La Audiencia Nacional rechaza prohibir los actos de apoyo a presos de ETA de Nochevieja en Pamplona y Mondragón
- Las víctimas los veían como homenajes a etarras como Parot pero el juez los ve amparados en la libertad de expresión
- La Fiscalía de la Audiencia Nacional también se ha opuesto a prohibir ambos actos: no hay constancia de delito
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado prohibir los actos de apoyo a presos de ETA que Etxerat y Sare han convocado para Nochevieja en Pamplona y Mondragón y que aludían a etarras como Henri Parot. La Audiencia Nacional ha explicado que se trata de convocatorias para "la expresión de opiniones que inquietan o chocan a diversos sectores de la sociedad", pero que antes de que se realicen y se compruebe si se ha cometido delito alguno no tienen encaje en el derecho penal.
"Los elementos con los que contamos en este momento ponen de manifiesto que se trata de la expresión de un deseo de acercamiento de presos a los Centros Penitenciarios del País Vasco, sin entrar en la justificación o ensalzamiento de las acciones por las que se hallan privados de libertad, conducta amparada por el derecho a la libre expresión en el ámbito de procedimiento penal".
Así, ha concluido que "no existe constancia alguna que permita afirmar, con la exigencia que en Derecho se requiere para poder restringir los derechos fundamentales de los ciudadanos reconocidos constitucionalmente, que se haya producido o que se vaya a producir delito alguno, en los actos de convocados". Estos argumentos van en la línea de lo dicho por la Fiscalía, que también se ha opuesto a prohibir ambos actos.
En este sentido, la Audiencia Nacional ha subrayado que "deberá ser la autoridad gubernativa competente quien debe decidir sobre si la convocatoria denunciada se ajusta a la normativa para su celebración".
Además, ha recordado que "solo el Parlamento está legitimado para definir los delitos y sus consecuencias jurídicas", haciendo hincapié en que los jueces no pueden hacer "una interpretación extensiva o analógica" del delito de enaltecimiento del terrorismo.
No obstante, ha instado a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado a que hagan el control y el seguimiento pertinentes de estos actos para que, si en el curso de los mismos se produjeran otros actos que pudieran constituir delitos, "se proceda a identificar y, en su caso, detener a sus autores", algo para lo que --resalta-- no precisan de orden judicial porque recae en su "obligación legal".
Sare retiró un cartel que aludía a etarras como Parot
La decisión de la Audiencia Nacional llega después de conocerse otro informe en el que la Fiscalía se opone opuesto a prohibir el acto convocado por Sare en Arrasate-Mondragón, al igual que este miércoles se opuso a impedir la otra concentración en Pamplona.
Lo ha hecho pese a que las víctimas ven los actos como un homenaje a etarras como de ETA Henri Parot, José Manuel Pagoaga Gallastegui, "Peixoto"; y Eugenio Barrutiabengoa, "Arbe", cuyos nombres aparecían en el cartel anunciador pero que Sare, que insiste en que no es un acto de homenaje, eliminó.
La razón, según informan fuentes fiscales, es que el Ministerio Público entiende que no hay una constancia mínima de la existencia de delito, aunque es partidaria de que las Fuerzas de Seguridad se muestren vigilantes para evitar que se pudiera incurrir en actuaciones castigadas en el Código Penal.