Cuenta atrás para las comunidades con calefacción central: plazos, coste y multas por no instalar contadores individuales
- El plazo para que facturen por su consumo individual finaliza el próximo 1 de mayo de 2023
- Sin embargo, no todos los edificios están obligados a ello, ni los tiempos son los mismos
El plazo para que las comunidades con calefacción central facturen por su consumo individual entra en su recta final. La ley aprobada por el Gobierno en 2020 -tras años de reclamos por parte de la Comisión Europea- fija el 1 de mayo de 2023 como la fecha límite para que tengan instalados contadores individuales o repartidores de costes en sus viviendas.
Sin embargo, no todos los edificios que cuentan con este sistema están obligados a ello, ni los plazos son los mismos para todos: la ley establece diferencias en función de su fecha de construcción y lugar donde estén establecidos. Además, las viviendas que no se adapten a la normativa en la fecha prevista, se arriesgan a multas que podrían ascender hasta los 10.000 euros. He aquí las principales claves de la norma:
¿Es el fin de la calefacción central?
“No es exactamente que se acaba la calefacción central, lo que se acaba es la forma en que la gente paga por su consumo”, apunta a RTVE.es el presidente de la Asociación Española de Repartidores de Costes de Calefacción (AERCCA), Ignacio Abati. Según explica, hasta ahora, aquellas comunidades con calefacción central pagaban en función de variables como los metros cuadrados de cada vivienda, “con lo cual, independientemente de si consumes mucha o poca calefacción, pagabas lo mismo que tu vecino”.
Si bien, con esta reforma “se pretende es que el criterio sea más riguroso y se pague por el consumo real, a la vez que se mantiene la ventaja de la eficiencia energética que aporta la calefacción central”. “Pero la caldera de calefacción central sigue ahí, claro”, recalca el también presidente de la compañía instaladora Ista.
¿A qué comunidades afecta?
La ley afecta a todas aquellas comunidades de vecinos con calefacción central cuya construcción sea anterior a 1998, cuando se aprobó el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). Todos los posteriores ya están obligados a instalar dispositivos de contabilización individuales.
De esos edificios, las actuaciones serán de obligado cumplimiento en los establecidos en las zonas climáticas C, D y E, tal como sostienen desde el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).
Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), actualmente hay alrededor de 1,7 millones de inmuebles que disponen de calefacción central en España. De ellos, la medida afectará a más de un millón y medio de viviendas.
¿Y cuáles están exentas?
Así, las 200.000 viviendas restantes que no se verán obligadas a instalar estos dispositivos se encuentran en las zonas más cálidas del país: zonas α, A y B, correspondientes al litoral y las islas.
Tampoco tendrán que hacerlo aquellos edificios en los que resulte inviable técnicamente, al contar con una instalación térmica de tipo 'monotubo en serie', de ventiloconvectores o aerotermos. O sea inviable económicamente, esto es, que la inversión no pueda recuperarse en un máximo de cuatro años, a partir de los ahorros que se pueden generar:
“La comunidad de vecinos debe solicitar un estudio técnico previo y, si resulta positivo, encargar un estudio económico donde se analice su rentabilidad. Si ambos resultan negativos o uno de ellos, no estarían obligados", señala a RTVE.es el tesorero del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE), Peio Mendia. No obstante, el plazo límite para obtener el presupuesto de dicho estudio de viabilidad finalizó el pasado mes de febrero de 2022.
¿Cuáles son los pasos a seguir?
En el caso de resultar positivo el estudio previo, llega el momento de realizar la instalación. Dependiendo de si la calefacción central es por anillos o por columnas, se instalará un contador individual de energía en cada vivienda o un repartidor de costes.
La forma más sencilla de hacerlo es poner un contador a cada vecino, señalan los expertos consultados, pero esto solo es técnicamente posible en las calefacciones dispuestas en anillo (un 40 % del total). Este sistema supone un único punto de entrada y salida del agua caliente, que está conectado a un contador central. En este caso, consistirá simplemente en colocar un contador para cada vivienda del edificio, que calcula el gasto exacto en kilovatios hora (kWh).
Sin embargo, en España hay más de un millón de viviendas cuyas instalaciones son más antiguas y están distribuidas en columna, con los radiadores de los distintos pisos unidos entre sí de arriba a abajo. Estos sistemas requieren la instalación de un aparato de medición en cada radiador -repartidor de costes- y de una unidad que centralice las lecturas. Junto a ellos, afirman, es aconsejable la instalación en los radiadores de válvulas termostáticas que permitan regular la temperatura.
¿Lo puedo poner por mi cuenta?
No. Al afectar directamente a la comunidad de vecinos, todas las decisiones deben abordarse desde la Junta de propietarios y requieren el voto favorable de las tres quintas partes de los propietarios, que tendrán que decidir qué sistema usan y con qué empresa lo contratan.
En caso de que algún vecino se niegue, la reglamentación permite que se realice un estudio estimativo en base al consumo del resto de comuneros.
¿Cuáles son los plazos?
La norma establece dos periodos concretos de actuación: el primero está relacionado con la fecha límite para obtener al menos un presupuesto a una empresa para la realización de la instalación, que ya ha finalizado en todos los casos; y, el segundo, la fecha límite para tener activa la instalación, aún en vigor.
- 1 de octubre de 2022 (ya finalizado): comunidades de vecinos con 20 o más viviendas construidas en la zona climática D; o con menos de 20 viviendas en la zona E.
- 1 de marzo de 2023: edificios con calefacción central con menos de 20 viviendas en la zona climática D; o con más de 20 viviendas en la zona climática C.
- 1 de mayo de 2023: comunidades de vecinos con 20 o menos viviendas construidas en la zona climática C; o edificios que cuenten con calefacción central pero su uso sea diferente al de vivienda en las zonas C, D y E.
Si tiene dudas para saber en qué zona climática está su ciudad, según se establece en el Código Técnico de la Edificación, se puede consultar aquí.
¿Y la fecha del 30 de septiembre?
A la par de esta medida, y ante los altos precios de la energía, el Gobierno ha puesto en marcha una nueva tarifa dirigida a las comunidades de vecinos con calefacción central -la denominada TUR vecinal-. Para beneficiarse de la misma, la norma establece que los edificios cuenten o al menos tengan el compromiso de instalar contadores individuales o repartidores de costes antes del 30 de septiembre de 2023. Este requisito es obligatorio para todas las comunidades de vecinos, independientemente de la zona climática en la que se sitúen.
Por ello, no es que se haya prorrogado la obligación que tenían en aquellas comunidades de vecinos en las zonas climáticas afectadas: la fecha límite del 1 de mayo de 2023 se mantiene. Sin embargo, puede ocurrir que aquellas comunidades de vecinos con calefacción central que no tienen la obligación de instalar estos aparatos (por estar en una zona climática más cálida) sí quieran beneficiarse de la nueva TUR y se vean obligadas a tener contadores individuales o repartidores de costes. En este caso, deberán hacerlo antes del 30 de septiembre de 2023.
¿Cuánto cuestan estos aparatos?
La instalación de los contadores individuales o los repartidores de costes y las válvulas termostáticas, junto con la derrama por adaptar las instalaciones comunes, supone un desembolso de entre 700 y 1.100 euros por vivienda, calculan desde la OCU.
Para no tener que afrontar estos costes, se pueden alquilar los equipos a una empresa especializada. “El 90 % de las instalaciones que se están haciendo ahora en España no se hacen vendiendo el aparato, sino en alquiler”, explica el presidente de la patronal de instaladores. “Para que te hagas una idea, una vivienda media en España por cuatro euros al mes tiene el aparato instalado, en funcionamiento y con todo el servicio de lectura y facturación”, añade.
¿Merece la pena? ¿Cuál será el ahorro?
“Merece la pena absolutamente”, apunta el experto. Según los estudios de la patronal, la rentabilidad viene retornada en menos de cuatro años y, en algunos casos, en menos de dos años el retorno ya es real. Destaca, además, que las familias vienen ahorrando aproximadamente, de media, unos 250 euros anuales.
Además, según el Ejecutivo, la norma redundará en un menor gasto energético en las viviendas, al tiempo que se espera que la instalación de contadores impulse la creación de entre 2.000 y 3.000 empleos, tanto directos como indirectos.
¿Y si no pongo?
Quienes no cumplan con las medidas pueden ser sancionados con una multa de 1.000 a 10.000 euros por edificio, tal como señala la norma.
Precisamente desde el Consejo de Administradores de Fincas denuncian que uno de los principales problemas con los que se encuentran las comunidades es la falta de profesionales. “El problema está en que no hay técnicos suficientes para que te lo instalen”, lamenta Mendia. Desde la AERCCA, por su parte, reconocen que ha aumentado mucho la demanda, pero también que sus empresas “están preparadas” y que en el plazo máximo de un mes desde la solicitud “están dando fecha de instalación”.
Solo un 25 % de comunidades los han instalado
Según datos de Ista, hasta el mes de septiembre y a falta de poco más de seis meses para el fin del plazo, se habían instalado cerca del 25 % del total de viviendas con calefacción central en España que están sujetas a la normativa; mientras que entre un 30 % y un 40 % habían alegado que no era viable económicamente su instalación.
No obstante, tras la aprobación de la nueva TUR son muchas las comunidades de vecinos que ya han solicitado la instalación, recalcan las fuentes consultadas.