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La juez ordena archivar la causa del 'pistolero de Tarragona' tras su muerte por eutanasia

  • Las partes tienen tres días para recurrir el auto donde queda extinguida la responsabilidad penal de Marin Eugen Sabau
  • El "pistolero de Tarragona" estaba acusado de cuatro intentos de homicidio, atentado a la autoridad y tenencia ilícita de armas

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Una jueza utiliza el martillo en un juzgado.
La titular del juzgado de instrucción número 5 de Tarragona ha ordenado archivar la causa.

La titular del juzgado de instrucción número 5 de Tarragona ha ordenado archivar la causa del llamado 'pistolero de Tarragona' al haber quedado sin efecto por su muerte, consecuencia de haber recibido la eutanasia este pasado martes.

Las partes tienen tres días para recurrir el auto de la juez en que ordena archivar la causa por haber quedado extinguida la responsabilidad penal de Marin Eugen Sabau.

La muerte por eutanasia del 'pistolero de Tarragona' abre un debate jurídico

El exvigilante de seguridad disparó contra tres de sus compañeros en las oficinas de la empresa en el centro de Tarragona el pasado 14 de diciembre y, posteriormente, huyó en coche e hirió de bala a un agente de los Mossos d'Esquadra en un control policial.

Sabau fue neutralizado por el Grupo especial de intervención (GEI) de los Mossos d'Esquadra en una masía de Riudoms (Tarragona) tras un tiroteo en el que resultó herido grave.

Este pasado martes recibió la eutanasia tras haberlo pedido y su muerte extingue así la responsabilidad penal de cuatro intentos de homicidio, atentado a la autoridad y tenencia ilícita de armas.

Recurso civil y administrativo de las víctimas

No obstante, tal como señala la juez, "la vía civil persiste" para las víctimas, aunque Sabau ya se declaró insolvente y solo les quedaría la vía de demandar a la empresa de seguridad.

El agente de los Mossos herido recurrirá a la vía administrativa, según anunció el abogado José Antonio Bitos, que representa al mosso herido de bala en nombre del sindicato USPAC.

El letrado invoca una sentencia del Supremo del 2020 conforme cualquier policía herido acto de servicio y que no pueda ser indemnizado por defunción del acusado, deberá serlo por la administración, en este caso, la Generalitat de Cataluña