El Supremo abre la puerta a la rebaja de condenas por la ley 'solo sí es sí' pero aboga por analizar "caso a caso"
- El Gobierno había pedido esperar a que el Supremo creara jurisprudencia y se unificara doctrina con la Fiscalía
- El TS se ha pronunciado por primera vez al analizar el caso de la Arandina ante un recurso de casación, no una sentencia firme
El Tribunal Supremo ha abierto la puerta a que los tribunales puedan rebajar condenas a agresores sexuales en aplicación de la conocida como ley del 'sólo sí es sí' en el caso de que la nueva norma contemple penas inferiores que el anterior Código Penal, si bien ha insistido en que no se puede hacer "de forma global", sino que hay que ir "caso por caso".
Una conclusión a la que ha llegado tras estudiar el caso de la Arandina, en el que la Sala de lo Penal ha elevado de tres y cuatro años de cárcel a nueve la condena a dos exjugadores de la Arandina Club de Fútbol por agredir sexualmente a una menor en 2017, un año menos del que pedía la Fiscalía al entender el tribunal que hay que aplicar la norma más favorable, que es la del 'sólo sí es sí'.
Al avanzar el fallo de este caso y a la espera de las argumentaciones que plasmará en la sentencia, que se conocerá en unos días, el Tribunal Supremo ha incidido en una nota en que la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual "podrá aplicarse en beneficio del reo cuando se fije ahora pena inferior en aquellos supuestos en los que así suceda".
Eso sí, deja claro que hay que analizar "caso por caso" y que no puede hacerse "de forma global", y que las rebajas pueden aplicarse tanto en asuntos pendientes de juicio, como en recursos de apelación o casación de sentencias ya dictadas, como en resoluciones que ya son firmes.
El Gobierno ha defendido la ley impulsada por el Ministerio de Igualdad y había pedido esperar a que el Tribunal Supremo creara jurisprudencia y unificara doctrina con la Fiscalía. La revisión del caso de La Arandina ha sido el primer pronunciamiento del alto tribunal.
El Gobierno "analizará detenidamente" la sentencia y defiende la ley
"Vamos a ver qué es lo que ha dicho el Tribunal Supremo, no hemos tenido acceso a la resolución todavía. Lo vamos a analizar detenidamente", ha afirmado este martes la titular de Justicia, Pilar Llop, durante su comparecencia en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros.
De cualquier forma, Llop ha defendido la ley 'solo sí es sí' ya que el Gobierno ha optado por un modelo determinado de política criminal en materia de delitos contra la libertad sexual centrándose en el consentimiento, "lo que obliga a reorientar las penas". Un modelo que, según ha justificado, "también se sigue en otros países". "Vamos a ver qué es lo que dice la sentencia", ha insistido. Y ha determinado: "Se trata de un texto que intenta proteger a las víctimas. Una ley que va más allá de los aspectos punitivos".
Así, ha destacado que la ley tiene cosas muy importantes más allá de lo punitivo. Ha recordado que antes los delitos que se cometían sobre personas privadas de sentido, incluso aunque hubiera habido introducción de objetos o acceso carnal, "se consideraban abusos", mientras que con la nueva norma "ya se consideran agresiones sexuales". Ha destacado también las indemnizaciones a las víctimas, que reconocen el daño social a las víctimas; la pérdida de oportunidades, que están expresamente reconocidas en la ley; los tratamientos terapéuticos, sociales, de salud sexual y reproductiva; o que establece un fondo de reparación para las víctimas.
Y ha añadido que en la nueva ley hay "penas importantes que antes no se contemplaban y ahora sí", como es el caso de delitos contra la libertad sexual cometidos contra menores de edad, ya que "automáticamente se impondrá la pena de inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad aunque los hijos no sean las víctimas".
También la ministra de Igualdad, Irene Montero, ha dicho que está "pendiente" de la sentencia, aunque ha destacado que con la ley 'solo sí es sí' el caso de la Arandina "no es abuso, es agresión". "La ley es sólida, combate la impunidad y sobre todo protege a todas las víctimas, también a las que no denuncian, frente a todas las violencias".
La Fiscalía es contraria a rebajar penas
El Ministerio Público, en cambio, ha dictado un decreto que unifica criterios de actuación ante la aplicación de esta nueva norma y en el que establece que no se revisarán sentencias si la pena que se impuso sigue vigente en la horquilla que fija el Código Penal para cada delito tras el cambio legal.
Fuentes fiscales a RTVE recalcan que la rebaja que hace el Supremo en la sentencia del caso Arandina "es una casación" y que en estos casos, "por ley", se tiene que aplicar la norma más favorable al reo. Sin embargo, apuntan a que en el caso de revisiones de condena "ya se verá". En definitiva, distinguen entre lo que ha ocurrido ante una sentencia que no es firme y los recursos que tendrá que abordar el Supremo por condenas que sí lo son.
La mayoría de audiencias provinciales no comparte el criterio de la Fiscalía y aboga por aplicar la pena más favorable para el reo, lo que conllevaría una rebaja de condenas.