Consumo envía advertencias de sanción a 'influencers' por publicidad encubierta
- Ha detectado que el 77% de las publicaciones revisadas en redes sociales incumplen la obligación de identificar los anuncios
- Las multas podrían superar los 100.000 euros
El Ministerio de Consumo ha realizado una investigación en las principales redes sociales para identificar posibles casos de publicidad encubierta por parte de influencers -personalidades famosas que aparecen en redes sociales-. Basándose en sus resultados, ha enviado advertencias de sanción a algunos de estos comunicadores al comprobar que han difundido mensajes publicitarios sin realizar previamente el anuncio correspondiente de que se trata de un acto publicitario por el que reciben una contraprestación.
La Subdirección General de Inspección y Procedimiento Sancionador (SGIPS) de la Dirección General de Consumo, mediante el Observatorio de Internet, se ha encargado de analizar numerosos canales de vídeo online, ya que actualmente estos influencers hacen actividades comerciales a través de estos medios, pero esta actividad no cuenta con una regulación específica en vigor en España.
En este primer análisis, la SIGPS ha detectado que el 77,75% de las publicaciones incumplen la obligación de identificar el contenido publicitario que anuncian. En este escenario, el Ministerio de Consumo se ha puesto en contacto con los perfiles públicos potencialmente infractores y les ha instado a cesar en su comportamiento. Asimismo, les ha facilitado el Código de Conducta sobre el uso de influencers en la publicidad, para que conozcan un catálogo de buenas prácticas en el sector, sin perjuicio de la posibilidad de iniciar expedientes sancionadores en su caso. Las multas, como informa el Ministerio en su web, podrían superar los 100.000 euros.
Con el foco puesto en la infancia
Los perfiles públicos identificados y que han recibido la notificación de Consumo tienen un "especial impacto" sobre las personas consumidoras, apunta Consumo, ya que cuentan con un elevado número de seguidores y visualizaciones de sus publicaciones. Asimismo, también tienen impacto sobre la infancia, "el sector más vulnerable ante las comunicaciones comerciales", señala el Ministerio. Entre los notificados hay influencers con más de diez millones de seguidores y tutores de los denominados kids influencers, que son los creadores de contenido que son menores de edad.
Según la Ley de Competencia Desleal, se consideran prácticas comerciales desleales aquellas que incluyen, como información, comunicaciones que realmente son para promocionar un bien o servicio y en las que el empresario o profesional de la promoción abona un pago y, sin embargo, no queda claramente especificado que se trate de un contenido publicitario, ya sea por imágenes o sonidos identificables.
En estos casos, los influencers pueden ser considerados como sujetos infractores, independientemente de que también lo sea la empresa anunciante, por su participación en este tipo de comunicaciones comerciales encubiertas.