El Constitucional dicta que la Justicia balear vulneró el derecho de defensa de los periodistas en el 'caso Cursach'
- Intervinieron sus dispositivos móviles y ordenadores para investigar la comisión de un delito de revelación de secretos
- En cuando los periodistas tuvieron conocimiento de esto, intentaron personarse como interesados en el procedimiento
El Tribunal Constitucional (TC) ha concluido por unanimidad que la Justicia balear vulneró el derecho de defensa de los periodistas Blanca Pou, de la Agencia Europa Press, y Francisco Mestre, del Diario de Mallorca, en el conocido como 'caso Cursach'.
En un comunicado, los magistrados han señalado que los dispositivos móviles y ordenadores de ambos periodistas fueron intervenidos en virtud de varios autos adoptados por titular del Juzgado de Instrucción número 12 de Palma, en noviembre y diciembre de 2018, para investigar la comisión de un delito de revelación de secretos por filtraciones que se habían producido en relación con el 'caso Cursach'.
Agentes de la Policía Nacional se personaron entonces en la delegación balear de la agencia Europa Press para requisar documentación y equipos corporativos y personales. Se llevaron el teléfono móvil personal de Pou, dos ordenadores de la empresa y varios documentos en papel. Asimismo, también requisaron el móvil personal de Mestre.
En cuando los periodistas tuvieron conocimiento de la intervención, intentaron personarse como interesados en el procedimiento de instrucción para contestar las resoluciones judiciales al entender que se habían vulnerado sus derechos constitucionales a la intimidad, el secreto de las comunicaciones, la inviolabilidad del domicilio y el secreto profesional.
Sin embargo, el juzgado de instrucción, en primer lugar, y la Audiencia Provincial de La Palma, a continuación, negaron la posibilidad de recurrir el amparo de los periodistas en este procedimiento penal.
Decisiones lesivas del derecho a la tutela judicial efectiva
La sentencia estima que estas decisiones fueron lesivas del derecho a la tutela judicial efectiva al no motivar adecuadamente la decisión de inadmisión a trámite de los escritos de los periodistas. La voluntad de recurrir de Pou y Mestre estaba "sustentada" en la "legítima defensa" de sus intereses profesionales, afirma el TC.
Por tanto, la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada María Luisa Balaguer Callejón, considera que la finalidad de las medidas adoptadas por el juez instructor afectaba directamente a intereses constitucionales especialmente protegidos de los periodistas afectados.
Finalmente, el TC retrotrae las actuaciones judiciales al momento anterior a cuando se dictaron las resoluciones lesivas del derecho de los periodistas, para que "proceda en términos respetuosos con el derecho fundamental vulnerado".