Claves sobre el nuevo sistema de cotización de autónomos: ¿cuándo empieza y cuáles son los tramos?
- Entrará en vigor en enero de 2023 y establece una cuota mínima de 230 euros para los trabajadores con menores ingresos
- Cuenta con 15 tramos y los trabajadores podrán cambiarse cada dos meses de uno a otro, con un máximo de seis veces al año
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el nuevo sistema de cotización de autónomos. Reforma así el actual Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y, por primera vez, los trabajadores por cuenta propia rendirán cuentas en función de sus rendimientos netos mensuales, es decir, la diferencia entre sus ingresos y sus gastos.
Así, tras más de un año de negociaciones, el Gobierno, sindicatos, principales organizaciones de autónomos y la CEOE han pactado un nuevo modelo para intentar dar una mayor protección a estos trabajadores, sobre todo a los que tienen menores ingresos, y establecer un sistema con cuotas más flexible.
¿Cuándo empieza a aplicarse? ¿Cuáles serán los tramos? ¿Qué novedades tiene con respecto al sistema actual? Estas son algunas dudas que ahora tienen los autónomos.
¿Cuándo entra en vigor?
El esquema aprobado este martes empezará a aplicarse en enero de 2023 y se mantendrá, tal y como está ahora planteado, hasta 2025.
¿Será siempre el mismo?
El actual sistema de tramos se ha propuesto para el periodo de 2023 a 2025. Al llegar esa fecha se someterá a revisión y se podrán aplicar cambios en función de la situación económica del momento. Estas revisiones se harán cada tres años hasta 2032.
Se debe a que es un sistema complejo que se aplicará de forma progresiva para ir evaluando su efecto, tal y como ha indicado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España, José Escrivá.
¿En qué consiste la reforma?
Actualmente, los autónomos eligen la cotización a la Seguridad Social, no como los trabajadores asalariados, que lo hacen mediante un porcentaje de su sueldo. Con este nuevo sistema, los autónomos declararán en función de sus rendimientos netos, la diferencia entre ingresos y costes y, por tanto, sus ingresos reales.
¿Cuáles son los tramos y las cuotas?
El sistema está dividido en 15 tramos con diferentes cuotas que irán variando a lo largo de los nueve años de aplicación. De momento, el esquema articulado es de 2023 a 2025 y para su primer año establece cuotas de 230 a 500 euros para los autónomos en función de sus rendimientos netos.
Además, fija una cuota mínima de 230 euros al mes en 2023, 64 euros menos que la mínima actual de 294 euros. Esto supondrá cierto ahorro, sobre todo, para los autónomos que ganen hasta 670 euros mensuales. En su caso, como se aprecia en la siguiente tabla, el pago irá reduciéndose hasta llegar a 200 euros en 2025, es decir, una bajada de casi 100 euros con respecto a la cuota actual.
Así quedan los tramos y las cotizaciones, según datos ofrecidos por el Ministerio sobre el acuerdo para la reforma del RETA.
De esta forma, los trabajadores por cuenta propia que ganen hasta 1.300 euros mensuales, notarán una bajada el próximo año con respecto al pago actual, y los que ingresen entre 1.300 y 1.700 se mantendrán en la misma situación, pagando 294 euros hasta 2025.
Por otro lado, los incrementos de las cuotas serán mayores para quienes más ganen. Así, una persona que ingrese entre 4.050 y 6.000 euros pagará 420 euros en 2023, una cantidad que subirá a 445 euros en 2024 y a 530 en 2025. En total, un aumento de 110 euros.
¿Se puede cambiar de tramo?
Sí. A partir de 2023, los trabajadores por cuenta propia se tendrán que situar en un tramo según sus previsiones y en función del histórico de su actividad. No obstante, en función de posibles contingencias o del desarrollo profesional, pueden cambiar de tramo cada dos meses, con un máximo de seis veces cada año. Esto, según el ministro Escrivá, “va a dar mucha facilidad a los autónomos de moverse de un lado a otro”.
Tal y como enfatizó Escrivá en la presentación del proyecto, se ha reforzado el cruce de datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones con los de la Agencia Tributaria.
Así, a pesar de haber cambiado varias veces de tramo, cuando la Agencia Tributaria cierre sus datos del año, se ajustará la cotización a la Seguridad Social según los rendimientos netos reales. Si se ha pagado menos de lo que se debería, se deberá abonar el resto, y si se abona una cuantía inferior, la Administración le devolverá la parte correspondiente.
¿Qué ocurre con las deducciones de gastos?
La deducción de gastos de difícil justificación es un aspecto que ha intentado simplificarse. Será una cuantía fija del 7% para los autónomos, y del 3% para los autónomos societarios. La Seguridad Social pone como ejemplos el alquiler del local, la compra de suministros o de ordenadores.
¿Habrá cuota reducida para los nuevos autónomos?
Sí, se mantiene una cuota reducida de 80 euros mensuales durante 12 meses para los trabajadores que comiencen a ser autónomos. Podrá prolongarse 12 meses más si sus rendimientos del primer año están por debajo del SMI. Para el resto, se aplicará la cuota correspondiente a su tramo de cotización según sus rendimientos netos.
Prestación por paro parcial
El nuevo sistema incluye el reconocimiento de una nueva prestación por cese de actividad parcial. Será del 50% de la base reguladora, compatible con otra actividad, y podrá cobrarse en un periodo de cuatro meses hasta dos años.
Al contrario que el plan actual, para beneficiarse de esta ayuda no será necesario cerrar el negocio, rescindir contratos ni darse de baja del RETA.
Esto se aplicará a autónomos con una reducción del 75% del nivel de ingresos o ventas durante dos trimestres; o que hayan reducido la jornada o suspendido los contratos del 60% de su plantilla, en el caso de tenerla a cargo. También aquellos con ingresos menores al SMI.
También se refiere a autónomos que hayan tenido deudas con acreedores no públicos durante dos trimestres y que supongan una reducción del 75% de su nivel de ingresos.
Ya no habrá tope de cotización para trabajadores mayores de 47 años
Con el nuevo modelo, queda fuera el actual límite de cotización de los trabajadores de 47 años, que establece que no pueden elevar sus cotizaciones al final de su vida laboral. Así, los autónomos de 48 años en adelante tendrán que aportar sus rendimientos netos, independientemente de su edad, y como el resto de trabajadores.
¿Qué ocurrirá con las medidas adoptadas durante la pandemia?
Tal y como ha indicado este martes el ministro Escrivá, se busca hacer permanentes los mecanismos que se tomaron a raíz de la pandemia y la erupción del volcán Cumbre Vieja para que, si se vuelven a repetir situaciones similares, "los autónomos puedan tener una cierta prestación”.
Así, si el Consejo de Ministros activa el mecanismo Red cíclico ante una situación económica desfavorable, podrán acogerse a esta prestación los autónomos que reflejen una caída de los ingresos del 75%, que no superen al SMI y que afecte al 75% de la plantilla. Esta prestación aporta el 50% de la base reguladora hasta un año, no consume cese de actividad y cuenta con un pago del 50% de la cotización.
Si se activa el mecanismo Red sectorial, se deberá demostrar una pérdida del 50% de ingresos (con trabajadores) o del 75% (sin trabajadores); ingresos no superiores al SMI; que el 75% de la plantilla esté afectada; y debe contarse con un proyecto de recualificación. En este caso, se recibirá un pago único del 70% de la base reguladora y del 50% de la cotización.