El 32% de condenas a agresores sexuales revisadas por la ley del 'solo sí es sí' tiene una reducción de pena
- Las rebajas de condenas ascienden a 978 y dejan a 104 presos excarcelados, según el último dato del CGPJ
- La mayoría de rebajas de pena pueden ser recurridas y el Supremo fijará doctrina en junio
Los tribunales han acordado ya 978 reducciones de penas de agresores sexuales en aplicación de la ley del 'solo sí es sí', que han supuesto al menos 104 excarcelaciones, lo que supone el 32% de las condenas revisadas en España implican una reducción de la pena del reo. La mayoría de esta rebajas de pena pueden ser recurridas, puesto que solo 15 de ellas han sido rebajadas en el Tribunal Supremo, que analizará los recursos contra otras disminuciones de pena en junio y fijará doctrina.
Este es el último balance oficial facilitado por el Consejo General del Poder Judicial según los datos recabados hasta el 31 de marzo, que indican que las rebajas de condenas se acercan ya al millar, desde que la norma entró en vigor en octubre.
Los datos se desglosan de la siguiente forma: 15 rebajas por el Tribunal Supremo, una por la Audiencia Nacional, 82 por los tribunales superiores y 880 por las audiencias provinciales.
El 40% de casos que llega al Supremo termina en rebaja de pena
En términos porcentuales, el Supremo ha acordado reducciones de pena en el 40,5% de las sentencias revisadas; la Audiencia Nacional en el 14,3% de los casos, las audiencias provinciales en el 31,6% y los tribunales superiores en el 39,5. En total, se han reducido condenas en el 32% de los procedimientos revisados.
Estos datos se hacen públicos días después de que el Supremo haya anunciado un pleno monográfico los próximos 6 y 7 de junio para fijar doctrina sobre la revisión de sentencias firmes por la Ley del solo sí es sí, apenas unos días después del 28M.
En concreto, la Sala de lo Penal estudiará más de 20 recursos de casación presentados por las partes contra las revisiones de las condenas por sentencia firme dictadas por las audiencias provinciales, obligadas por la nueva legislación sobre delitos sexuales para estudiar si era o no más beneficiosa para el reo.
Fuentes jurídicas informan a Efe de que la intención del Supremo pasa por unificar criterio y fijar doctrina ante las decisiones de las audiencias provinciales, que no coinciden en su forma de proceder dado que algunos tribunales autonómicos sí han rebajado las penas pero otros, en cambio, no lo han hecho.
Hasta la fecha, el Supremo se había pronunciado sobre sentencias que no eran firmes, pero ahora el alto tribunal entrará a estudiar los casos más polémicos, aquellos cuya condena firme se ha visto alterada tras la entrada en vigor de ley de garantía integral de la libertad sexual, que mantiene enfrentados a los socios del Gobierno a partir de una reforma del PSOE enmendada por Unidas Podemos.
De cualquier forma, la reforma socialista de la ley del 'solo sí es sí', que entra en su recta final la próxima semana, podría entrar en vigor si saliera adelante antes del pleno del Supremo. Aún así, cualquier condena a agresores sexuales previa a su entrada en vigor es susceptible de ser revisada, dado el principio penal de aplicar la norma que más beneficie al reo.