La Junta de Fiscales avala el criterio del fiscal general de mantener las penas si están vigentes en la ley del 'sí es sí'
- Álvaro García Ortiz emitió la semana pasada una circular para que la estudiaran los fiscales de sala con esta posición
- "Como regla general no procederá la revisión", han coincidido con "consenso total" los fiscales de sala
La Junta de Fiscales de Sala ha avalado la posición de la Fiscalía General del Estado sobre que no hay que revisar las penas de los condenados por delitos sexuales si éstas están incluidas en la horquilla que fija la 'ley del solo sí es sí' para cada delito.
Hace una semana, el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, dictó una circular para ampliar y reforzar los criterios de actuación contenidos en el decreto que remitió en noviembre a todos los fiscales, en el que se reducen los supuestos en los que los fiscales apoyarán una rebaja de la condena inicialmente impuesta a los agresores sexuales.
Y convocó una junta de Fiscales de Sala (máxima categoría de la carrera) para abordar esta circular, quienes este jueves han introducido mejoras técnicas en la propuesta de texto del fiscal General que se tendrán en cuenta para la redacción final de la circular cuya publicación se hará efectiva en los próximos días, según informan fuentes fiscales.
Dicen las fuentes que la regulación sobre la revisión de sentencias condenatorias por delitos contra la libertad sexual ha contado con el "consenso total de la junta".
"Como regla general, no procederá la revisión"
A falta del texto final, el borrador de la circular deja claro que "como regla general, no procederá la revisión de las condenas firmes cuando la pena impuesta en la sentencia también sea susceptible de imponerse con arreglo al nuevo marco legal".
Sin embargo, destaca que "cada procedimiento deberá ser analizado individualmente, huyendo de automatismos que impidan valorar las concretas circunstancias concurrentes en cada caso".
En cuanto a los supuestos de revisión de sentencias firmes, la circular establece que se actuará "excepcionalmente" solo "cuando la aplicación estricta de esta regla provoque resultados manifiestamente desproporcionados".
"Dicha posibilidad deberá reservarse para los supuestos en los que resulte notorio que de haber sido enjuiciados los hechos bajo la vigencia de la nueva regulación la pena de prisión que hubiera correspondido imponer sería, indudablemente, de una duración muy inferior", añade.
Por otra parte, García Ortiz ha oído el parecer de la Junta sobre la investigación por el secuestro y asesinato del exconcejal del PP en Ermua (Bizkaia) Miguel Ángel Blanco en julio de 1997.
La Junta ha cerrado filas con el fiscal general del Estado quien apoya seguir investigando a la cúpula de ETA por este crimen y dejar el análisis sobre si está o no prescrito al "momento procesal oportuno", cuando se hayan recopilado todas las pruebas.