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La Junta Electoral concede al PDeCAT el 100% de los derechos electorales que compartía con JxCat para el 23J

  • En 2019, se presentaron a las elecciones en coalición el PDeCAT y JxCat, pero el grupo parlamentario quedó dividido más tarde
  • En su recurso, el PDeCAT señala que había en el pacto una "cláusula de reserva de la totalidad de los derechos"

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El candidato de Espai CiU-PDeCAT, Roger Montañola
El candidato de Espai CiU-PDeCAT, Roger Montañola

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado conceder a la candidatura de Espai CiU-PDeCAT, que encabeza Roger Montañola, el 100% de los derechos electorales con los que también quería presentarse Junts a las elecciones del 23 de julio.

En las elecciones del 10 de noviembre de 2019, se presentaron formalmente en coalición el PDeCAT y JxCat, que entonces formaban parte de un mismo espacio unitario, hasta que un año después se separon por discrepancias estratégicas.

Al romperse su unidad, el grupo parlamentario en el Congreso quedó dividido: cuatro diputados se mantuvieron fieles al PDeCAT, mientras que los otros cuatro pasaron a representar a JxCat.

Ahora, con esta posición, la JEC tumba la resolución previa de la Junta Electoral de Barcelona, que estableció que los derechos electorales tenían que repartirse al 50% entre las dos formaciones, lo que fue recurrido por el PDeCAT.

El recurso del PDeCAT: el pacto incluía una cláusula de reserva de los derechos

El PDeCAT presentó ante la JEC un recurso contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona, en el que alegaba que le correspondía el 100% de los derechos electorales, ya que el pacto de coalición que suscribió con JxCat en 2019 incluía una "cláusula de reserva de la totalidad de los derechos" para su partido.

El PDeCAT alegó también ante la JEC que, de cara a las elecciones generales del 23 de julio, le correspondía el 100% del anticipo electoral previsto en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG).

Sin embargo, Junts apoyaba el criterio de la Junta Electoral Provincial de Barcelona por entender que "todos los candidatos eran de la coalición electoral y no de los partidos que la integraban", razón por la que consideran que debía prorratearse los derechos en un 50% para cada uno.

Espaci CiU-PDeCAT percibirá la cuantía íntegra del avance electoral

Para la JEC, el pacto de coalición en 2019 era "claro y explícito" al señalar que los derechos electorales que se generaran de los resultados electorales correspondían en su totalidad al PDeCAT, de forma que en las siguientes elecciones equivalentes, tanto si el PDeCAT concurría en solitario como en coalición con otros partidos, le correspondería el 100% de los derechos electorales que haya obtenido.

En la resolución también reconoce el derecho de Espaci CiU-PDeCAT a percibir la cuantía íntegra del avance electoral previsto en el artículo 127 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) por los resultados electorales de 2019, y se lo deniega a Junts de cara a los comicios del 23 de julio.

Con esta resolución acaba la vía administrativa, pero existe la posibilidad de presentar un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS) en el plazo de dos meses.