Ascienden a 721 las rebajas de condenas por la ley 'solo sí es sí' y a 74 los agresores excarcelados
- El CGPJ señala que no todos los juzgados le han facilitado aún la información, que irá actualizando de forma periódica
- Excluye las nuevas condenas en aplicación de la ley 'solo sí es sí' por hechos previos a la norma
Los tribunales han acordado al menos 721 reducciones de pena en aplicación de la llamada 'ley solo sí es si' desde que entró en vigor el pasado mes de octubre y hasta el pasado miércoles, según los datos recabados por el Consejo General del Poder Judicial procedentes del Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias Provinciales. Informa, sin embargo, de que no todos los órganos judiciales han aportado esta información. El CGPJ explica que estas revisiones han supuesto al menos 74 excarcelaciones.
La Comisión Permanente del CGPJ ha acordado este jueves que la información sea actualizada periódicamente y hecha pública a través de la Oficina de Comunicación del Consejo General del Poder Judicial.
El grueso de la rebaja de condenas se ha producido en las audiencias provinciales, que han rebajado la pena en 721 casos que han supuesto la excarcelación de 73 agresores. Los tribunales superiores de justicia han rebajado 37 sentencias y han dejado en libertad a un preso, mientras que el Tribunal Supremo solo ha rebajado diez condenas y no ha dejado en libertad a ningún agresor.
El Poder Judicial puntualiza que, para la "correcta interpretación de los datos, debe tenerse en cuenta" que las absoluciones comunicadas son "consecuencia en todos los casos de la destipificación del delito de abuso sexual" cometido mediante engaño con menores de entre 16 y 18, castigado en el artículo 182.2 del Código Penal anterior a la reforma legal.
No computa las nuevas condenas por hechos previos a la ley 'sí es sí'
Puntualiza igualmente que los datos relativos a las audiencias provinciales corresponden exclusivamente a revisiones de condenas previas a la ley 'solo sí es sí' y no incluyen aquellas sentencias de instancia dictadas tras la entrada en vigor de esa norma en relación con hechos ocurridos antes de la misma. En estas condenas, explica, se ha aplicado la actual Ley de Garantías para la Libertad Sexual y no la norma vigente cuando se produjeron los hechos por ser considerada más favorable para el reo.
Señala por otra parte que contra las revisiones a la baja dictadas por las audiencias provinciales caben los mismos recursos que contra las sentencias de instancia. Y explica que, cuando el Tribunal Superior de Justicia ha revocado una rebaja de condena dictada por alguna audiencia provincial, dicha reducción de condena queda fuera del cómputo global del CGPJ de rebaja de penas.
Otra puntualización se refiere a que los datos relativos a los Tribunales Superiores de Justicia corresponden a resoluciones dictadas en recursos de apelación planteados bien contra sentencias de instancia o bien contra resoluciones dictadas por las Audiencias Provinciales en el trámite de revisión de penas. Por su parte, lLos datos relativos al Tribunal Supremo corresponden a resoluciones dictadas en recursos de casación.
El CGPJ no dispone del dato global de condenas revisadas
El Consejo General del Poder Judicial reconoce que no dispone del dato global de asuntos ya revisados, en trámite o pendientes de revisar por los órganos judiciales. Precisamente, este fue uno de los hechos que destacó la ministra de Igualdad, Irene Montero, después del primer dato ofrecido por el CGPJ de reducción de condenas hace varios días, para asegurar que las revisiones a la baja están siendo una "minoría".
Los tribunales han manifestado la dificultad que la huelga que mantienen los letrados de la Administración de Justicia supone para poder ofrecer o actualizar estos datos. Sin embargo, los órganos judiciales de Madrid sí han comunicado que hasta la fecha de inicio de remisión de datos (16 de febrero) habían tramitado el 84% de las resoluciones susceptibles de revisión de las que tenían constancia, mientras que el Tribunal Supremo ha informado de que existen 224 recursos de casación pendientes en los que se ha dado traslado a las partes para que efectúen alegaciones sobre la incidencia de la ley 'solo sí es sí' en el asunto concreto, habiéndose resuelto 26 hasta la fecha de entrega de datos.
Por último, el CGPJ informa de que los datos ofrecidos no incluyen las revisiones de pena que puedan haber tramitado los Juzgados de lo Penal, competentes para enjuiciar delitos contra la libertad sexual penados con hasta cinco años de prisión, ante la dificultad de recabar esta información de los órganos unipersonales.