La Audiencia de Barcelona ordena el ingreso en prisión del excalcalde de Sabadell Manuel Bustos por el caso Mercurio
- Está condenado a tres años de cárcel por instar a la Policía Local a retirar multas a sus familiares
- Se trata de la segunda condena por este caso porque cuenta con otra de año y medio también por usar su influencia
La Audiencia de Barcelona ha ordenado el ingreso en prisión del exalcalde de Sabadell (Barcelona), el socialista Manuel Bustos, para cumplir su segunda condena por el caso Mercurio de tres años por dos delitos de tráfico de influencias (18 meses por cada uno) por instar a la Policía Local a retirar multas a sus familiares.
En un auto al que ha tenido acceso RTVE y que puede ser recurrido, la sección décima de la Audiencia rechaza suspender el ingreso en prisión de Bustos, tal y como reclamaba la defensa, y le da un plazo de un mes para que ingrese en un centro penitenciario de su elección.
Se trata de la segunda sentencia en firme que tiene Bustos, aunque la otra sí que le fue suspendida. En esa ocasión, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) le impuso en 2015 una condena de un año y nueve meses de cárcel por usar su influencia sobre una alcaldesa socialista para colocar a una ex alto cargo del Gobierno tripartito, caso por el que también fue condenado el ex número dos del PSC Daniel Fernández.
A raíz del llamado "caso Mercurio", de presunta corrupción urbanística con epicentro en el Ayuntamiento de Sabadell, el exalcalde, que dejó el cargo en 2013, fue también condenado como responsable a título lucrativo en una pieza sobre malversación de fondos, y está a un paso de juicio en otras dos.
En esta ocasión, además de la pena de prisión, la Audiencia de Barcelona condena a Bustos a la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para cargo público durante ocho años. Asimismo Bustos deberá pagar la 2/9 de las costas causadas, incluidas las de la acusación particular y tendrá que abonar también la cantidad de 400 euros al Ayuntamiento de Sabadell más los intereses.
No concurren circunstancias para su suspensión
En su auto, la Audiencia considera que en Bustos no concurren "circunstancias excepcionales personales" que justifiquen la suspensión de su segunda condena y pide a su defensa, que argumenta que retirar dos multas no es un delito de corrupción, que no se deben "banalizar los hechos".
En ese sentido, recalca el tribunal que el tráfico de influencias por el que se condenó a Bustos "está enmarcado dentro de los delitos de corrupción" y que, aunque el beneficio económico que obtuvo fue "nimio", su conducta "supuso un descrédito gratuito para la Administración pública" causado "precisamente por la autoridad con más rango en el ámbito municipal".
Tampoco convencen al tribunal los argumentos de la defensa de que Bustos debe mantener su actividad laboral y su estabilidad familiar porque es padre de tres hijos de 11, 27 y 32 años, uno de ellos discapacitado, y sufre una enfermedad, certificada en un documento que se ha aportado a la sala en un sobre cerrado.
Para los jueces, la situación sanitaria no justifica que se le suspenda la condena: "Sin duda el ámbito carcelario puede no ser el mejor lugar para la cura de enfermedades, ahora bien, ello no significa que instituciones penitenciarias no cuente con un fuerte soporte de asistencia médica que permita tratar todo tipo de dolencias".
Respecto a su situación económica y familiar, recuerda la sala que los tres hijos de Bustos tienen a su madre para procurarles cuidados y sustento económico y que, en su momento, se podrán "paliar" los efectos de su entrada en prisión con futuras progresiones de grado y la libertad condicional.
La Fiscalía apoya el ingreso en prisión
Una vez la sentencia fue firme, tanto la Fiscalía como la acusación popular ejercida por la plataforma "Sabadell Lliure de Corrupció" han apoyado el ingreso en prisión del exalcalde, mientras que el Ayuntamiento -acusación particular en la causa y ahora gobernado por PSC y Podem- no se ha pronunciado en ningún sentido, al no haber podido consensuar su postura con los partidos de la oposición.
Bustos no fue el único condenado por este caso. Por la retirada de las dos multas a sus familiares en el año 2012, la Audiencia impuso 15 meses de cárcel y 11 de inhabilitación para cargo público al exintendente de la Policía Local que había anulado las sanciones.