Procesados 14 miembros de una red de ucranianos y letones por tráfico de armas y blanqueo
- Los miembros violaban los embargos internacionales e introducían material militar, evitando los controles aduaneros
- Se enfrentan a delitos de pertenencia a organización criminal y blanqueo de capitales
Un juez de la Audiencia Nacional ha propuesto juzgar a catorce personas, la mayor parte ucranianos y letones, por formar parte de una red internacional dedicada al tráfico ilegal de armamento destinado a países con conflictos bélicos y al blanqueo de los fondos ilícitos.
Todo ello a través de una estructura societaria radicada fundamentalmente en Alicante y Barcelona con la finalidad de dar apariencia legal a la adquisición de patrimonio de empresas de transporte marítimo que fletan buques para trasladar material armamentístico.
En el auto de pase a procedimiento abreviado, el juez explica que la operativa llevada a cabo por los investigados ha sido a través de una sociedad llamada LUMAR y sus diferentes sucursales estaban dedicadas a fletar buques para trasladar material armamentístico con destino a países en procesos bélicos.
Los investigados llevaban dos décadas desarrollando esta operativa
Lo hacían sin la previa autorización de Naciones Unidas, violando así los embargos internacionales e introduciendo material militar, evitando los controles aduaneros y, por tanto, las sanciones que pudieran imponerse.
Según explica el juez en su resolución, los investigados desarrollaron esta operativa durante dos décadas y, en concreto, dos de los máximos responsables, Aleksejs Dircenko, como presidente del Grupo Naviero Lumar, y Viktor Murenko, como director, en unión a terceros investigados, “habrían asentado una estructura económica que introduciría activos y capital de procedencia parcial o totalmente ilícita en el sistema financiero español”.
El instructor acuerda la tramitación de estas diligencias previas por delitos de pertenencia a organización criminal y blanqueo de capitales previsto en los artículos 301.1.2.4 y 5, 302 y 303 del Código Penal, siendo el delito precedente la actividad ilícita de comercio corrupto e ilegal de material militar de defensa y doble uso.
La resolución da traslado al Ministerio Fiscal para que en un plazo de diez días solicite la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o bien solicite el sobreseimiento de la causa.