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El juez propone juzgar al exembajador en Venezuela Raúl Morodo por fraude fiscal entre 2013 y 2017

  • Se investiga el presunto cobro de 4,5 millones de euros de PDVSA mediante supuestos contratos falsos de asesoría legal
  • El juez da 20 días a la Fiscalía, a la Abogacía del Estado y a la acusación popular para que soliciten la apertura de juicio oral

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El exembajador de España en Venezuela Raúl Morodo
El exembajador de España en Venezuela Raúl Morodo

El juez de la Audiencia Nacional Alejandro Abascal ha propuesto juzgar al exembajador de España en Venezuela Raúl Morodo, a su hijo Alejo y a su nuera Ana Catalina Varandas de Loureiro por presunto delito de fraude fiscal a la Hacienda Pública respecto a las ganancias obtenidas de sus negocios con la petrolera estatal PDVSA.

El titular del Juzgado Central de Instrucción 1 ha dictado un auto de pase a procedimiento abreviado (análogo al procesamiento) en la pieza separada, denominada 'caso Morodo', que abrió el pasado 12 de enero para agilizar el enjuiciamiento de esta causa y que se centra en los presuntos delitos cometidos contra la Hacienda Pública en los ejercicios de 2013, 2014 y 2017.

En esta causa se investiga el presunto cobro de 4,5 millones de euros de PDVSA por parte de Alejo Morodo mediante supuestos contratos falsos de asesoría legal suscritos con la petrolera venezolana entre 2012 y 2015, cuando su padre ya no estaba al frente de la embajada.

El dinero supuestamente se blanqueó después mediante una compleja trama de sociedades creadas por el hijo y otros investigados, entre ellos la nuera del exembajador y dos socios venezolanos; uno de ellos, Juan Carlos Márquez, que se suicidó poco después de prestar declaración por estos hechos.

Fue la Fiscalía la que solicitó la formación de la citada pieza para que se pudiera así continuar con los trámites del procedimiento abreviado, como finalmente ha ocurrido.

Tres sociedades de supuesto asesoramiento legal

Abascal atribuye a los investigados el delito agravado contra la Hacienda Pública. En el caso del exembajador por el ejercicio de 2014, a su hijo por los años de 2013 y 2014 y a su nuera por los ejercicios de 2013, 2014 y 2017.

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El juez explica en su escrito que Alejo Morodo se dedicaba a la supuesta prestación de servicios de asesoramiento legal y, para defraudar a Hacienda, decidió interponer tres sociedades para evitar el considerable desembolso que le supondría tributar a través del IRPF.

De esta manera tributó las rentas a través del impuesto de sociedades, cuya carga impositiva era menor, y parte de las ganancias obtenidas a través de esas empresas interpuestas se integraron en el patrimonio del exembajador, que las ocultó a la Hacienda Pública.

Entre 2007 y 2014, prosigue el auto, Alejo Morodo inició “una aparente relación contractual con PDVSA a través de dos de sus sociedades para la prestación de servicios de asesoría legal y consultoría internacional por los que estas sociedades, a pesar de no constar la efectiva realización de esos servicios, ingresaron 6.696.221 euros de los que percibieron 3.996.000 euros en los años 2013 y 2014”.

El exembajador recibió 357.970 euros

De los ingresos percibidos en 2013 y 2014 (4.463.83,84 euros) a través de estas sociedades instrumentales, el investigado Alejo Morodo dispuso, según explica el juez, para su consumo personal y familiar, de un total de 4.105.862,56 euros. El auto detalla que de los ingresos percibidos a través de estas sociedades instrumentales también se benefició su padre, que recibió 357.970 euros.

La resolución precisa, por otro lado, que los hechos investigados relativos a los ejercicios fiscales de los años 2011 y 2012 estarían prescritos.

El juez da 20 días a la Fiscalía, a la Abogacía del Estado y a la acusación popular (Manos Limpias), "a la vista de la complejidad de la instrucción", para que soliciten la apertura de juicio oral y presenten los escritos de acusación.

el magistrado adelantar el enjuiciamiento, por separado, de unos hechos delictivos que –tras ser investigados en el seno de unas diligencias previas– "no deben aguardar o demorarse hasta que se complete la instrucción con relación a otros hechos delictivos u otras personas que pueden ser objeto de indagación separada".