Cómo funcionan las apps de control parental para supervisar el móvil de tu hijo
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Existen aplicaciones de control parental para supervisar lo que hacen los menores de edad con sus dispositivos digitales. En VerificaRTVE te explicamos cómo funcionan, cuál es la base legal que las regula y qué recomendaciones seguir para utilizarlas como herramienta complementaria a la enseñanza en materia digital.
Cómo funcionan las aplicaciones de control parental
El Instituto Nacional de Ciberseguridad de España (INCIBE) cuenta con un área sobre menores y mediación parental, Internet Segura for Kids (IS4K). En esta web encontrarás “recursos y contenidos para trabajar en familia la protección en línea” de los niños. El INCIBE explica que las aplicaciones de control parental tienen distintos tipos de funciones, como filtrado de páginas web, bloqueo de aplicaciones, límite de tiempos de uso del dispositivo o de Internet, además de alertas y notificaciones.
Carlos Puente, técnico de Ciberseguridad para Menores de INCIBE, cuenta a VerificaRTVE que “hay aplicaciones que tienen funciones para supervisar el historial de navegación o el historial de vídeo, por ejemplo”. Así podemos saber las páginas que ha visitado o los vídeos que ha visto. Otras apps, según nos cuenta este especialista del INCIBE, “te permiten leer mensajes, leer otro tipo de comunicaciones vía redes sociales o herramientas de mensajería instantánea”.
Para restringir el acceso a Internet de los menores, por lo general, las propias aplicaciones y dispositivos tienen un ajuste de “control parental”. Por ejemplo, los servicios de streaming como Disney+, Netflix o Prime Video, entre otros, ofrecen la opción de crear perfiles infantiles con restricción en los contenidos. Para supervisar la actividad de los menores en sus dispositivos, es necesario descargar aplicaciones de monitorización. Por ejemplo, Control Parental Kroha o Microsoft Family Safety ambas disponibles en Android e iOS.
¿Es legal supervisar los dispositivos de los menores?
Pablo Maza, especialista en Propiedad Intelectual y delitos informáticos, aclara a VerificaRTVE que “sí” que “es legal” supervisar los dispositivos de los menores de edad porque “el tutor o padre decide sobre la privacidad de sus hijos por la obligación de velar por él”. Sin embargo, recuerda que tienen Derecho a la Intimidad según el artículo 18 de la Constitución. Este derecho fundamental del menor está protegido expresamente además por el artículo cuarto de la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor. Maza advierte de que “los padres no pueden acceder con carácter general e indiscriminado al contenido de los móviles de sus hijos para leer sus conversaciones privadas”. En este sentido, Ana M. Valero, abogada experta en ciberdelincuencia de Gómez Rodríguez Abogados, también nos explica que “el acceso inconsentido de los padres tanto a cuentas personales de redes sociales y de plataformas personales de sus hijos o a sus dispositivos sí que puede ser considerado como una intromisión ilegítima en sus derechos”. Borja Adsuara, profesor de Derecho Digital de la Universidad Villanueva, destaca en una entrevista a TVE que instalar aplicaciones de vigilancia sin consentimiento “es una intromisión ilegítima en la intimidad del menor”. Además, este “podría demandar civilmente a sus padres, y pedirles incluso una indemnización por una intromisión ilegal en su intimidad”.
No obstante, Valero matiza que “los padres o tutores tienen la obligación legal de velar por un uso responsable de las tecnologías por parte de los menores”. Por lo que, en caso de que el menor sea “víctima o autor de un ciberdelito”, tendrían la responsabilidad de acceder a los datos del menor. Pablo Maza añade en esta misma línea que hay que “tener en cuenta que los menores están sometidos a la patria potestad o responsabilidad parental de sus progenitores”. "El Tribunal Supremo ha establecido que el padre y la madre titulares de la patria potestad están obligados a actuar y, en consecuencia, deben revisar las comunicaciones de los menores si se evidencian o sospechan de comportamientos irregulares”, explica este abogado. "Se configura, pues, como un deber de vigilancia y una facultad de control derivada del ejercicio de la responsabilidad parental en beneficio del hijo”, apostilla.
Sobre la legalidad de estas aplicaciones para supervisar móviles, Pablo Maza explica que “es legal que una herramienta dé un resultado o permita una función concreta, siempre que se utilice con fines legítimos”. En este caso, sería ilegal instalar este tipo de app "en el móvil de otra persona sin su conocimiento y consentimiento, y que a la vez también se utilice de forma ilícita y vulnere el derecho a la intimidad personal”. Ana Valero también considera que “no hay nada ilícito” y que “sí que son legales”. Según explica, “lo que sí que puede ser ilegal es el uso de los particulares que puedan hacer de las mismas”. Por ello, recomienda “informar al menor de que va a ser monitorizado”, ya que al ocultarlo “sí que estaría produciendo una injerencia ilícita en sus derechos”. Por otro lado, Narseo Vallina, profesor de investigación del Instituto IMDEA Networks, advierte en una entrevista a TVE sobre la escasez de seguridad y protección de los datos en estas aplicaciones: “no es únicamente el desarrollador el que está accediendo a esos datos, sino que hay un ecosistema muy amplio de terceros que también los están utilizando y accediendo a ellos sin consentimiento ni conocimiento del usuario”.
Consejos sobre mediación parental en el uso de Internet
Carlos Puente opina sobre este tipo de apps: “no es quizás lo más recomendable, desde INCIBE siempre hemos abogado por un uso responsable de este tipo de herramientas, como un complemento, pero no como la base de nuestra labor de mediación parental”. A su juicio, “lo más importante es el diálogo” y “lo fundamental tiene que ser una implicación familiar en el uso de la tecnología por parte de los menores”. INCIBE defiende en su web que las herramientas de control parental son “útiles para vigilar y controlar la actividad de nuestros menores en Internet”, pero deben usarse “como medidas de seguridad complementarias”, no como una herramienta que reemplaza “las labores de formación y concienciación” sobre ciberseguridad “fundamentales para educarles, guiarles y apoyarles en el uso seguro de Internet”. Para llevar a cabo esta labor educativa, la institución recomienda a los padres y tutores:
- Estar disponible para el menor ante los problemas y dudas que puedan surgir.
- Fomentar el pensamiento crítico, la autoestima, asertividad y empatía para que puedan “enfrentarse de manera adecuada a los conflictos”.
- Dialogar: “la supervisión de su actividad en Internet no implica el uso de ‘técnicas de espionaje’”. En caso de optar por utilizar herramientas de control parental, es importante comunicárselo al menor.
- Escuchar: “es necesario escucharles, saber lo que piensan, lo que hacen y cómo se relacionan en Internet”. De esta manera se forma una comunicación bilateral.
También propone otro tipo de recursos como el “Pacto para el buen uso de redes sociales”, un documento descargable en el que describir con precisión cómo se desarrollará este uso de Internet, con qué limitaciones y libertades para el menor. Además, el técnico experto en ciberseguridad para menores nos recuerda que desde el teléfono gratuito 017 atienden dudas y consultas sobre “cuestiones de mediación parental” u orientación “sobre herramientas de control parental”.