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La Audiencia Nacional deja en libertad al acusado del envío de cartas explosivas a Sánchez y Robles

  • Pero le impone medidas cautelares como comparecer semanalmente ante el juez o la prohibición de salir del país
  • El magistrado ha tenido en cuenta su avanzada edad y que no tiene antecedentes previos

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Imagen de la entrada a la Audiencia Nacional
Imagen de la entrada a la Audiencia Nacional.

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha acordado la libertad con medidas cautelares para el detenido como presunto autor del envío de seis cartas con explosivos al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez; a la ministra de Defensa, Margarita Robles; a la Embajada de Ucrania en Madrid; a las instalaciones de la empresa Instalaza Zaragoza; a la Embajada de Estados Unidos en la capital y al centro de satélites Base Aérea de Torrejón.

En un auto conocido este viernes, el magistrado le impone como medidas cautelares a Pompeyo G.P., que se encontraba en prisión provisional por estos hechos desde el pasado 27 de enero, la obligación de comparecer semanalmente en el juzgado más próximo a su domicilio, la prohibición de salida del territorio, la retirada del pasaporte, así como la obligación de fijar un domicilio y un número de teléfono donde puede ser localizado.

En línea con el informe emitido por la Fiscalía, el juez Calama entiende que procede la libertad sin fianza por cuanto no existe un riesgo actual de destrucción de fuentes de prueba, toda vez que ya se han efectuado las diligencias de instrucción más relevantes para la obtención de los indicios de criminalidad sustanciales que apuntan hacia dicho investigado.

Sin antecedentes y con una edad avanzada

Además, explica en instructor, el investigado no tiene antecedentes penales previos a los hechos que se instruyen en el juzgado, no existen indicios que apunten a una posible reiteración delictiva y tiene domicilio conocido y arraigo en la localidad burgalesa de Miranda de Ebro.

También tiene en cuenta el juez la avanzada edad (74 años) del investigado y que pueden adoptarse otras medidas cautelares de menor relevancia que la prisión provisional como las acordadas.

En su resolución, que puede ser recurrida en reforma o en apelación ante la Sala de lo Penal, el juez advierte de que el incumplimiento de las medidas cautelares impuestas podría dar lugar a la adopción de otras más graves.

Investigado de varios delitos de terrorismo

Pompeyo G.P., detenido a finales de enero en Miranda del Ebro (Burgos) en la Operación Konvert ("sobre" en ucraniano), está investigado por cuatro delitos de terrorismo, dos de terrorismo agravado (por los envíos al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y a la ministra Margarita Robles) en concurso con otro de empleo de artefactos explosivos inflamables o incendiarios con finalidad terrorista. Se le atribuye el envío de seis sobres, de color marrón con material pirotécnico casero similar a la pólvora entre noviembre y diciembre de 2022.

El magistrado acordó su ingreso en prisión incondicional tras su detención al considerar que existía un riesgo de que pudiese huir a Rusia, gracias a la "ayuda de ciudadanos de dicho país" y a tenor de la "transcendencia" de sus acciones como "medio de propaganda de la ocupación rusa en Ucrania", si bien en este momento de la investigación ha decidido relajar esta medida.

Desde el momento de su detención, el magistrado no vio indicios de que el investigado perteneciese ni colaborase con ningún grupo organizado terrorista, si bien consideró que el envío de esos seis sobres, el contexto en el que se producen relativo a la invasión rusa de Ucrania y los destinatarios evidencian que en su "ánimo está presente" el objetivo de "alterar gravemente la paz pública" y de "obligar a los poderes públicos de nuestro país a abstenerse del apoyo mostrado a favor de Ucrania".