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Dignidad y Justicia denuncia que Bildu lleva a condenados de ETA en sus listas desde 2015

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El coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi, en un acto electoral
El coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi, interviene en un acto electoral en Agurain, Álava, País Vasco.

La asociación Dignidad y Justicia ha ampliado su denuncia ante la Fiscalía General del Estado por las listas electorales de EH-Bildu, señalando que ha detectado candidatos condenados por terrorismo, aparte de los que concurren el próximo 28 de mayo, en las candidaturas que presentó la formación en Vizcaya, Álava y Navarra en los comicios de 2015, 2016, y 2019, e incide en que la ley de partidos avala la ilegalización de la formación 'abertzale' por esta circunstancia.

Su anterior denuncia contra la inclusión de 44 condenados de ETA, entre los que hay siete por delitos de sangre, en las listas de la formación 'abertzale' ya fue archivada por la Fiscalía de la Audiencia Nacional, al considerar que no existía un "supuesto de inelegibilidad".

En la ampliación de su denuncia, esta asociación pide comprobar "la reiteración o acumulación en diferentes periodos electorales" de la inclusión de condenados de ETA en las listas de Bildu y que no han renegado de los fines terroristas, lo que considera una vulneración de la Ley de Partidos y motivo, por tanto, para su ilegalización. En concreto, asegura haber detectado un total de 23 condenados por terrorismo, aparte de los 44 que concurren al 28-M.

Dice que Bildu podría ser ilegalizado, según la ley de partidos

Dignidad y Justicia señala que el artículo 9.3 c de la Ley de Partidos establece que un partido puede ser ilegalizado cuando presente en sus listas candidatos condenados por terrorismo y que no han rechazado sus fines ni medios terroristas de forma pública.

Sobre este extremo, la Fiscalía subrayó que el citado precepto "exige la inclusión de personas condenadas por delitos de terrorismo en las listas electorales cuando se haga de modo regular y no meramente ocasional".

Pide por ello a la Fiscalía que haga las pertinentes averiguaciones al respecto ante "la imposibilidad material de hacer un trabajo que corresponde al Estado de Derecho, y no a los colectivos de víctimas del terrorismo".

Cabe destacar que en relación a otra denuncia similar de la asociación JUCIL, la Fiscalía General del Estado ya ha rechazado la ilegalización de EH Bildu al considerar que se trata de "una formación política democrática".

Denuncia la presentación de condenados desde 2015

Para fundamentar la ampliación de su denuncia, Dignidad y Justicia aporta un listado de 23 condenados por terrorismo que ha competido en las urnas bajo las siglas de EH Bildu "en las elecciones de 2015, 2016 y 2019", así como "documentación probatoria sobre la reiteración de presentación de 'listas contaminadas' desde el año 2011", año en el que ETA anunció el cese de su actividad terrorista.

En concreto, recuerda que EH Bildu presentó nueve candidatos condenados por terrorismo en sus listas electorales en las elecciones municipales de 2015, en Guipúzcoa. Además, indica que en las elecciones autonómicas al Parlamento Vasco en 2016, dicho partido presentó de candidato -y resultó elegido- a Iker Casanova Alonso, condenado en 2007 a 11 años de prisión como autor de un delito de integración en organización terrorista.

Añade que "como mínimo" en las elecciones generales y municipales de 2019, EH- Bildu presentó a 13 candidatos condenados por terrorismo en sus listas electorales y facilita los nombres de todos ellos.

Para la asociación de víctimas, esto demuestra que Bildu "vulnera claramente el artículo 9 de la Ley de Partidos" y, en consecuencia, solicita a la Fiscalía que, como "defensor de la legalidad", "se amplíe la investigación de los candidatos a Vizcaya, Álava y Navarra durante los periodos electorales posteriores a 2011".

Precisamente, en la pasada sesión de control en el Congreso, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, también hizo alusión a este mismo asunto, tras las críticas del PP que le acusaban de permitirlo. Entonces Sánchez tildó de "cinismo" estas acusaciones y recordó que Bildu llevaba en sus listas a este tipo de candidatos desde 2015, año en el que los 'populares' estaban al frente del Ejecutivo.

El PP exige a Sánchez que "diga a la verdad a los españoles" sobre sus pactos con Bildu y éste responde que en 2015 también había condenados en las listas

Tercer intento para instar a la ilegalización de Bildu

Se trata del tercer intento de la asociación de víctimas para que la Fiscalía inste la ilegalización de Bildu. La semana pasada presentó una denuncia en la Audiencia Nacional contra los 44 candidatos etarras que se presentan al 28-M y el pasado miércoles presentó un escrito ampliatorio. Ese mismo día, el Ministerio Público acordó archivar la denuncia de DyJ al no ver causa de inelegibilidad en dichos aspirantes.

Los fiscales pusieron el foco en el artículo 6.2 de la LOREG, que declara inelegibles a quienes hayan sido condenados por delitos de terrorismo con penas de cárcel y/o inhabilitación que sigan vigentes, circunstancia que el Ministerio Público señaló que no se daba porque todos habían purgado sus respectivas condenas.

Posteriormente, DyJ presentó un nuevo escrito (una carta), ya dirigido a la FGE, en el que urgía a examinar esas 44 candidaturas a la luz de la ley de Partidos Políticos. Aunque esta petición aún no tiene respuesta expresa, Fiscalía contestó el jueves a la Asociación Profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL), que había reclamado lo mismo, descartando la posible ilegalización de Bldu.

Para ello, la Fiscalía llevó a cabo un exhaustivo análisis de las dos leyes citadas, concluyendo que Bildu no incurría en ninguno de sus supuestos. En concreto, manifestó que la formación ha condenado públicamente la violencia y que no hay "indicios objetivos de que esos 44 candidatos vayan a volver a utilizarla con fines políticos".

Fuentes fiscales avanzan a Europa Press que la respuesta del departamento que dirige ┴lvaro García Ortiz a esa carta de Dignidad y Justicia irá en el mismo sentido que el informe referido a JUCIL.

Cabe recordar que la ilegalización de un partido político compete a una sala especial del Tribunal Supremo, pero el proceso solo puede iniciarse a instancias de la Fiscalía o del Gobierno. La ley detalla además que tanto el Congreso de los Diputados como el Senado podrán instar a su vez al Ejecutivo a que solicite la ilegalización de un partido político, quedando entonces obligado el Gobierno a hacerlo.