El juez Llarena confirma el procesamiento de Puigdemont por malversación tras la reforma del Código Penal
- El expresident acusó al magistrado del Supremo de ignorar el cambio en la tipificación y definición de los delitos
- La Fiscalía y la Abogacía del Estado pedían sumar el nuevo delito de desórdenes públicos agravados
El magistrado del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena ha rechazado los recursos presentados contra el auto con el que confirmó el procesamiento del expresidente catalán Carles PuigdemontRatifica así la decisión que tomó al revisar el caso tras la reforma que derogó la sedición y modificó la malversación.
Los recursos ahora rechazados fueron planteados tanto por las defensas de los políticos declarados en rebeldía —Carles Puigdemont, Antonio Comín, Lluis Puig y Clara Ponsatí, con la excepción de Marta Rovira—, como por la acusación —Abogacía del Estado y la Fiscalía.
Puigdemont acusó a Llarena de ignorar la reforma penal, mientras que tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado pedían sumar el nuevo delito de desórdenes públicos agravados a la desobediencia y la malversación agravada. Esta alegación también ha sido rechazada.
Como a Puigdemont, el juez mantiene igualmente el procesamiento de Antonio Comín y Lluis Puig por el delito de malversación de caudales públicos descartando que los hechos encajen en el tipo atenuado planteado en la reforma, mientras que los hechos referidos al derogado delito de sedición solo encajan ahora en el delito de desobediencia.
Orden de busca y captura nacional
En una resolución del pasado 12 de enero, Llarena eliminó el delito de sedición del procesamiento contra Puigdemont, pero mantuvo el de malversación —que fija penas de 4 a 12 años de prisión y de 10 a 20 de inhabilitación— e incluyó el de desobediencia —que no contempla cárcel, pero sí inhabilitación de 6 meses a 2 años—.
Además, el auto dejó sin efecto la euroorden dictada contra el líder independentista, aunque decidió mantener la orden de busca y captura nacional. Las defensas de Puigdemont y Comín alegaron que dichas órdenes son contrarias a su inmunidad como parlamentarios. Sin embargo, Llarena recuerda en el auto que el tratado de la Unión Europea, respecto a la operatividad de la inmunidad en territorio español, les atribuye los privilegios reconocidos a los miembros del Parlamento nacional.
El magistrado añade que estos alcanzaron la inmunidad como miembros del Parlamento Europeo el 13 de junio de 2019, esto es, más de un año después de que fueran procesados por un auto, el 21 de marzo de 2018. No obstante, explica Llarena, si los procesados ingresaran en un caso hipotético en prisión, sí estarían autorizados para asistir a las reuniones parlamentarias, tal y como contempla la justicia europea y siempre que no se les haya suspendido su inmunidad.
Por otro lado, el instructor también descarta el argumento de los recurrentes de que la existencia de un procedimiento en el Supremo y otro en el Tribunal de Cuentas vulneraría el principio non bis in ídem, que impide ser sancionado dos veces por los mismos hechos.
En el escrito, Llarena explica que el procedimiento de responsabilidad contable únicamente analiza los supuestos en los que el encargado de unos fondos públicos está obligado a retornarlos, sin derivarse de ello ninguna sanción por su comportamiento. Paralelamente, el procedimiento penal, analizará la actuación de los acusados, sin entrar a decidir qué importe debe retornarse. Es decir, que los dos procedimientos se complementan, pues mientras uno analiza si el funcionario es merecedor de sanción por su comportamiento, el otro solo vela porque no se produzca un vaciamiento injustificado de los fondos públicos y que estos sean finalmente reintegrados.
Puigdemont recurrirá la decisión
La defensa del expresidente catalán Carles Puigdemont ha anunciado que recurrirá la decisión de Pablo Llarena de mantener su procesamiento.
Fuentes jurídicas han confirmado a 'Europa Press' que el líder independentista huido en Bélgica presentará un recurso de apelación contra el auto por el que este martes el instructor del 'procés' ha rechazado el recurso de reforma que interpuso y por el que ha ratificado la decisión que adoptó el pasado 12 de enero.
Así las cosas, Puigdemont llevará su caso ante la Sala de lo Penal del Supremo para que revise la voluntad del juez Llarena de procesarle por el delito de desobediencia y por el de malversación agravada.