. El de tipo sexual lo constituye "cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual, que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se cree un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo".

A título de ejemplo, y "sin ánimo excluyente ni limitativo", se considerarán constitutivas de acoso sexual las siguientes conductas: observaciones sugerentes y desagradables, chistes o comentarios sobre la apariencia o condición sexual del trabajador o trabajadora, gestos obscenos y abusos verbales. También, peticiones de favores sexuales, el contacto físico innecesario con connotación sexual y toda agresión sexual, así como la difusión de documentos, vídeos o imágenes relacionados con la vida sexual de las personas, a través de las redes sociales o de cualquier otro medio de comunicación, aunque hubiera habido consentimiento.

En el caso de acoso por razón de sexo, se mencionan como ejemplo los comentarios despectivos acerca de las mujeres y, en general, comentarios sexistas sobre mujeres u hombres basados en prejuicios de género, como los que han recibido algunas diputadas durante los plenos. Asimismo, el demérito de la valía profesional por el hecho de la maternidad o las conductas hostiles hacia cualquier persona que ejercite su derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y profesional.

"Procedimiento especial de solución" para víctimas

Quienes se sientan víctimas de alguna de esas conductas, o del resto de formas de acoso existentes, podrán recurrir voluntariamente al denominado "procedimiento especial de solución". Este instrumento voluntario de carácter "rápido y confidencial" no se aplicará si los hechos revisten carácter de delito, si "consistieren en violencia o, por su gravedad o por su trascendencia o por cualesquiera circunstancias concurrentes, se comprometa el buen funcionamiento de las Cortes Generales".

El procedimiento especial se iniciará cuando la persona afectada o quien tenga conocimiento de una situación de acoso presente una queja, que en ningún caso podrá se anónima, ante la Unidad de Igualdad de la Cámara correspondiente. La asesora confidencial recabará información para poder evaluar el caso y se podrá dirigir al supuesto agresor para informarle de la queja y de las responsabilidades disciplinarias en las que podría incurrir.

Según apunta Sieira Mucientes, el procedimiento especial "no tiene carácter disciplinario", aunque de sus actuaciones podría derivarse la posibilidad de iniciarse seguidamente un procedimiento disciplinario, si los hechos revisten carácter de conducta sancionable.

Como asesora confidencial ella informaría a la persona a quien se dirige la queja de que puede guardar silencio ante la queja, dar la explicación que estime oportuna o manifestar su oposición a la queja, sin que lo que diga pueda ser utilizado nunca en su contra. Asimismo, podrá decidir si quiere que la respuesta se comunique a la persona que ha presentado la queja.

Realizada la gestión, el asesor o asesora confidencial comunicará su resultado a la persona que ha presentado la queja transmitiéndole en su caso la explicación que haya dado la persona a quien se dirige la acusación, concluyendo así el procedimiento especial de solución.

En el caso de que el resultado no sea satisfactorio para la persona afectada o, a juicio de la asesoría confidencial, los hechos revistan carácter de conducta sancionable, informará a la persona interesada de la posibilidad de iniciar el procedimiento disciplinario o penal y elevará, en caso de que aprecie indicios de conductas de acoso o discriminación tipificadas como faltas disciplinarias, un informe a quien ostente la Secretaría General de la Cámara de que se trate.

Para la apertura de un procedimiento disciplinario, habría que plantearlo ante la Secretaría General de la Cámara correspondiente, que tendrá que resolver al asunto a la mayor celeridad posible y podrá imponer medidas cautelares para proteger a la víctima.

Apoyo a las personas afectadas y cursos de formación en igualdad

Constatada la existencia de acoso o violencia, las Cortes Generales adoptarán medidas para garantizar el derecho a la protección integral de la salud de la persona afectada hasta su completo restablecimiento y asesorará "de manera estrictamente confidencial" a la víctima en relación con las ayudas sociales a las que tenga derecho.

La asesora también apoyará las "gestiones" de la víctima y prestará atención a la evitación de posibles represalias o situaciones de hostilidad en el entorno de trabajo. Además, durante el transcurso de este procedimiento, se podría recurrir a un tratamiento psicológico, si los médicos lo consideran necesario.

Según han explicado otras fuentes del Congreso, no está previsto hacer públicas las estadísticas sobre el número de casos de acoso que se atiendan.

Por otro lado, el personal vinculado de algún modo al Congreso y al Senado tendrá acceso periódicamente a "acciones formativas" con el objetivo de seguir sensibilizándose en materia de igualdad.

Para el próximo 13 de diciembre se ha programado un curso que en su sesión inicial se centrará, precisamente, en la prevención del acoso y que abordará el contenido del nuevo protocolo.