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El Constitucional aborda el recurso del PP contra el aborto bajo la amenaza de falta de 'quorum'

  • El tribunal aborda la ley de plazos del Gobierno de Zapatero casi 13 años después de que el PP la recurriera
  • La mayoría progresista prevé avalar la norma aunque varios jueces podrían abstenerse y no llegar a los ocho necesarios

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El Constitucional debate la ley del aborto: el PP presentó un recurso a la ley de Zapatero hace 13 años

El Tribunal Constitucional (TC) aborda desde este martes el recurso del PP contra la ley del aborto, casi trece años después de que los 'populares' impugnaran la ley de plazos del Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero. Lo hará en un pleno con mayoría progresista que tiene intención de avalar la norma sin condiciones, siempre que las abstenciones o recusaciones no amenacen con dejar al tribunal sin "quorum".

El debate comenzará con la ponencia del conservador Enrique Arnaldo sobre la mesa, si bien dada la magnitud y sensibilidad que suscita este recurso, los magistrados ya han tenido oportunidad de estudiar el borrador a fondo.

Fuentes jurídicas explican a Efe que la propuesta de Arnaldo avala la ley de 2010 y solo ve inconstitucional una cuestión, el artículo que regula la información que reciben previamente las mujeres al considerar que no están debidamente informadas.

Además, propone delimitar la interpretación de dos conceptos: que la objeción de conciencia no sea solo a los sanitarios implicados en la intervención sino también a quienes participan antes y la referencia a la salud social para justificar el aborto eugenésico.

Y la conclusión es que la mayoría progresista, de siete a cuatro en el pleno, tiene intención de avalar íntegramente la ley sin aceptar limitaciones o condiciones al derecho al aborto, según informan las fuentes del Constitucional a Efe.

Abstenciones y recusaciones que pueden amenazar el "quorum"

Cuando el PP presentó el recurso a la ley en 2010, el actual presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, era el fiscal general del Estado, una hecho que puede forzar su abstención y la de otros tres magistrados que participaron de alguna o otra forma en la tramitación de aquella norma: Juan Carlos Campo, Inmaculada Montalbán y Concepción Espejel.

Espejel y Montalbán fueron vocales del CGPJ que redactó un informe sobre la ley; Conde-Pumpido era fiscal general cuando el Consejo Fiscal emitió su informe y Campo era secretario de Estado de Justicia, que fue el Ministerio que redactó la ley.

La Ley del Poder Judicial fija que es motivo de abstención o recusación "haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo".

Pero hasta la fecha solo Espejel ha comunicado su abstención y aunque ni Montalbán ni Conde-Pumpido tienen previsto hacerlo porque podría provocar una falta de "quorum" para resolver, la decisión de Espejel puede tener consecuencias para el resto.

Porque más allá de las abstenciones, hay cuatro recusaciones sobre la mesa de cinco exdiputados del PP de los 71 que recurrieron, si bien fuentes jurídicas apuntan a que tienen escaso recorrido ya que solo el conjunto de los recurrentes puede recusar y no lo ha hecho.

Así, el tribunal abordará las abstenciones y recusaciones el martes con la intención de evitar que el pleno se quede sin el mínimo de ocho magistrados y ya después entrar en el fondo a partir del miércoles, que también puede demorarse.

Esto es así porque si el borrador de Arnaldo no tiene los apoyos mayoritarios, se abren dos escenarios: que el magistrado asuma la tesis de la mayoría o renuncie a la ponencia para que sea otro magistrado el que la redacte acorde al sentir de la mayoría y se apruebe así en el siguiente pleno.

El PP de Rajoy no derogó y ahora Feijóo acepta la ley

Desde el tribunal reconocen que nunca se tendría que haber llegado a esta situación de tener un recurso sin resolver durante más de 12 años, que ni siquiera ha sido elevado a pleno para su estudio, sino que simplemente se ha dejado en el fondo del cajón y que esto daña la imagen del tribunal.

Más aun, añaden, cuando es un tema que no genera en la actualidad debate y sobre el que no existe la polarización de antaño habida cuenta de que cuando el partido recurrente, el PP, tuvo la oportunidad de derogar o reformar en profundidad la ley cuando tuvo mayoría absoluta con Mariano Rajoy no lo hizo.

Y eso sucede cuando el líder del PP, Alberto Nuñez Feijóo, avaló recientemente la ley de plazos dejando claro que la "discrepancia sustancial" del PP respecto a la normativa actual es el consentimiento paternal en menores y el resto de cuestiones "no son mollares" con el criterio actual, más cuando "en Europa todos los países (...) tienen una ley de plazos".

El PP pedía ilegalizarlo salvo en caso de violación o riesgos para el feto y la madre

La Ley orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo estableció el aborto libre como un derecho de la mujer hasta la semana 14, y hasta la 22 en caso de riesgo de la vida o salud de la mujer o graves anomalías en el feto.

El recurso considera inconstitucional la llamada "ley de plazos" de 2010 frente a la "ley de supuestos" de 1985, es decir, pretende ilegalizar el aborto salvo en los tres casos que recogía la norma de hace 38 años: supuesto de violación; hasta 22 semanas en casos de riesgos de malformaciones del feto; y sin límite en el caso de peligro para la salud física y mental de la madre.

Además, el recurso incluye el polémico artículo 13.4, ya suprimido, que permitía a las chicas de 16 y 17 años poner fin a su embarazo sin el consentimiento de sus padres.