El Supremo confirma los 12 años de cárcel para el exdirigente del PNV Alfredo de Miguel por corrupción
- Esta decisión llega 13 años después de que se impusiera la denuncia
- Tras estudiar los recursos, el Alto Tribunal ha rebajado ligeramente las penas a tres de los exlíderes nacionalistas
El Tribunal Supremo ha confirmado este martes las principales condenas del llamado 'caso De Miguel' en una sentencia que pone fin al mayor proceso por corrupción en Euskadi con 26 personas juzgadas.
Han pasado 13 años y un mes desde que la abogada Ainhoa Alberdi denunció en la Fiscalía de Álava al entonces diputado de Administración Local de Álava, Alfredo de Miguel (PNV), por pedirle una "mordida" para lograr un contrato.
La investigación fue larga y el juicio en la Audiencia Provincial no comenzó hasta enero de 2018. Hubo que esperar casi dos años más, hasta diciembre de 2019, para conocer una sentencia que condenaba a 15 encausados y absolvía a 11.
En ella, la Audiencia consideraba probado que los exdirigentes del PNV alavés Alfredo de Miguel, Aitor Telleria y Koldo Otxandiano crearon en 2005 una red societaria y personal para obtener irregularmente contratos públicos de administraciones gobernadas por PNV y cobrar comisiones.
La Audiencia concluyó además que para llevar a cabo estas prácticas se aprovecharon de su pertenencia al PNV y contaron con la ayuda de otros acusados.
El Supremo ha rebajado ligeramente las penas
El fallo fue recurrido por la Fiscalía y por 13 de los condenados. Tras estudiar los recursos, el Supremo ha rebajado ligeramente las penas a los tres exdirigentes nacionalistas y al exdirector de Juventud del Gobierno Vasco, Javier Sánchez Robles. No obstante, los cuatro deberán entrar a prisión porque sus condenas van de 5 a 12 años de cárcel.
En concreto, la Sala de lo Penal del Supremo rebaja de 13 años y 3 meses de cárcel a 12 años y 4 meses la condena a De Miguel, al absolverle de uno de los cuatro delitos de tráfico de influencias. Mantiene no obstante su condena por asociación ilícita, cohecho pasivo, prevaricación y malversación, así como el cumplimiento máximo de tiempo efectivo en prisión (9 años).
Telleria pasa de 6 años y 6 meses a 5 años y un mes de prisión al ser absuelto de su responsabilidad como cooperador necesario en un delito de tráfico de influencias en uno de los contratos adjudicados. Se mantiene la pena por el resto de delitos, entre ellos tráfico de influencias, asociación ilícita y blanqueo de capitales.
El Supremo no modifica las condenas de Otxandiano (7 años y 6 meses) ni de Javier Sánchez Robles (7 años y 1 mes) y confirma con puntuales correcciones técnicas los hechos probados en la sentencia de la Audiencia de Álava así como la mayoría del resto de las condenas.
Tan solo absuelve de todos los cargos al presidente de los Parques Tecnológicos del País Vasco, Julián Andrés Sánchez Alegría, que había sido condenado a 14 años de inhabilitación. Entiende que no se ha aportado prueba suficiente de que conociera las irregularidades en la adjudicación de contratos a favor de dos entidades.
Además, revisa ligeramente a la baja las condenas impuestas a Iñaki San Juan, Josu Montes, Jon Iñaki Echaburu y Alfonso Arriola, mientras que mantiene las de Iratxe Gaztelu-Urrutia, Ainhoa Bilbao, Sergio Fernández Oleaga y Justina Angulo.
La Audiencia sostiene que los dirigentes se valieron de su influencia
En su sentencia, el TS avala la tesis de la Audiencia de Álava y sostiene que los tres exdirigentes nacionalistas se valieron de su influencia política como miembros de la ejecutiva alavesa del PNV y de sus contactos con cargos de relevancia en la administración vasca y municipal para que se adjudicaran contratos públicos a empresarios que estuvieran dispuestos a pagarles una comisión.
Para encubrir el cobro de estas comisiones, constituyeron varias sociedades que facturaban servicios ficticios a los empresarios beneficiados, bajo la titularidad de testaferros, para aparentar que no eran de su propiedad.
También se condena a De Miguel, Telleria y Otxandiano por influir para que algunos contratos se adjudicaran a sus propias sociedades, hasta el punto de que la Administración les abonó unos trabajos que no realizaron nunca.
Estos contratos fueron otorgados por organismos públicos también regidos por miembros del PNV: el Parque Tecnológico de Álava, el Departamento vasco de Cultura, los municipios de Lapuebla de Labarca, Zigoitia y Zambrana, y así las Cuadrillas de Álava cuyos presidentes pertenecían al partido.
El PNV considera que "no le afecta como partido"
Tras conocerse la decisión del Supremo, el Gobierno Vasco ha ordenado a la Fundación Hazi y al Parque Tecnológido de Álava, adscritos al sector público autonómico, despedir a De Miguel y Otxandiano, ya que ambos seguían en sus puestos de trabajo porque la sentencia no era firme.
El PNV ha considerado que la sentencia "no le afecta como partido, ni en su financiación". Ha recordado que los condenados entregaron sus carnés del partido hace más de 12 años y que en su día su actual presidente, Andoni Ortuzar, y el lehendakari, Iñigo Urkullu, pidieron perdón a la sociedad, una disculpa que "hoy renuevan". Los partidos de la oposición han pedido por su parte al PNV que haga "autocrítica" y dé "explicaciones" sobre este asunto.