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La Audiencia de Madrid absuelve al empresario José María Aristrain de fraude fiscal

  • La Fiscalía solicitaba para el empresario 64 años de prisión y 1.190 millones de euros de multa
  • No se ha podido comprobar que el magnate del metal residiese de manera ficticia en Ginebra

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José María Aristrain, en una foto de archivo de 1998
José María Aristrain, en una foto de archivo de 1998

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto este martes al empresario del metal José María Aristrain de los delitos contra la Hacienda Pública de los que le acusaban la Fiscalía y la Abogacía del Estado, y de simular su domicilio fiscal en Suiza.

En la sentencia a la que ha tenido acceso RTVE, el tribunal ha considerado "insuficientes" las pruebas porque no permiten acreditar que el empresario guipuzcoano "simulara un traslado de su residencia habitual" entre 2005 y 2009.

En un primer momento, la Fiscalía solicitaba al empresario 64 años de prisión y 1.190 millones de euros de multa por un supuesto fraude fiscal de 211 millones de euros entre esos años.

Durante el juicio el acusado se acogió a su derecho a no declarar

Sin embargo, tras el trámite de las cuestiones previas, la Audiencia Provincial de Madrid ha declarado prescritos varios delitos por los que se pedían 24 años de prisión y 410 millones de multa en total.

Durante el juicio, celebrado a finales de 2021 en el que el denominado "magnate del acero" se acogió a su derecho a no declarar, la Fiscalía rebajó a 52 años de cárcel y 185,2 millones de multa su petición para Aristrain.

En la sentencia conocida este martes la sala atiende los argumentos de la defensa y concluye que de las pruebas realizadas no se puede deducir que el empresario simulara haber trasladado su residencia de España a Suiza.

Tampoco que la dirección efectiva de Corporación JMAC BV, sociedad de Aristrain creada en los Países Bajos en 1998 como tenedora de acciones de Arcelor, ArcelorMittal y ArcelorMittal Steel, "estuviera en España" a pesar de que la Fiscalía sostenía que se creó para acogerse artificiosamente al beneficioso tratamiento fiscal de dicho país.

No se ha probado que permaneciese más de 183 días en España

Por ello, la sala cree que "pierden toda base fáctica los delitos de defraudación tributaria que fundamentan la acusación". Y añade que "si no ha sido acreditado que fuera residente en España, ni que dirigiera desde Madrid dicha sociedad, no hay motivo parar considerar que estaba obligado a tributar en razón de tales impuestos".

En una sentencia de 240 páginas, la sección segunda de la Audiencia Provincial ha recordado que Aristrain presentó en España, hasta 2006, las declaraciones del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre el Patrimonio, y que más tarde comunicó el cambio de residencia fiscal a Ginebra.

En el auto los magistrados de la sala han reconocido que "no se ha probado" el hecho de que el empresario permaneciera en nuestro país más de 183 días en 2006, ni tampoco en los tres años siguientes, un hecho que de haberse cumplido si que habría provocado que el magnate se convirtiera en contribuyente de la Hacienda española.

En este sentido, la Audiencia Provincial de Madrid hace alusión al peritaje de los funcionarios de la Agencia Tributaria, que durante la vista oral aseguraron que el empresario siderúrgico simuló su residencia y se acogió a un régimen fiscal especial aún sin cumplir con los requisitos.

La sentencia, que aún puede ser recurrida por las partes ante la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, pone un punto y seguido a una causa que se ha demorado varios años.