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El juez procesa a 45 agentes de la Policía Nacional por las cargas del 1-O en Barcelona

  • El juez da por terminada la investigación y también archiva el caso para otros 20 investigados
  • Según el juez, pudieron incurrir en delitos de torturas y contra la integridad moral

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Agentes antidisturbios de la Policía Nacional forman un cordón de seguridad frente al colegio Ramón Llull de Barcelona durante el referéndum ilegal del 1-O de 2017
Agentes de la Policía Nacional forman un cordón de seguridad frente al colegio Ramón Llull de Barcelona durante el 1-O.

El Juzgado de Instrucción 7 de Barcelona ha procesado a 45 agentes de la Policía Nacional por las cargas durante la celebración del referéndum ilegal del 1-O en la ciudad en 2017, en las que, según el Govern catalán, hubo más de 800 heridos.

En un auto, el juez que investiga las cargas de la Policía Nacional para impedir el referéndum en Barcelona, celebrado pese a la suspensión por parte del Tribunal Constitucional, da por terminada la investigación y también archiva el caso para otros 20 investigados.

Los 45 agentes del cuerpo de Policía Nacional se quedan así a un paso del juicio ante los indicios de que su actuación podría constituir delitos de torturas, contra la integridad moral o lesiones.

El juez da un plazo de 40 días a las acusaciones y defensas para que presenten sus escritos de calificación o soliciten el archivo de la causa abierta a los agentes, a los que imputa cargas desproporcionadas en 25 escuelas de Barcelona que acogieron urnas del referéndum unilateral.

Para el juez instructor, de la investigación llevada a cabo, que se ha prolongado más de cinco años, se desprende que los policías imputados pudieron incurrir no solo en "delitos leves o menos graves de lesiones", sino también en los previstos en los artículos 174 y 175 del Código Penal: torturas y contra la integridad moral.

El juez recuerda, entre los razonamientos jurídicos recogidos en el auto, que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictó el 27 de septiembre de 2017, diligencias en las que ordenaba, entre otras cosas, a Mossos d’Esquadra, Guardia Civil y Policía Nacional "impedir, hasta el 1 de octubre, la utilización de locales o edificios públicos o de aquellos en los que se preste cualquier tipo de servicio público para la preparación de la celebración del referéndum" y que se abran en esa fecha se abran, "procediendo, en su caso, al cierre de todos aquéllos que hubieran llegado a aperturarse".

Además, el juez recoge las denuncias y partes de lesiones durante las cargas policiales que se realizaron en los centros educativos donde tuvo lugar la votación.