El Constitucional admite a trámite el recurso de Ayuso contra el decreto de ahorro energético
- La Comunidad de Madrid denuncia la "abusiva e indebida" utilización del decreto ley por parte del Gobierno de Pedro Sánchez
- Aelga que el Gobierno central "invade competencias sin justificación", especialmente en materia de Sanidad y Comercio
El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite este martes el recurso que presentó el Gobierno de la Comunidad de Madrid contra el decreto de ahorro energético del Ejecutivo de Pedro Sánchez que, entre otras cosas, limita la temperatura de la calefacción y la refrigeración a 19 y 27 grados, respectivamente.
Con ponencia del magistrado Ramón Sáez, el TC ha decidido admitir el recurso contra el Real Decreto-ley 14/2022 de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.
La presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, anunció en septiembre que acudiría al Constitucional al considerar que Sánchez presentó el decreto "de forma arbitraria" y "autoritaria" y "contra los comercios y demás establecimientos públicos en un momento muy difícil para todos ellos".
La Comunidad denuncia la "abusiva e indebida" utilización del decreto ley
La Comunidad de Madrid denuncia, en primer lugar, la "abusiva e indebida" utilización del decreto ley por parte del Gobierno de Pedro Sánchez, ya que el preámbulo no "motiva de forma suficiente la extraordinaria y urgente necesidad" de las medidas adoptadas.
También considera que la limitación de temperaturas se extralimita "de las bases estatales", ya que el Gobierno autonómico ostenta la "competencia exclusiva en materia de ordenación y planificación de la actividad económica regional".
En cuanto a la implantación del sistema de cierre de puertas amparada en la competencia estatal en materia energética, asegura que "entra en colisión directa" con la competencia autonómica en materia de sanidad e higiene, y añade que la protección a la salud ha sido antepuesta por el Tribunal Constitucional "a cualquier otro derecho a libertad".
El apagado de alumbrado de escaparates y edificios públicos es otro de los motivos del Ejecutivo de Ayuso para recurrir el decreto, ya que a su juicio también invade sus competencias en materia de comercio interior, promoción turística y vigilancia y protección de edificios.
Argumenta que la obligación de apagar los escaparates se extiende "indiscriminadamente", lo que supone un "perjuicio evidente" para los establecimientos que hayan decidido mantener su actividad más allá de las diez de la noche, lo que está permitido según la normativa madrileña.
La Comunidad de Madrid ve una "extralimitación de las bases estatales" en el adelanto puntual de las inspecciones de eficiencia energética, ya que aunque la obligación de hacer inspecciones periódicas de las instalaciones térmicas tenga carácter básico, la periodicidad no participa en dicha naturaleza.
Así, afirma que el adelanto de las inspecciones de eficiencia energética invade la competencia autonómica sobre la materia y contraviene el régimen establecido en el artículo 31 del reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE).
Otras admisiones a trámite
Igualmente, el órgano de garantías ha declarado admisible en el pleno el recurso de los diputados de Unidas Podemos contra la ley 5/2022 por la que se modifica la normativa de ordenación y coordinación de los transportes urbanos de la Comunidad de Madrid.
Y lo mismo ha hecho con la cuestión de inconstitucionalidad que la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo planteó sobre la ley de regulación del juego.