Enlaces accesibilidad
Espionaje Pegasus

La Audiencia de Barcelona ordena interrogar a la directora del CNI por el espionaje con Pegasus a dos diputados de ERC

  • Considera que tomar declaración a Casteleiro es "necesario" para determinar si el software se usó respetando la ley
  • El Juzgado de Instrucción número 20 de la ciudad había desestimado las diligencias al considerar "inútil" hacerlas

Por
Esperanza Casteleiro toma posesión de su cargo como nueva directora del Centro Nacional de Inteligencia (CNI)
Esperanza Casteleiro durante la toma posesión de su cargo como directora del CNI

La Audiencia de Barcelona ha ordenado citar a declarar a la presidenta del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), Esperanza Casteleiro, para que informe sobre la "compra y utilización" del programa informático Pegasus para espiar los móviles de los diputados de ERC Josep Maria Jové y Diana Riba.

La titular del juzgado de instrucción número 20 de Barcelona desestimó diligencias que Riba y Jové habían pedido al considerar "inútil" hacerlas y, ahora, en un auto consultado por RTVE, la Audiencia estima en parte el recurso de los querellantes y ordena practicar esas diligencias.

Entre las diligencias rechazadas por la jueza instructora que ahora la Audiencia ordena practicar, figura pedir información al CNI sobre la compra y utilización del programa, aunque únicamente en relación con el espionaje que sufrieron los querellantes, el diputado de ERC en el Parlament Josep Maria Jové la europarlamentaria Diana Riba.

También acuerda la Audiencia que se tome declaración como testigo a Esperanza Cateleiro, quien el pasado mes de mayo sustituyó en el cargo a Paz Esteban, destituida por el Gobierno a raíz de la polémica por el espionaje con Pegasus, que alcanzó al propio presiente del Gobierno, Pedro Sánchez, o el presidente catalán, Pere Aragonès.

Su uso "no sería ilícito" si se ha utilizado de acuerdo con la ley

En su auto, la Audiencia recuerda que la ley del control judicial previo del CNI establece que el director debe pedir autorización judicial al Tribunal Supremo, por lo que los jueces señalan que, si Pegasus –comercializado por la empresa israelí NSO y que en principio solo se vende a Estados– se usó de acuerdo con esta ley, "este uso no sería ilícito".

Así, considera que tomar declaración a Casteleiro no sería prospectivo, como esgrime el fiscal, sino que sería "necesaria" para determinar si el software se usó respetando la ley y "con autorización judicial".

La Audiencia considera además que la "primera y preceptiva" diligencia a practicar en este caso es tomar declaración a la empresa NSO, contra la que se dirige la querella de Jové y Riba, a lo que se oponía el fiscal por entender que la jurisdicción española solo sería competente sobre ellos si la producción o venta del programa informático se hubiera "verificado" en territorio español.

Para el tribunal, no obstante, los hechos objeto de la querella son la "grabación o interceptación de comunicaciones a los dos querellantes", por lo que la investigación "es competencia de los juzgados y tribunales españoles".

Acuerda que Jové y Riba entreguen sus móviles

La jueza también descartó imputar a la empresa Osy Technologies Sarl, vinculada a NSO Group, y la Audiencia de Barcelona acepta ahora tomar declaración a la compañía contra la que se dirige la querella y reclamarles documentación relacionada con el caso, si bien considera que antes se le debe comunicar su condición de investigada, de forma que pueda decidir si entrega o no pruebas que pueden resultarle incriminatorias.

Otra de las diligencias que acuerda la Audiencia, y a la que se oponían los querellantes, es que Jové y Riba entreguen los teléfonos móviles atacados con el fin de llevar a cabo un "análisis y un informe pericial judicial" sobre el supuesto espionaje.

La sala asume que es posible que ya no se hallen rastros del espionaje en esos móviles dada la "tipología" del software y el tiempo transcurrido desde que fueron atacados –año 2019–, pero sostiene que deben ser puestos a disposición de la Unidad Central de delitos informáticos de los Mossos o la que la jueza determine para ser analizados.

Asimismo, el tribunal emplaza a la jueza a tomar declaración a Jové y Riba como perjudicados por el delito y "conocedores en primera persona de los hechos objetos de investigación", así como al interlocutor de una de las conversaciones que fueron "grabadas ilícitamente".