El CGPJ avisa de que maltratar a la mascota puede tener más pena que a la pareja en la ley de protección animal
- En un borrador, una vocal progresista ve una posible falta de "proporcionalidad" de las penas en el proyecto de ley
- Éste fija condenas superiores por maltratar a un animal para hacer daño a la pareja que por las lesiones leves a ésta
El borrador del informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre el proyecto de ley contra el maltrato animaladvierte de que la pena establecida para quien maltrate a una mascota con el objetivo de causar daño a la pareja o expareja es superior a la fijada para las lesiones leves a la propia pareja o expareja en los términos de violencia de género.
Esta advertencia sobre la "falta de proporcionalidad" de las penas se recoge en la propuesta de informe que ha redactado la vocal Roser Bach, encuadrada en el sector progresista, y que debatirá el pleno del órgano de gobierno de los jueces este jueves.
El proyecto de ley que modifica el Código Penal en materia de maltrato animal, diseñado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 que dirige Ione Belarra, se encuentra ya en tramitación en el Congreso.
Violencia vicaria a través de la mascota
Esa norma castiga con pena de prisión de 3 a 18 meses (o multa de 6 a 12 meses) a quien cause a un animal vertebrado una lesión que requiera tratamiento veterinario; y establece que la pena se impondrá en su mitad superior (de 11 a 18 meses) cuando concurran determinadas circunstancias agravantes, como cometer el hecho para coaccionar, intimidar o dañar a la pareja o expareja.
"Puede verse afectado el principio de proporcionalidad", se señala en el borrador del informe del CGPJ, que alerta de que esa pena de prisión "es superior a la que está actualmente fijada para el delito leve de coacciones, el de amenazas leves, el de lesiones que no precisan tratamiento médico o quirúrgico o el de maltrato de obra en el ámbito de violencia sobre la mujer". El Código Penal castiga esas conductas con pena de prisión de 6 meses a un año.
Desde el Ministerio de Derechos Sociales defienden que la ley de protección animal lo que hace es definir una nueva forma de violencia machista en la que el maltratador hace daño al animal para agredir a la mujer. "Se hace daño al animal y también a la persona, por tanto la pena es mayor", explican fuentes del ministerio.
Comparación entre delito por lesiones a animales y a personas
En otro punto, el informe del CGPJ señala que si se compara el delito de lesiones de animales vertebrados que no requieran tratamiento veterinario con el delito leve de lesiones a las personas que no requieran tratamiento médico o quirúrgico, la pena es la misma, es decir, una pena de multa de uno a tres meses. Pero en el primero de los supuestos se prevé la posibilidad de una pena alternativa de trabajos en beneficio de la comunidad cuya extensión (de 31 a 90 días) determina que el tipo deba ser calificado como un delito menos grave y no como un delito leve como es el caso de las lesiones sin tratamiento médico o quirúrgico en personas.
Desde el Ministerio de Derechos Sociales juzgan, en cambio, que en el caso de que la lesión se infrinja a un animal se podrá conmutar por trabajos en beneficio de la comunidad y si es a una persona, siempre habrá multa económica, más allá de la categoría penal.
Cree que la ley no consigue el objetivo de endurecer las penas
Por otra parte, la propuesta de informe del CGPJ también alerta del efecto contrario en relación a la proporcionalidad de las leyes. Así, indica que, según la exposición de motivos del anteproyecto remitido por el Gobierno, este pretende acabar mediante el endurecimiento de las penas con lo que describe como "una sensación de impunidad generalizada ante el maltrato animal, con penas poco efectivas ante dichas acciones y carentes de efectos disuasorios".
"El prelegislador señala, en este sentido, que las penas a imponer actualmente suelen ser inferiores a dos años, motivo por el que los condenados no ingresan en prisión al poder ser suspendidas o sustituidas", añade el CGPJ.
La propuesta de informe del CGPJ advierte, sin embargo, de que el anteproyecto no consigue lo que anuncia como primera y esencial justificación de la reforma, ya que aunque tanto en el caso de las lesiones como en el de la muerte del animal aumentan ligeramente las penas de prisión, en ambos supuestos se sigue manteniendo de modo alternativo la pena de multa.
La ponencia de la vocal Roser Bach advierte, además, del "peligro" que entraña vincular la posible sustitución o suspensión de penas privativas de libertad con la impunidad delictiva, cuando son mecanismos que no actúan de forma automática y que tienen como objetivo conciliar el ius puniendi (la potestad punitiva del Estado) con los principios de reeducación y de reinserción social contemplados por la Constitución Española dentro del catálogo de derechos fundamentales y libertades públicas.