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El juez eleva a la Audiencia de Madrid el juicio a Rato por presunto blanqueo, delitos fiscales y corrupción

  • Rato presuntamente habría mantenido desde 1999 un patrimonio oculto a través de sociedades en el extranjero
  • La Fiscalía asegura haber identificado incrementos patrimoniales no justificados por un importe total de 15,6 millones de euros

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El exvicepresidente del Gobierno el Rodrigo Rato
El exvicepresidente del Gobierno el Rodrigo Rato

Un juzgado de instrucción de Madrid ha acordado remitir a la Audiencia Provincial las actuaciones sobre el origen de la fortuna del exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato para su enjuiciamiento, tras siete años de instrucción de un procedimiento en el que se han acumulado más de 70.000 documentos.

En una nota, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) destaca que, por esta causa, se sentarán en el banquillo 17 investigados por los delitos de blanqueo de capitales, corrupción entre particulares y delito fiscal.

No obstante, el tribunal continúa con la tramitación de las correspondientes piezas de responsabilidad civil pendientes de la averiguación de bienes de los investigados que aún no han satisfecho las cantidades que les reclama el órgano judicial, añade la nota.

Acusado de mantener un patrimonio oculto en el extranjero

En 2021, la Audiencia Provincial de Madrid confirmó la apertura de juicio oral contra Rato y otras 16 personas, físicas y jurídicas, por delitos fiscales, blanqueo de capitales y corrupción, tras desestimar el recurso de la Fiscalía que quería incluir insolvencia punible y falsedad.

La investigación de Anticorrupción considera que Rato habría mantenido desde 1999 un patrimonio oculto a la Hacienda Pública a través de diversas sociedades con las que habría realizado continuas actividades de inversión financiera mediante cuentas bancarias en Bahamas, Suiza, Mónaco, Luxemburgo y Reino Unido, entre otros lugares.

La Fiscalía asegura haber identificado incrementos patrimoniales no justificados por un importe total de 15,6 millones de euros, además de rendimientos de capital mobiliario en el exterior tampoco declarados a Hacienda, y 7,4 millones de euros defraudados a la Agencia Tributaria.

A esta última cifra habría que añadir la tributación de servicios profesionales a través de sus sociedades, con lo que las cuotas defraudadas ascenderían a 8,5 millones de euros.

También ve "indicios racionales" de que el exministro, siendo presidente de Bankia, cobró indebidamente comisiones por los contratos de publicidad de la entidad con Publicis y Zenith, relativos a la fusión y salida a bolsa, que se habrían derivado a diversas sociedades logrando "difuminar el origen del dinero".

La Fiscalía Anticorrupción pidió inicialmente 70 años de cárcel para el exministro. Le acusa de once delitos contra la Hacienda Pública, pide penas de entre cuatro y seis años de cárcel por cada uno; uno de blanqueo de capitales, por el que reclama seis años; de corrupción en los negocios, con otros cuatro años; otro de insolvencia punible, por el que pide cuatro años; y de un delito de falsedad documental, con tres años, aunque finalmente no será juzgado por estos dos últimos delitos.

Rato defiende su inocencia

El exvicepresidente siempre ha defendido su inocencia y ha arremetido contra la Fiscalía por creer las conclusiones "disparatadas" que hace la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en sus informes, a quien ha acusado de hacer una investigación "prospectiva".

Y así lo manifestó también Rato cuando compareció ante el juez instructor el 30 de julio de 2018. Entonces, negó haber blanqueado y afirmó ante los medios de comunicación que todo su dinero es legal y "está perfectamente justificado y explicado" gracias a los informes periciales que ha presentado su defensa a lo largo de toda la instrucción.

El exministro presentó el pasado octubre de 2021 su escrito de defensa, y en él alegaba que no había podido tener acceso a documentación de la causa. Por eso, demandaba que se le diera acceso a esa parte porque lo consideraba relevante. Asimismo, alegaba indefensión y nulas garantías, ya que el instructor no había resuelto recursos que, a su juicio, eran importantes y que podrían retrasar la apertura de juicio oral