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Poder Judicial

Cinco vocales del CGPJ ven "adecuada" la ley de vivienda y consideran que el órgano "se extralimitó" en su informe

  • Consideran que la mayoría de los vocales ha actuado "como si se tratase de una tercera Cámara legislativa"
  • En su opinión, el anteproyecto supone "el establecimiento de una regulación coherente y coordinada"

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La fachada de un edificio de pisos
Los vocales del CGPJ aclaran su voto contra el informe desfavorable a la ley de vivienda

Cinco de los vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que se opusieron este jueves al informe sobre el anteproyecto de ley de vivienda consideran que el pleno "se extralimita" y que las reflexiones que vierte sobre las competencias del Estado en materia de derecho a la vivienda "fuerzan el sentido de la jurisprudencia constitucional".

El propio Tribunal Constitucional (TC), indican los firmantes del voto particular, en una suerte de "reproche" al legislador, "ha puesto en evidencia la inexistencia de una legislación estatal sobre vivienda que sirva como parámetro de constitucionalidad a la elevada producción normativa autonómica en la materia".

El CGPJ aprobó este jueves, por 15 votos a seis, dicho informe, en el que advertía de los problemas de orden constitucional que cree que podría acarrear y recordaba al Ejecutivo de Pedro Sánchez que la vivienda "es una materia de titularidad autonómica".

Al informe desfavorable se opusieron los vocales Mar Cabrejas, Álvaro Cuesta, Clara Martínez de Careaga, Rafael Mozo y Pilar Sepúlveda, nombrados a propuesta del PSOE, así como Concepción Sáez (IU). Estos cinco últimos son quienes han emitido este voto particular.

Consideran que el pleno "se extralimita"

En este voto particular, al que ha tenido acceso RTVE, se apunta que el informe imputa "de manera grosera" al anteproyecto de ley y al pre-legislador "un intento de burlar el tenor de la Constitución, en su artículo 150.3, acusándole de introducir una fraudulenta regulación de una ley Armonizadora, eludiendo los cauces constitucionales para ello".

Por otro lado, añaden que desde su punto de vista el Pleno "incurre en una extralimitación del contenido" tradicional de los informes sobre distintos anteproyectos de ley, y de lo que debe ser la función informadora del órgano de gobierno de los jueces.

Considera que la mayoría de los vocales ha actuado "como si se tratase de una tercera Cámara legislativa" y les acusa de realizar "una forzada y poco constructiva intromisión en aspectos del articulado del texto sometido a su consideración, con apriorismos y juicios de intenciones exageradamente críticos impropios de la función institucional informadora".

Lamentan asimismo que el informe se adentre en algunos momentos en "consideraciones políticas o económicas que no le corresponden".

El anteproyecto es "un instrumento normativo adecuado"

En su opinión, el anteproyecto de ley supone "el establecimiento de una regulación coherente y coordinada de los aspectos más esenciales de las políticas de vivienda" y constituye "un instrumento normativo adecuado para la consagración del derecho a la vivienda".

Además, recoge aspectos fundamentales de la actuación pública en materia de vivienda, precisando algunos principios vinculados a la ordenación territorial y urbanística y regulando las herramientas básicas de la planificación estatal, a la vez que articula las políticas de planificación y programación públicas, y establece mecanismos para ampliar la oferta de vivienda social.

En cuanto a la regulación de los precios del alquiler, los vocales entienden que "no hace irreconocible el derecho ni niega la utilidad económica de la propiedad, no conllevando cargas desproporcionadas y excesivas, y se mueve, por tanto, dentro de los parámetros de control establecidos por el TC y el Tribunal Europeo de Derecho Humanos".

No choca con las competencias autonómicas

El anteproyecto, afirman, tampoco choca con la legislación autonómica, uno de los reparos expuestos por el CGPJ en su informe, sino que "ha de convivir con la numerosa legislación autonómica dictada en materia de vivienda, y que, con el proclamado carácter básico, ha de servir de parámetro de constitucionalidad de la normativa autonómica".

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No obstante, los firmantes del voto particular reconocen que el anteproyecto adolece de cierta inconcreción e imprecisión en algunos aspectos, como la definición de infravivienda, de vivienda digna y adecuada y de condiciones asequibles conforme al esfuerzo financiero, o al establecer los deberes del ciudadano en relación con las actuaciones de conservación, reparación, o mejora del inmueble.

El informe cuenta además con otro voto, esta vez concurrente, de los vocales Juan Martínez Moya y Juan Manuel Fernández, en el que señalan que si bien están de acuerdo con él en lo sustancial, lamentan que no concrete ni profundice en la labor del CGPJ en esta materia de vivienda. Opinan que no pone en valor ni contrata los protocolos aprobados por el órgano de gobierno de los jueces con el anteproyecto del Ejecutivo.