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Bruselas presenta sus reglas fiscales: propone un ajuste mínimo del 0,5% para países con un déficit por encima del 3%

  • La propuesta dará más flexibilidad a los Estados miembros para diseñar su ritmo de recorte de la deuda pública
  • La revisión introduce una cláusula de escape para los países miembro de eventos extraordinarios, como pandemias o guerras

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Bruselas presenta sus reglas fiscales: propone un ajuste mínimo del 0,5% para países con un déficit por encima del 3%

La Comisión Europea ha presentado este miércoles su propuesta de revisión de las reglas fiscales, que contempla una senda de gasto sujeta a la deuda por país, pero con un ajuste anual mínimo del déficit del 0,5% del PIB para los años en los que se prevé que el desequilibrio negativo de las administraciones públicas supere el valor de referencia del 3%, un parámetro común que se ha introducido a petición de países como Alemania.

Además, serán los Gobiernos de cada Estado miembro los que deban presentar sus propios planes de ajuste fiscal a medio plazo en base a una reducción de la senda de gasto "plausible" que permita mantener la deuda en niveles "prudentes" a lo largo de un periodo de cuatro años que podrá ampliarse hasta un máximo de siete si se apoya en reformas e inversiones específicas.

Por su parte, la Comisión proporcionará trayectorias técnicas que muestren qué ajuste fiscal es necesario para garantizar que se cumplen los criterios de los valores de referencia del 3% y el 60%, pero serán los Veintisiete quienes deberán respaldar los planes estructurales presentados por cada país, así como de los compromisos de reforma e inversión en que se basa la prórroga.

Asimismo, la revisión introduce una cláusula específica de escape para los Estados miembro que contempla la posibilidad de eventos extraordinarios, tales como pandemias o guerras, derivada del contexto tras la pandemia y de la crisis provocada por el ataque de Rusia a Ucrania.

Multas semestrales para reducir el déficit y la deuda

No obstante, aunque las propuestas proporcionan a los Estados miembro un mayor control sobre el diseño de sus planes a medio plazo, también establecen un régimen de aplicación más estricto para garantizar que cumplen los compromisos que asumen en sus planes a medio plazo.

En el caso de los Estados miembro que afrontan importantes retos en materia de deuda pública, las desviaciones de la senda de ajuste fiscal acordada conducirán por defecto a la apertura de un procedimiento de déficit excesivo que le permitiría, en última instancia, imponer multas equivalentes al 0,05 % del PIB del Estado miembro cada seis meses.

Esta sanción iría creciendo cada semestre hasta un máximo del 0,5 % del PIB salvo que el resto de socios comunitarios certifiquen que el país incumplidor “ha adoptado acciones efectivas” para reducir su déficit y su deuda.

Con los datos a cierre de 2022, estas cifras resultan en multas potenciales para España cada semestre de aproximadamente 660 millones de euros y un máximo de 6.600 millones en el caso de que persistiese en el incumplimiento y no adoptase ajustes fiscales.

“Nuestras propuestas permiten una rendición de cuentas más creíble como contrapartida a un marco de supervisión que da más flexibilidad a los Estados miembros para diseñar sus trayectorias fiscales”, ha explicado en una rueda de prensa en relación a los capítulos de sanciones el comisario de Economía, Paolo Gentiloni.

Si no se cumplen los compromisos de reforma e inversión que justifican una prórroga del período de ajuste presupuestario, el período de ajuste podría ampliarse. El incumplimiento de los compromisos de reforma e inversión que justifiquen una prórroga del período de ajuste presupuestario podría dar lugar a la reducción de este período.

Ajustes fiscales actualizados

El objetivo es asegurar que los países no retrasan los ajustes fiscales, pero evitar al mismo tiempo ajustes “tan grandes que sean contraproducentes”, según han explicado fuentes comunitarias.

Por su parte, Berlín había sugerido exigir una reducción anual de la deuda del 1% del PIB. En esta misma dirección van el resto de salvaguardas, que exigirán que al final del periodo del plan la deuda tenga que ser más baja que al principio, que el aumento del gasto público sin contar prestaciones por desempleo e intereses de la deuda se mantenga por debajo del crecimiento a medio plazo; y que no se pueda retrasar el ajuste fiscal en caso de ampliar la trayectoria a siete años.

La Comisión podrá abrir un expediente por exceso de déficit basándose también en la deuda pública cuando un Estado incumpla la senda pactada y “por defecto” a aquellos Estados que tengan “retos sustanciales de deuda”.