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Un fondo para indemnizaciones, medidas de sensibilización y un Plan de Inserción Laboral: así es la ley de trata

  • El Consejo de Ministros ha dado luz verde al anteproyecto de la ley orgánica integral contra la trata y la explotación
  • El texto aborda de manera integral todas las formas de explotación e incide en la desincentivación de la demanda

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De noche, una joven se asoma al interior de un coche
Una joven se asoma al interior de un coche

El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes al anteproyecto de ley orgánica integral contra la trata y la explotación de seres humanos. Un texto que, según ha destacado la ministra de Justicia, Pilar Llop, aborda de manera integral todas las formas de explotación e incide en la desincentivación de la demanda.

Entre otras cosas, dispone la creación de un Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Trata y la explotación de seres humanos, así como la puesta en marcha de un Plan de Inserción Social y Laboral y un Fondo para la indemnización de las víctimas. También se establecen medidas en los ámbitos educativo, sanitario, de publicidad y medios de comunicación.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Llop ha destacado que esta ley es "fruto del consenso interdepartamental", "acaba con la dispersión normativa" actualmente existente en España y sigue las recomendaciones que se han ido aprobando a nivel internacional.

El texto, desarrollado bajo la dirección del Ministerio de Justicia, ha sido copropuesto junto a los ministerios de Igualdad, Interior, Inclusión, y ha recibido aportaciones y observaciones de otros nueve ministerios.

Medidas de sensibilización y prevención: el Plan Nacional de la Trata

El anteproyecto especifica que las administraciones públicas deberán elaborar políticas para prevenir la trata y explotación de seres humanos. Además, los poderes públicos tendrán que impulsar acciones orientadas a la sensibilización y concienciación social.

Se establece así la creación de un Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Trata y la explotación de seres humanos. Este constará de campañas de sensibilización tanto para concienciar sobre la vulneración de los derechos humanos como para desincentivar la demanda "de todo tipo de bienes y servicios" que utilicen víctimas de trata o explotación.

En especial, tendrá en cuenta a los adolescentes y a los trabajadores de sectores productivos que presentan un mayor riesgo. Unas campañas que incluirán actuaciones específicas dirigidas a la población migrante, solicitante de asilo y refugiada.

De acuerdo a su artículo 7, además, los currículos de las diferentes etapas educativas incluirán contenidos relacionados con la educación afectivo-sexual, la formación en derechos humanos, el compromiso con los valores democráticos, la prevención en la violencia y la explotación, especialmente de las mujeres.

El Plan de Inserción Social y Laboral y otras actuaciones en el empleo

El Plan de Inserción Social y Laboral para víctimas de trata o explotación de seres humanos se recoge en el artículo 6 del anteproyecto aprobado este martes. Su objetivo, según explica el texto, es el apoyo social, sanitario y laboral de las víctimas.

Este plan tendrá una vigencia de tres años, así que deberá ser renovado trienalmente. Como mínimo, recogerá al acceso a la vivienda, el acompañamiento social y sanitario, el derecho a la salud física y psicológica así como reproductiva y sexual, el acceso a un empleo digno y ayudas económicas para la víctima y personas dependientes a su cargo.

Por otra parte, el texto también hace explícita la necesidad de impulsar la vigilancia y el control de la aplicación de las normas laborales. Así, se mejorará la regulación del proceso de reclutamiento de trabajadores migrantes en origen.

Ingreso mínimo vital, protección y privacidad: los derechos de las víctimas

Todas las víctimas, independientemente de su nacionalidad y de cualquier circunstancia personal o social, tienen garantizados los derechos que detalla el anteproyecto.En primer lugar, los mecanismos de asistencia y protección deberán adecuarse a la tipología de trata o explotación, así como ofrecerse en un idioma que la víctima pueda comprender o con la ayuda de un intérprete cuando fuera necesario.

El anteproyecto establece también, entre otros derechos, el de la derivación inmediata a los servicios especializados de asistencia y protección, donde se pone en marcha el proceso de identificación formal.

Se reconoce el derecho a la privacidad, a la protección de la identidad de la víctima, a la asistencia jurídica gratuita y a acceder a la prestación del ingreso mínimo vital​. Asimismo, las víctimas dispondrán del derecho al retorno voluntario y asistido, como especifica el artículo 36 del texto. Si carece de documentación, la autoridad competente emitirá los documentos de viaje u otras autorizaciones necesarias

La norma contempla igualmente la protección de menores víctimas de trata y explotación, reconociendo el derecho a una protección y asistencia especializadas bajo el principio del interés superior del menor.

Por otra parte, el reconocimiento y la efectividad de los derechos reconocidos en la norma no se vincula a la interposición de denuncia y de la participación de las víctimas en la investigación penal.

Se crea el Fondo para la indemnización de las víctimas

Para garantizar el derecho de las víctimas a ser indemnizadas, el anteproyecto establece la creación del Fondo para la indemnización de las víctimas de trata y de explotación (FIVTE), adscrito a la Administración General del Estado a través del Ministerio del Interior.

Se desconoce hasta el momento la dotación inicial del fondo, pero se nutrirá de recursos como los presupuestos generales del Estado, las sumas confiscadas y el producto de la venta de bienes o activos decomisados a los responsables de los delitos o las donaciones al mismo.

Así funciona el nuevo Mecanismo Nacional de Derivación

El anteproyecto recoge también la creación del Mecanismo Nacional de Derivación, que valorará la situación de la presunta víctima según los protocolos establecidos y la derivará con celeridad "a la entidad de primera acogida designada en cada comunidad autónoma". Será esa entidad la encargada de valorar sus necesidades inmediatas y proporcionarle asistencia y protección.

En el caso de que la presunta víctima sea menor de edad, el mecanismo establece que será enviada a centros especializados en menores víctimas de trata o explotación.

"En caso de duda acerca de la edad de la persona, se presumirá que es menor hasta el momento en que se pueda comprobar", detalla el texto.