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El Supremo da via libre a las oposiciones a Policía Nacional, tras admitir a candidatos con lentes intraoculares

  • El BOE del 30 de noviembre corrige los errores de la convocatoria y respeta ahora la medida cautelar
  • El Supremo había suspendido la exclusión medica de los aspirantes con lentes fáquicas

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Detalle de la fachada del Tribunal Supremo
Detalle de la fachada del Tribunal Supremo.

La Sala III del Tribunal Supremo ha dejado sin efecto su auto del pasado 29 de noviembre por el que anulaba la resolución de la Dirección General de la Policía sobre la convocatoria de una oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía.

La publicación de una corrección de errores en el Boletín Oficial del Estado del 30 de noviembre suprime el motivo de la anulación, la exclusión de los aspirantes con cuerpos intraoculares o lentes fáquicas sin mencionar su suspensión cautelarmente por el propio Alto Tribunal.

En un auto dictado este lunes, la Sala deja sin efecto la anulación y señala que la resolución de la Dirección General de la Policía de 15 de noviembre de 2022 (BOE de 18 de noviembre) debe ser interpretada y aplicada de conformidad con las correcciones introducidas en el BOE de 30 de noviembre.

Achaca el retraso a la Administración

El Supremo responde así a una alegación formulada por el abogado del Estado en un escrito de 1 de diciembre de 2022, y ante el hecho de que la corrección de errores incluida en el BOE de 30 de noviembre por la Dirección General de la Policía repara la carencia de la resolución de 15 de noviembre de 2022 y, por consiguiente, hace desaparecer la vulneración de la medida cautelar vigente.

En todo caso, el auto destaca que “en este asunto que afecta a un elevado número de personas, tan sólo la Administración ha dilatado los tiempos, por no mencionar que no ha informado con precisión y prontitud de los pasos dados para remediar la vulneración de la medida cautelar."

Otra observación es que, "contrariamente a lo que afirma el Abogado del Estado, nuestro auto de 29 de noviembre de 2022 no adopta una nueva medida cautelar, sino que se limita a salvaguardar la eficacia de una ya en vigor”.

34 aspirantes afectados

El Supremo adoptó la medida cautelar a petición de 34 aspirantes a agentes con este tipo de lentes, que se colocan a través de dos pequeñas incisiones entre el iris y el cristalino para corregir generalmente la miopía.

Estos opositores invocaron el denominado periculum in mora, principio que se aplica ante la existencia del riesgo de que, en caso de ser estimado en su día el fondo del recurso, los recurrentes pierdan al menos la oportunidad de participar en una oposición libre para el ingreso en la Policía nacional, ya que el pasado mes de agosto se convocó una oposición con las citadas causas de exclusión.

El Abogado del Estado se opuso a esta medida cautelar esgrimiendo una posible perturbación de los intereses generales, si bien el Supremo rechazó su alegación al considerar que no había especificado qué alteración del buen funcionamiento de la Administración o del correcto desarrollo del proceso selectivo se derivaría de la suspensión cautelar de las causas de exclusión relativas a las lentes intraoculares.

En contra del argumento sobre la legitimidad de los recurrentes, la Sala observa que el hecho de que lleven tiempo preparándose para ingresar en la Policía "demuestra que tienen un interés legítimo en combatir, incluso en vía cautelar, las causas de exclusión para el ingreso en el mencionado cuerpo policial".