Enlaces accesibilidad

Archivada la investigación por la muerte de un adolescente internado en un centro de menores de Valladolid

  • Falleció el pasado 4 de marzo tras enfrentarse con el personal educativo y ser reducido por dos guardias de seguridad
  • La juez estima que la muerte se produjo durante la contención del menor "pero no como causa de la misma"

Por
Imagen de archivo del Centro Regional de Menores Zambrana de la Junta de Castilla y León, fechada en 2010.
Imagen de archivo del Centro Regional de Menores Zambrana de la Junta de Castilla y León, fechada en 2010.

El Juzgado de Instrucción número 5 de Valladolid ha archivado la investigación por la muerte de un adolescente internado en el Centro Regional Zambrana para Menores Infractores de Valladolid que fue reducido por la seguridad del centro durante un episodio de conducta violenta, según informa el TSJ.

El menor murió el pasado 4 de marzo tras enfrentarse con el personal educativo y ser reducido por dos guardias de seguridad, por lo que la Policía Nacional, la Fiscalía y el juzgado que determinó su ingreso en el recinto abrieron una investigación para aclarar las circunstancias de este suceso.

Según la resolución del juzgado, facilitada desde el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, se acuerda el "sobreseimiento provisional" al "no resultar debidamente acreditada la infracción penal denunciada", la citada negligencia, con los dos investigados, los guardias de seguridad que inmovilizaron al menor.

Estima que la muerte no se produjo "como causa" de la contención

La juez estima que la muerte se produjo durante la contención del menor "pero no como causa de la misma", una situación, añade, "que ni era previsible, ni era evitable" por lo que concluye que se trató de una muerte natural, "aunque en el informe forense se hable de muerte violenta como consecuencia de la ira desplegada por el menor en el momento de la reducción".

El juzgado sostiene que para valorar si los investigados actuaron de forma negligente, "provocando con sus maniobras de contención la muerte del menor, ya que se descarta la muerte dolosa, es fundamental el informe de autopsia que realizaron los Médicos Forenses, los informes del INT, así como las aclaraciones formuladas en la audiencia celebrada el día 13 de junio de 2022".

"La clave para ver si los investigados pudieron actuar de forma negligente radica en determinar si el menor presentaba signos de asfixia", y "el informe forense es tajante en este sentido, los hallazgos de la autopsia descartan esta hipótesis", ya que no había signos traumáticos de una oclusión externa de los orificios respiratorios, ni de que se hubiera producido una compresión del cuello, o de una asfixia por compresión torácica, recoge la resolución del Juzgado. "Hay que tener igualmente presente que el menor no presentaba lesiones que permitan concluir que se empleó una fuerza inusitada o desmedida en la reducción, la falta de lesiones en este sentido, lo confirma, las lesiones de la mano derecha no se produjeron en ese momento, sino mucho antes en una pelea en la que se vio implicado el menor", añade el auto.

En ese sentido, el Juzgado incide en que "la causa fundamental de la muerte se produjo por un 'delirio agitado' durante la contención mecánica, ya que el menor sufrió un ataque de ira, a la que era propenso, y la contención le impidió liberar la ira o agitación, con liberación de adrenalina que le provocó una parada cardiaca, de tal forma que la muerte se produjo durante la contención, pero no como causa de la misma, situación que ni era previsible, ni era evitable".

Tampoco aprecia la juez "incumplimiento alguno" en el artículo 27 de la ley del Menor, relativo al informe del equipo técnico, ya que a su juicio "es evidente que cuando el menor intentó agredir al educador, rodeando el mostrador, ya no era posible utilizar el diálogo o la desescalada, porque el menor había pasado a la acción con un comportamiento violento, intentando primero, agredir al educador a través del mostrador que les separaba, sin conseguirlo, y después acceder a donde se encontraba para culminar su agresión".

En el fallo se explica, asimismo, que el menor se encontraba ingresado desde el 25 de enero de 2022 en el Centro Zambrana debido a conductas disruptivas, amenazas a sus compañeros y personal educativo y por incitar a fugas, por lo que el Juzgado de 1ª Instancia número 10 de Valladolid ratificó la medida de ingreso de carácter educativo del menor en el Área de Socialización del citado centro por tiempo de tres meses.