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El fiscal del caso de las mascarillas ve "irrelevante" el testimonio del primo de Almeida y se opone a su imputación

  • Niega que haya indicios de que Carlos Martínez-Almeida pueda haber cometido un delito de tráfico de influencias
  • Pide citar como testigo a Elena Collado, la responsable del Ayuntamiento en la firma de los contratos

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Juzgados de Plaza de Castilla, en Madrid
Juzgados de Plaza de Castilla, en Madrid

La Fiscalía se ha opuesto a que el juez cite como imputados en el caso de las mascarillas de Madrid, José Luis Martínez-Almeida; y a Elena Collado, la coordinadora general de Presupuestos y Recursos Humanos del Ayuntamiento que cerró los contratos investigados.

El magistrado Adolfo Carretero, que investiga una supuesta estafa al Ayuntamiento madrileño en la compraventa de material sanitario en la primera ola de la pandemia, preguntó a las partes en qué calidad debían declarar ambos. A diferencia de algunas acusaciones populares, el fiscal Anticorrupción Luis Rodríguez Sol ha pedido al juez por un lado que cite a Elena Collado como testigo y, por otro, considera "irrelevante" la declaración solicitada de Carlos Martínez-Almeida dado que los delitos que se investigan ocurrieron tras su intervención en los hechos.

El supuesto papel del primo del alcalde fue relatado por el empresario Luis Medina, hijo del duque de Feria y Naty Abascal y uno de los dos únicos investigados en el caso, que declaró que obtuvo su contacto gracias a una directora de su antigua universidad -citada el lunes-, a quien se lo pidió cuando supo que el segundo imputado, Alberto Luceño, podría traer material sanitario de China, en marzo de 2020.

El fiscal dice que el primo de Almeida "se limitó a facilitar los datos de contacto de la persona que gestionaba en el Ayuntamiento la compra de material sanitario", y considera que no hay ningún indicio de que pueda haber cometido un delito de tráfico de influencias.

Collado "no tuvo intención de causar un quebranto al erario público"

En el caso de Collado, cree que es "evidente que no tuvo en ningún momento intención de causar un quebranto al erario público" y advierte de que si se la imputase "habría que llamar en calidad de investigados a todos los miembros del consejo de administración de la empresa pública" que suscribió los contratos (la Empresa Municipal de Servicios Funerarios).

Los hechos, dice Rodríguez Sol, podrían en todo caso revelar una conducta negligente de la alto cargo, insuficiente para imputarle un delito de malversación, y recuerda que Collado no tenía facultades para administrar dinero público.

Tampoco ve indicios de que actuase como cómplice o cooperadora necesaria de la estafa porque ella era, precisamente, "la persona principal y directamente engañada" por los empresarios Luis Medina y Alberto Luceño, los dos únicos investigados.

Este no es el único informe emitido esta semana por la Fiscalía, quien también ha solicitado al juez una serie de diligencias de investigación, como la incorporación al procedimiento del informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas de los contratos tramitados de emergencia por los Ayuntamientos de más de 300.000 habitantes para atender la pandemia de COVID-19.

Pide asimismo que se solicite a la Cámara de Comercio Internacional que informe sobre las consecuencias de usar su logotipo en la redacción de contratos, e informa de que ha recibido una comunicación del Servicio de Prevención de Blanqueo de Capitales (Sepblac) sobre una sociedad de Luis Medina.

Pide una "averiguación patrimonial integral" de Luceño y su empresa

En relación al otro investigado, Alberto Luceño, el juez Carretero ha dictado este viernes una providencia en la que acuerda realizar una "averiguación patrimonial integral" de él y de su empresa Takamaka Invest tras alegar este que carecía de dinero suficiente para abonar la fianza de cuatro millones de euros que le impuso.

A diferencia de Medina, Luceño no está siendo investigado por un delito de alzamiento de bienes, ya que el juez rechazó la petición efectuada por Unidas Podemos, que ha recurrido parcialmente esta decisión, pero solo para solicitar que se le impute a él y a su empresa por delito fiscal.