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Ley de Tráfico

Claves de la nueva ley de Tráfico: usar el móvil o lanzar objetos a la vía restará ahora seis puntos

  • La nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial entra en vigor este lunes
  • No llevar el cinturón será sancionado hasta con cuatro puntos y se prohíbe rebasar el límite más de 20km/h al adelantar

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Claves de la nueva ley de Tráfico: usar el móvil o lanzar objetos a la vía restará ahora seis puntos

Utilizar el móvil al volante, lanzar objetos a la vía o no usar el cinturón de seguridad conllevarán a partir de ahora una mayor pérdida de puntos del carné de conducir. Estas son algunas de las novedades de la nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que entra en vigor este lunes, y que pretende incidir de esta manera en la reducción de los comportamientos al volante que se consideran más peligrosos para la seguridad vial. Estas son las claves de la nueva normativa:

1. La sanción por usar el móvil pasa a ser de seis puntos

Conducir sujetando el móvil con la mano pasa a ser sancionado con seis puntos, tres más que en la anterior normativa. En cuanto a la multa, se mantiene en 200 euros y de tres puntos si el infractor usa el móvil, pero no lo tiene en la mano.

Seguirá siendo posible, como hasta ahora, utilizar dispositivos inalámbricos u homologados cuando no impliquen ni emplear las manos ni cascos, auriculares o instrumentos similares. En el caso de motocicletas y ciclomotores, podrán usarse en el casco de protección con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecten a la seguridad en la conducción. No obstante, se perderán tres puntos por mantener ajustado entre el casco y la cabeza del usuario dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce.

Desde 2016, las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes mortales (31%), en 2020 se incrementó tres puntos por encima del año anterior, según la Dirección General de Tráfico (DGT).

Las mañanas de RNE con Íñigo Alfonso - Nueva ley de tráfico: Seis puntos por usar el móvil conduciendo - Escuchar ahora

2. Aumenta la sanción por lanzar objetos a la vía y no usar cinturón o casco

La nueva ley también recoge que arrojar objetos que puedan producir incendios o accidentes a la vía pública o sus alrededores supondrá la pérdida de seis puntos, en vez de cuatro, como se reflejaba en la normativa anterior.

Respecto al cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección, se perderán cuatro puntos si no se utilizan o no se hace de manera adecuada. Esto supone la pérdida de un punto más con respecto a la normativa anterior respecto a este tipo de comportamientos. Se mantiene, además, la misma sanción de 200 euros. Con ello, se pretende fomentar su uso, ya que, tal y como indica la DGT, uno de cada cuatro fallecidos en accidentes de tráfico sigue sin hacer uso del cinturón de seguridad.

La utilización de casco será obligatorio, además de para los conductores de motos, para los ciclistas y usuarios de vehículos de movilidad personal como patinetes. Además, estos medios de transporte no podrán circular por las aceras y demás zonas peatonales.

3. Los adelantamientos no podrán rebasar el límite de velocidad más de 20 km/h

A partir de este lunes, se prohíbe la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. Se hace obligatorio, además, en vías con más de un carril por sentido, cambiar de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores.

Aumentan, también, de cuatro a seis los puntos que se perderán cuando se adelante poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 m. La multa seguirá siendo de 200 euros. Como novedad, parar o estacionar en el carril bus, en carriles o vías ciclistas se considerará una infracción grave.

Estas medidas buscan visibilizar dichos desplazamientos, ya que la mitad de los 1.370 muertos en accidentes de tráfico en 2020 eran peatones, ciclistas y motoristas, según cifras de la DGT.

4. Tasa 0,0 de alcohol para los menores y multas por copiar en el examen de conducir

Los conductores menores de edad de cualquier vehículo no podrán circular con una tasa de alcohol superior a cero, tanto en sangre como en aire espirado.

Esta no es la única medida contra el consumo de alochol en la normativa. Se establece también que los vehículos de transporte de viajeros por carretera que se matriculen a partir del 6 de julio de 2022 estarán obligados a llevar instalado un interface para la instalación de un alcoholímetro antiarranque.

Copiar en los exámenes de conducir también estará penalizado, ya que la ley tipifica como infracción muy grave el uso de dispositivos de comunicación no autorizados durante la prueba. De hacerlo, el aspirante no podrá presentarse en un plazo de seis meses y deberá abonar una multa de 500 euros.

5. Sanciones para los inhibidores de radares

Otro punto importante de la nueva ley es que la utilización de inhibidores de radares o cinemómetros también estará penalizada con la pérdida de tres puntos. Quedan excluidos de este supuesto los mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico.

6. Saltarse los protocolos de contaminación, infracción grave

No respetar las restricciones de circulación establecidas por los protocolos de contaminación y las zonas de bajas emisiones se tipifica como una infracción grave, que conllevará una multa de 200 euros.

Por otra parte, el impago del peaje supondrá, en cambio, una infracción leve, pero pudiendo conllevar multas de hasta 100 euros. Otras de las sanciones recogidas en la ley es el incumplimiento de las normas de auxiliar en la vía pública, que puede suponer multas de hasta 500 euros.

7. Cómo recuperar los puntos perdidos

En la nueva ley se unifica en un plazo de dos años el tiempo que deberá pasar sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de doce puntos, siempre que no se haya perdido todo el saldo.

Existe la posibilidad de recuperar dos puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura certificados por la DGT. Dichos cursos solo podrán realizarse con una frecuencia máxima de un curso cada dos años y siempre que se cumplan los requisitos establecidos como que se tenga un saldo positivo.

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