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España será el primer país de la Unión Europea con un sistema de videovigilancia obligatorio en los mataderos

  • El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto para garantizar el bienestar animal mediante la grabación de imágenes
  • El ministro Garzón destaca que también mejorará las garantías de seguridad alimentaria para los consumidores

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España será el primer país de la Unión Europea con un sistema de videovigilancia obligatorio en los mataderos
La norma permitirá establecer herramientas adicionales para evitar el sufrimiento en la descarga y el traslado de animales.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto con el que España será el primer país de la UE con sistemas de videovigilancia obligatorios en los mataderos. La norma pretende garantizar el cumplimiento de la legislación en materia de bienestar animal mediante la grabación de imágenes en la descarga y el trato animal, además de controles adicionales a los que ya se efectúan en los mataderos.

El ministro de Consumo, Alberto Garzón, destaca que protegerá el bienestar animal y mejorará las garantías de seguridad alimentaria para los consumidores. “Se trata de una norma que sitúa a España a la cabeza de Europa en esta materia y que, además de garantizar el bienestar de los animales durante su permanencia en los mataderos, mejora también las garantías de seguridad alimentaria para los consumidores”, ha valorazo el ministro.

La normativa ha sido acordado con el sector, tal y como ha indicado la ministra de Política Territorial y portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez. Con ella, se podrán establecer herramientas adicionales de control que garanticen que, en todos los mataderos españoles (incluidos los móviles), se minimice el sufrimiento animal, por ejemplo, durante la descarga, el traslado, la estabulación o el aturdimiento de los animales.

Grabación de imágenes para su posterior comprobación

Las cámaras de videovigilancia deberán abarcar las instalaciones en las que se encuentren animales vivos, incluyendo las zonas de descarga, los pasillos de conducción y las zonas donde se proceda a las actividades de aturdimiento y sangrado hasta la muerte de los animales.

Los sistemas de videovigilancia no serán obligatorios en las zonas de espera donde se encuentran los medios de transporte con animales vivos antes del inicio de la descarga, pero las empresas sí deberán llevar un control del tiempo de permanencia de los animales en los vehículos.

En el caso de aves y porcinos, la instalación de las cámaras deberá permitir la grabación del escaldado para poder comprobar que no se someten a esta operación animales que aún presenten signos de vida. En este proceso, el animal se pasa a una escaldadora, donde se le sumerge totalmente en agua caliente. Tiene como objetivo ablandar la piel para facilitar el depilado del animal, tal y como explica el Observatorio Dehesa Montado de la Junta de Extremadura.

Los responsables de los mataderos deberán guardar las imágenes relativas a la descarga, alojamiento en los corrales, conducción a la zona de aturdimiento, la sujeción, el aturdimiento y el sangrado hasta la muerte para posibles comprobaciones a posteriori por parte de los correspondientes servicios de control oficial de las Comunidades Autónomas. También tendrán que asegurar la reproducción, la copia o la transmisión de las mismas a otros dispositivos con igual calidad que la grabación original.

Tras la publicación del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los grandes mataderos tendrán un plazo de un año para adaptarse a la nueva normativa y los pequeños, dos.