Inversión mínima del 1% del PIB y reducción de la precariedad: así será la nueva ley de universidades
Los contratos laborales no podrán superar el 20% y se modifican las figuras del profesor asociado y visitante
Se amplían los derechos para los estudiantes, entre ellos el derecho a paro estudiantil
El ministro de Universidades, Joan Subirats, ha presentado este lunes el anteproyecto de Ley Orgánica del Sistema Universitarioque incluye medidas como blindar la inversión en universidades a un mínimo del 1% del PIB, reducir la temporalidad a un 20%, la creación de 'microformaciones' y la dotación de más derechos para el alumnado como el de paro estudiantil. El texto será llevado al Consejo de Ministros "en las próximas semanas", ha añadido.
Según ha recalcado el ministro, se trata de "una ley que quiere que las universidades estén más conectadas con la sociedad, que quiere internacionalizar el sistema", pero también se trata de una norma con un "enfoque firme de derechos" que, además, "revaloriza la función docente", "reduce la precariedad" del personal docente e investigador (PDI) y dota a las universidades de más financiación.
"Es una ley que es urgente, necesitamos tener un nuevo marco normativo para afrontar los retos que tiene la Universidad, que ofrece las herramientas para afrontar este cambio de época", ha añadido Subirats. "Una ley que aborde los problemas de hoy y prepare a la Universidad para el futuro".
En rueda de prensa, el ministro y el secretario general de Universidades, José Manuel Pingarrón, han destacado las líneas principales del borrador del anteproyecto, que han dado a conocer este lunes a los medios.
Reducir la temporalidad al 20% y rejuvenecer plantillas
La LOSU, según han afirmado ambos, pretende acabar con la precariedad laboral, estabilizar el sistema y rejuvenecer las plantillas, ya que la edad media de los Doctores es de 40 años y la de estabilización es de entre 45 y 46 años. El texto establece también los funcionarios deberán pasar del actual 51 % al 55 %.
Para ello, se recoge que el profesorado con contrato laboral temporal no podrá superar el 20% (actualmente está en el 40%) en efectivos de la plantilla de personal docente e investigador (PDI). También se modifica la figura del profesor asociado, que ahora tendrá limitada la docencia a 120 horas, así como de la figura de profesor visitante, que se limitará la duración de su contrato a dos años. Asimismo, se crea una nueva figura de sustituto, que sustituirá al PDI con derecho a reserva de puesto de trabajo.
Además, la Ley, según ha indicado Pingarrón, diseña una carrera académica más estable y más corta. Según ha señalado, la idea es que en 10 años una persona que accede a profesor universitario se estabilice en el sistema: el candidato entra a la Universidad con contrato predoctoral de 4 años para hacer la tesis, y una vez acabada la tesis, podrá acceder a una de las plazas de contratado postdoctoral mediante un contrato de 6 años. Si al cabo de esos 10 años, el docente tiene acreditación para cualquier figura permanente, entonces pasarán a formar parte del sistema.
Derecho a paro estudiantil y más participación del alumnado
La Ley también recoge otros cambios. Así, recogerá una mejora de la financiación pública, con el fin de llegar al 1% del PIB, ya que, tal y como ha lamentado Subirats, en los últimos años la financiación ha bajado un 20% y la Universidad no ha recuperado el nivel de inversión que tenía en 2009.
La nueva ley recoge asimismo el derecho al paro académico y la participación del alumnado en los órganos de gobierno de la universidad, como el claustro o los consejos de facultad o departamento, alcanzará en la LOSU un mínimo del 25%.
Respecto al derecho al paro, las universidades desarrollarán las condiciones para el ejercicio de dicho derecho y el procedimiento de declaración del paro académico, que será efectuada por el órgano de representación del estudiantado. Según ha explicado Subirats, no se podrá ejercer este derecho en fechas señaladas para la evaluación. el estudiante no se arriesga a ser penalizado por no asistir a clase o a un examen por ese motivo.
Estas medidas se enmarcan dentro de un "despliegue significativo de derechos de los estudiantes", entre los que se encuentran: conocer los planes docentes de las asignaturas en las que prevea matricularse y ser informado de la lengua de impartición de cada materia; ser informado con la debida antelación de las modalidades, presencial, virtual o híbrida, de la docencia y la evaluación; y acceso prioritario a los cursos de actualización de estudios y formación a lo largo de la vida que su universidad de origen realice.
También podrán gestionar servicios estudiantiles a través de las fórmulas que se vayan desarrollando y tendrán derecho a recibir atención psicológica y emocional.
Microcredenciales y microgrados
El borrador establece también que las universidades, además de impartir enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales, podrán impartir enseñanzas conducentes a la obtención de títulos propios, "incluidos los de formación a lo largo de la vida".
En este sentido, la LOSU recoge que "la formación a lo largo de la vida podrá desarrollarse mediante distintas modalidades de enseñanza, incluidas microcredenciales, microgrados u otros programas de corta duración". El texto no añade más al respecto, si bien Subirats ha precisado que estas microformaciones servirán para la actualización de contenidos.
Según ha explicado el ministro, estas microcredenciales están pensadas como "títulos propios, no oficiales", que pueden tener duraciones variadas, "entre 4 y 40 créditos ECTS" y también podrán pedir en los requisitos que se piden para cursarlas, de modo que en algunas no hará falta que una persona tenga un título específico previo. "Lo que es nuevo es la incorporación de esta perspectiva", ha dicho.
Cambios en la elección al rector
La futura norma vuelve a modificar el procedimiento para ser elegido rector y los candidatos deberán ser funcionarios Doctores de los cuerpos docentes universitarios, pero serán los Estatutos de cada universidad los que determinen qué requisitos deberán reunir para presentarse (méritos de investigación, docencia y experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal).
Además, el rector, cuyo mandato será de 6 años improrrogables y no renovables, será elegido mediante elección directa por sufragio universal ponderado por todos los miembros de la comunidad universitaria y también serán las propias universidades las que fijarán el procedimiento para su elección y establecerán los porcentajes y procedimiento de ponderación de cada sector. En todo caso, tendrán que asegurar que la representatividad del PDI permanente no sea inferior al 51%.